04 de August del 2026 a las 20:44 -
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Ediles frenteamplistas presentaron la solicitud ante la presidencia de la Junta para llamar a sala al Intendente Besozzi
En esta jornada la bancada frenteamplista realizó el trámite, indicando que prenden "recibir información e intercambiar respecto de distintos aspectos vinculados al funcionamiento, la administración, la gestión y los mecanismos de control de las áreas de la Intendencia de Soriano que desarrollan actividades en el Corralón Municipal de la ciudad de Mercedes".

La carta presentada por los ediles frenteamplistas expresa: 

Señora Presidenta de la Junta Departamental de Soriano. Sra. Nilda Costa Presente

De nuestra mayor consideración:

Quienes suscriben, Ediles Departamentales de la Junta Departamental de Soriano, al amparo de lo dispuesto por el artículo 285 de la Constitución de la República y de las disposiciones concordantes de la Ley N.º 9.515 (Ley Orgánica Municipal), nos dirigimos a usted a efectos de solicitar que se instrumente el procedimiento correspondiente para convocar a Sala al señor Intendente de Soriano.

La presente solicitud se funda en el ejercicio de las potestades de controlar que la Constitución de la República atribuye a las Juntas Departamentales, con el propósito de recibir información e intercambiar respecto de distintos aspectos vinculados al funcionamiento, la administración, la gestión y los mecanismos de control de las áreas de la Intendencia de Soriano que desarrollan actividades en el Corralón Municipal de la ciudad de Mercedes.

El artículo 285 de la Constitución de la República establece textualmente: “Todo miembro de la Junta Departamental podrá pedir al Intendente los datos e informes que estime necesarios para llenar su cometido. La tercera parte del total de componentes de la Junta podrá hacer venir a su Sala al Intendente para recibir los informes que estime convenientes.” Asimismo, la Ley N.º 9.515 (Ley Orgánica Municipal) complementa el ejercicio de estas facultades de control conferidas por la Constitución, estableciendo el procedimiento para la convocatoria del señor Intendente ante la Junta Departamental cuando esta sea promovida conforme a las mayorías constitucionalmente previstas.

En tal sentido, entendemos que la comparecencia del señor Intendente permitirá proporcionar a este Cuerpo información directa y de primera mano sobre la organización, funcionamiento, procedimientos administrativos, sistemas de gestión y mecanismos de control implementados en las dependencias referidas, fortaleciendo así el adecuado ejercicio de la función de controlar que corresponde a la Junta Departamental.

Por todo lo expuesto, solicitamos a la Presidencia que disponga las actuaciones correspondientes y que incorpore la presente solicitud al orden del día de la próxima sesión ordinaria, a efectos de que este Cuerpo considere y resuelva la convocatoria a Sala del señor Intendente de Soriano, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 285 de la Constitución de la República y las normas pertinentes de la Ley N.º 9.515 (Ley Orgánica Municipal).

Sin otro particular, saludamos a usted con la mayor consideración:

Damián Alonso

Javier Siniestro

Matías Ortiz

Pablo Ponce

Raphael Núnez

Jorge Izaguirre

Diego Guevara,

Claudia Barrientos

José Spoturno

Dolores Romero

Daniela Saravia

 

 

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