04 de August del 2026 a las 14:45 -
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Condenado por violencia doméstica e incumplimiento de medidas cautelares, fue a la casa de su madre a pesar de tener medidas cautelares con vigilancia policial
Deberá cumplir 13 meses de prisión efectiva tras ser detenido en el patio de las viviendas luego de haber ingresado por la parte posterior del complejo habitacional

Un hombre de 41 años fue condenado a trece meses de prisión de cumplimiento efectivo como autor de delitos de violencia doméstica agravada, lesiones personales agravadas y desacato agravado, tras incumplir las medidas cautelares dispuestas por la Justicia en favor de la víctima.
El día 2 de agosto, próximo a la hora 2.45, personal policial se encontraba cumpliendo una custodia policial dispuesta por la Justicia en una vivienda ubicada en la intersección de calles Clemente Fregeiro y Tomás Gomensoro, en la ciudad de Mercedes, cuando se constató que un hombre de 41 años, sobre quien pesaban medidas cautelares de prohibición de acercamiento, había ingresado al predio por la parte posterior de la finca, accediendo por los techos de viviendas linderas.
Ante la situación, personal de la Unidad de Respuesta y Patrullaje Soriano (URPS) concurrió en apoyo al lugar y, luego que la víctima autorizara el ingreso de los efectivos al inmueble, el indagado fue localizado en el patio de la vivienda. 
Al advertir la presencia policial intentó darse a la fuga y opuso resistencia al procedimiento, siendo finalmente detenido con el apoyo de personal del Grupo de Respuesta Táctica (GRT). 
Tras su detención, se dio por finalizada la custodia policial que se mantenía sobre la víctima.
Enterada la Fiscalía competente, se dispuso la conducción del detenido y la realización de las actuaciones correspondientes. 
Celebrada la audiencia judicial el día 3 de agosto, la Justicia dispuso la condena de Carlos Daniel González García, de 41 años, como autor penalmente responsable de un delito de violencia doméstica agravado en concurso formal con un delito de lesiones personales agravado y un delito de desacato agravado, todo en régimen de reiteración real, imponiéndole la pena de 13 meses de prisión de cumplimiento efectivo.
 

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