En sesión extraordinaria, el plenario de la Junta Departamental de Soriano dio su aprobación al Presupuesto Quinquenal del Gobierno Departamental para el periodo 2026 – 2030.
En general el proyecto fue aprobado por 20 en 31, en votación nominal, propuesta del edil Damián de Oliveira apoyada por unanimidad.
El texto recibió los 20 votos afirmativos, provenientes de los 16 ediles del Partido Nacional y 4 del Partido Colorado, mientras que no apoyaron los 11 ediles del Frente Amplio.
Previo a la votación y por espacio de casi dos horas, incluyendo un cuarto intermedio que se extendió por 20 minutos, expusieron su posición a favor y en contra, 17 ediles de todos los partidos, sucediéndose posteriormente numerosas fundamentaciones de votos, también en uno y otro sentido, para justificar cada uno de ellos su postura a la hora de votar.
En particular se aprobó el articulado en la mayor cantidad de casos por unanimidad y en otros por mayorías que oscilaron entre 18, 19 y 20 votos a favor, según el apoyo de los ediles colorados, ya que los frentistas votaron en contra, específicamente en esas instancias.
El único artículo que no fue votado, por no lograr la mayoría necesaria de 19 votos, fue el 6° del capítulo II de Estructura Orgánica y que estaba referido a la reserva de cargos para funcionarios municipales que pasaran a ocupar temporariamente actividades electivas, como Intendente, Senadores, Diputados, Alcaldes, miembros de un Municipio y también de Junta Local.
La incorporación de un Profesional a la Sección Registro Civil no fue acompañada por dos ediles colorados, pero se aprobó igual por 29 en 31.
El Frente Amplio no dio sus votos para las modificaciones en los niveles de retribución, oponiéndose practicamente a todas las incorporaciones a distintos niveles que se proponían, a excepción de las propuestas para el Director de la Secretaría de Deportes, Actividad Física y Recreación, el Profesional para la Sección Registro Civil y el Secretario para el Municipio de Villa Soriano, todo lo que se votó en forma desglosada.
Por unanimidad se aprobaron las modificaciones de grados de funcionarios, así como las remuneraciones y demás beneficios sociales del funcionariado.
Tampoco el Frente dio sus votos el artículo único del Organigrama, ya que el mismo incluía la creación de cargos sobre lo que no se estaba de acuerdo, particularmente en lo que tiene que ver con los de particular confianza.
El resto del articulado se aprobó por unanimidad, incluyendo disposiciones sobre reajustes de salarios, incrementos de salarios, remuneración de los Alcaldes, creación del impuesto adicional a las fincas en desuso, el Presupuesto de Ingresos de Origen Departamental y de Origen Nacional y el Presupuesto de Egresos donde se proyectan obras para realizar en todo el departamento.
Cabe destacar, que tanto en la votación general como la nominal hubo numerosas fundamentaciones de los votos emitidos, a favor o en contra por ediles de todos los partidos.
Lo más saliente del presupuesto aprobado se incluye en el resumen que sigue.
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Fijación del Presupuesto
El presupuesto de Ingresos Departamentales para el año 2026 se fija en la suma de $ 3.290:842.476; para el año 2027 en la suma de $ 3.394:410.836; para el año 2028 en la suma de $ 3.419:371.193; para el año 2029 en la suma de $ 3.512:295.938 y para el año 2030 en la suma de $ 3.680:767.037.
La vigencia del presente presupuesto operará con retroactividad al primero de enero de 2026, salvo en aquellas normas que tengan vigencia expresa.
Se establece que en el caso de no obtenerse la asistencia del Gobierno Nacional u obtenerse en menor cuantía, se abatirán los gastos del Presupuesto de Inversión, a los efectos de mantener el equilibrio presupuestal, comunicando a la Junta Departamental y al Tribunal de Cuentas de la República.
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Estructura Orgánica
En el presupuesto aprobado se determinan las normas aplicables a la estructura orgánica de la Intendencia, señalando, entre otras cosas, que concretamente el Organigrama estará formado por los cargos previstos al 31 de diciembre de 2025, con las modificaciones que en la presente norma se establecen, según designación y adjudicación concreta que de los mismos realizará la Administración.
En este orden, se dispone que la Sección Registro Civil pasará a formar parte de Servicio Jurídico - Notarial y estará a cargo de un Profesional Nivel 4, quien tendrá los cometidos asignados por el artículo 534 de la Ley 19.924 de fecha 18 de diciembre de 2020.
Además, se disponen modificaciones a la constitución de algunas Direcciones Generales de Departamentos y asimismo se especifican las normas que regirán el funcionamiento de los Municipios de Dolores, Cardona, José Enrique Rodó, Palmitas y Villa Soriano.
Paralelamente se señala que, en las localidades de Santa Catalina, Risso, Egaña, Sacachispas, Palmar, Cañada Nieto y Agraciada existirán Juntas Locales que actuarán jerárquicamente en subordinación al Intendente, Secretario General, Directores Generales y Subdirectores Generales de Departamentos.
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Modificaciones en los niveles de Retribución
En el capítulo III del Presupuesto, se realizan algunas modificaciones en los niveles de retribución y se cambia la denominación de la dependencia de Deportes.
Precisamente se incorpora en el Nivel 2 al que ahora será Director de la Secretaría de Deportes, Actividad Física y Recreación, eliminándose del Nivel 4 al Secretario de Deportes y Recreación.
Se incorpora al Nivel 3 al Director de División Informática, eliminándose del Nivel 4; se incorpora al Nivel 4 el Profesional de la Sección Registro Civil.
Al Nivel 6 se incorporan al Encargado de Eventos y Contenidos, al Encargado del Departamento de Acción Social y Familia y al Coordinador Deportivo del Polideportivo, eliminándose del Nivel 8.
Se incorpora al Nivel 7 al Gestor Deportivo de la Secretaría de Deportes Actividad Física y Recreación; al Nivel 8 al Coordinador del Departamento de Cultura y se elimina del Nivel 6; al Coordinador de Áreas Educativas y se elimina del Nivel 10; al Coordinador de Descentralización de la Dirección de Planificación, a la Secretaría del Municipio de Cardona y se elimina del Nivel 10. Se incorpora al Nivel 9 al Adjunto a Director I.
Se incorpora al Nivel 10 al Coordinador de Programas Laborales del Departamento de Promoción y Desarrollo; al Coordinador del Programa U2030 de la secretaría de Deportes, Actividad Física y Recreación y al Secretario del Municipio de Palmitas, eliminándose del Nivel 12, mientras en el Nivel 11 se incorpora el Secretario del Municipio de Villa Soriano.
Se incorpora en el Nivel 12 al Secretario de la Junta Local de Santa Catalina, eliminándose del Nivel 13; al Coordinador del Municipio de Villa Soriano, al Coordinador del Municipio de Palmitas y al Secretario de la Junta Local de Agraciada, eliminándose a ambos del Nivel 13.
Al Nivel 13 se incorporan los Secretarios de las Juntas Locales de Risso y Egaña, eliminándose a ambos del Nivel 14; a los Secretarios de las Juntas Locales de Sacachispas y Cañada Nieto, eliminándose a ambos del Nivel 15 y al Adjunto a Director I.
Se incorpora al Nivel 15 al Coordinador de RRPP del Municipio de Villa Soriano y finalmente se incorpora en la definición de grados vigente al Jefe de Despacho, como Grado 10.
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Fijación de diferentes retribuciones a los funcionarios
Se fija en un 40% de una Base de Prestaciones y Contribuciones el beneficio de Hogar Constituido.
La Prima por Antigüedad queda establecida en el equivalente al 6% de una Base de Prestaciones y Contribuciones por cada año de servicio en la Intendencia.
Queda fijada en un 25% del Jornal Mínimo Municipal, la compensación por realización efectiva de Tareas Insalubres.
Se fija en un 90% de una Base de Prestaciones y Contribuciones, por mes el beneficio de complemento a funcionarias con hijos de dos meses a cinco años de edad.
Las Primas por Nacimiento y Matrimonio quedan establecidas en el equivalente al 65% de un Salario Mínimo Municipal.
Finalmente se incrementarán en un 25% la Prima Anual Estudiantil y la Prima Estudiantil para los funcionarios con hijos que cursan estudios terciarios, previstas en las disposiciones vigentes.
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Creación y Supresión de Cargos en el Organigrama
El Presupuesto aprobado prevé la creación de cargos y en algunos casos también supresión en distintas reparticiones del Gobierno Departamental.
Estas incorporaciones comprenden asimismo a los Municipios de Dolores, Cardona, Rodó, Palmitas y Villa Soriano, incluyendo en este último caso la creación del cargo de Alcalde, por tratarse de un nuevo Municipio.
Finalmente, también se adoptan medidas similares en todas las Juntas Locales del Departamento.
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Disposiciones varias sobre reajuste e incrementos salariales
Los salarios y partidas de carácter remunerativo que no tengan mecanismos de ajustes específicos se incrementarán cada 4 meses por el Índice de Precios al Consumo (IPC) del cuatrimestre anterior.
Los salarios municipales además se incrementarán un 0,5% salarial a partir del 1 de enero de los años 2026, 2027, 2028, 2029 y 2030.
Además, se establece una modificación en la remuneración de los Alcaldes determinándose que la de los titulares de José Enrique Rodó, Palmitas y Villa Soriano corresponderán cada uno al 35% de la retribución del Intendente.
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Modificación a la Recopilación Impositiva Municipal
En el Capítulo I de la RIM, Ingresos Territoriales se incorpora el Adicional a Fincas en Desuso.
Al efecto, se crea un adicional del 100% sobre el Impuesto de Contribución Inmobiliaria Urbana, de carácter departamental, aplicable a las fincas ubicadas en el departamento que permanezcan deshabitadas y presenten un estado de abandono verificable conforme a los criterios que se definirán.
Se establecen en la normativa el hecho generador del adicional, así como sujeto pasivo, base de cálculo, monto del adicional, concepto de estado de abandono, alcances de los criterios de desuso y abandono, constatación del hecho generador.
Quedan excluidas de este adicional, las fincas alcanzadas por el Impuesto a los Baldíos u otros tributos específicos de similar naturaleza que establezca la normativa vigente.
El adicional será exigible a partir del ejercicio siguiente a aquel que quede firme la notificación al sujeto pasivo de la resolución administrativa que declara el estado de desuso y abandono del inmueble.
Por último, se faculta a la Intendencia a dictar la reglamentación complementaria necesaria para la aplicación, ejecución e interpretación de la presente ordenanza.
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Presupuestos de Ingresos y Egresos
En el documento aprobado se incluyen los planillados con estimaciones de ingresos y egresos.
En el caso de los ingresos se determinan los de Origen Departamental, conformados por los impuestos departamentales y otros conceptos de recaudación.
En cuanto a los de origen Nacional, las previsiones son por concepto de Subsidio Alumbrado Público, Ministerio de Transporte y Obras Públicas, Programa de Desarrollo y Gestión Subnacional, Fondo de Inversiones Estratégicas, Artículo 214 Lit. C de la Constitución de la República, Fondo de Desarrollo del Interior y Fondo Incentivo a la Gestión de los Municipios.
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Intervenciones de Variada Índole en el Departamento.
En lo referido a los Egresos, se determinan las previsiones para atender el Rubro 0 que tiene que ver con las retribuciones de todo tipo al personal, además de otros rubros por gastos en bienes de consumo y servicios necesarios para el correcto funcionamiento del quehacer municipal.
También se incluyen intervenciones de variada índole en todo el departamento, entre las que se cuentan, un Plan de Veredas Departamental, Relleno Sanitario y plan de gestión de residuos a nivel departamental, Cierre de vertedero, Adquisición de contendedores zonales de residuos, Plan Vale, Proyectos de Desarrollo Productivo, Plan de reforestación Departamental, en lo relativo al arbolado urbano, Señalética, Cartelería y Nomenclátor, Espacios públicos y plazas, Espacios deportivos, Obras del Plan Avanzar incluyendo construcción de pozo de bombeo de aguas residuales, Letras corpóreas en localidades, Paradas de ómnibus con nuevo diseño, Ampliación y mantenimiento del alumbrados departamental, Ampliación y mantenimiento de Cementerios, Adquisición de maquinaria, Mejoras y/o ampliación de edificios municipales, Adquisición de terrenos para Cartera de Tierras, Compra de camiones, Equipamiento tecnológico y muebles, Compra de herramientas menores, Flota liviana y recambio de luminarias.
Además, se destacan intervenciones del Departamento de Obras en todo el departamento en materia de manteamientos varios tanto en Vialidad Rural, como Vialidad urbana en las distintas localidades departamentales.
Lo mismo ocurre con las intervenciones del Departamento de Arquitectura y Ordenamiento Territorial con un amplio plan que abarca también a la totalidad de las localidades del departamento y cuyo detalle se incluye en el documento aprobado por la Junta Departamental y que ahora será remitido al Tribunal de Cuentas de la República, según lo establecido en el artículo 225 de la Constitución.





