24 de December del 2025 a las 15:22 -
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Condenado por tentativa de hurto, violación de domicilio, delito continuado de violencia domestica y reiterados delitos de desacato
Cumplirá pena de 10 meses de prisión, 1 mes en prisión efectiva y 9 en régimen de libertad a prueba con condiciones de control, tratamiento por consumo problemático y prohibición de acercamiento a la víctima

El 21 de diciembre de 2025, a la hora 23:40, la Policía intervino un incidente familiar ocurrido en una vivienda ubicada en calle Oribe casi Río Negro, jurisdicción de Seccional Quinta de la ciudad de Dolores. 
En el lugar, una mujer de 22 años manifestó que había mantenido una discusión con su pareja, un hombre de 24 años, quien le impedía retirarse del domicilio, en un contexto de conflicto previo.
Ante la situación planteada, la víctima fue trasladada a la Comisaría Especializada en Violencia Doméstica y Género Zona II, donde realizó instancia penal, denunciando agresión física y amenazas, y solicitó la adopción de medidas cautelares. 
El indagado se presentó posteriormente en la dependencia policial, continuándose con las actuaciones correspondientes.
Puesta la situación en conocimiento de la Fiscalía Letrada de Dolores, se dispuso la detención del indagado, quien quedó a disposición judicial. 
Asimismo, la autoridad judicial competente dispuso medidas cautelares, consistentes en prohibición de acercamiento y comunicación en un radio de 500 metros.
El 23 de diciembre finalizadas instancias en Juzgado Letrado de Primera Instancia de Dolores de Segundo Turno se dispuso la formalización de la investigación y condena respecto de Facundo Mpyano Alvarez de 24 años, “como autor penalmente responsable de un delito de hurto especialmente agravado en grado de tentativa en reiteración real con un delito de violación de domicilio, un delito continuado de violencia domestica agravada y reiterados delitos de desacato en calidad de autor y a título de dolo directo, a la pena de 10 meses de prisión, la que se cumplirá 1 mes en prisión de cumplimiento efectivo y los restantes 9 en régimen de libertad a prueba con condiciones de control, tratamiento por consumo problemático y mantenimiento de las medidas de prohibición de acercamiento hacia la víctima”.

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