
En sede del Juzgado Letrado de Primera Instancia de Cuarto Turno de Mercedes, a cargo de su titular Dra. Beatriz Giordano, asistida por el receptor Alvaro González, se realizó audiencia solicitada por la Fiscalía Departamental de Mercedes de Primer Turno, representada por su titular la Dra. Paula Goyeni, en la formalización de la investigación y condena por proceso abreviado, del imputado Emiliano Javier Villar Camejo, quien estuvo asesorado por la integrante de la Defensoría Pública, Dra. Carla Hernández, en el caso calificado como "riña calificada", tras los hechos ocurridos en la madrugada de este lunes en las afueras de la sede del Club Túnel, en en el marco de los cuales resultara herido un joven de 18 años, de iniciales L.F. quien debió ser internado en el Hospital "Zoilo Chelle" de Mercedes.
Abierta la audiencia la Jueza Dra. Giordano dio la palabra a la Fiscalía que a través de la Fiscal Dra. Goyeni dio a conocer un relato de los hechos que pudieron verificarse por medio de testigos y de cámaras ubicadas en la zona.
De ello surge que el imputado estaba siendo investigado por su participación como autor de un delito de riña calificada.
Ello relacionado con hechos ocurridos en la madrugada del 15 de setiembre cuando el imputado se encontraba junto a otras personas, entre ellos M.V. y M.B. en la sede del Club Túnel sita en avda. Lavalleja y Venancio Flores.
Próximo a las 3.15 horas, el cantinero del lugar toma conocimiento que el imputado y sus amigos, simpatizantes del club Olímpico, estaban ofuscados.
Particularmente Villar se encontraba agresivo, increpaba a todo el que se cruzaba. Decía "a todos los de Túnel, les gano yo, acá adentro les quemo hasta el perro".
Empujaba e insultaba a los presentes.
Debido a ello, se le pidió que saliera del lugar y es allí cuando Villar, visiblemente alcoholizado, comenzó a insultar y a pegarle a la novia de la víctima.
L.F. estaba retirándose del lugar, pero al advertir esto, se bajó de su moto y fue a defender a su novia.
En ese momento, Villar lo tomó a golpes, a lo cual se sumaron dos amigos más del imputado, la víctima intentó defenderse sin éxito.
No conforme con ello, se suscitaron varias peleas alrededor. En tanto, el imputado ya se venía comportando de esa manera con varias de las personas que allí estaban, utilizando inclusive botellas para amedrentar.
A raíz de esa reyerta, en el medio de la lucha, L.F. resultó herido tras ser cortado con una botella, comenzando a sandrar de inmediato por lo que fue trasladado, quedando ingresado en el hospital local.
El médico forense constató una herida cortante de 7 centímetros aproximadamente, profunda, con sangrado a nivel de maxilar inferior, sin riesgo de vida y que el tiempo de inhabilitación para tareas ordinarias era menor a 20 días.
Las cámaras del lugar registraron lo mencionado, lo que además fue corroborado por varios testigos que estaban presentes en el lugar.
VILLAR CONTROVIERTE A FISCALÍA; LA DEFENSA ACLARA Y LA JUEZA FORMALIZA
Ante la consulta de la Jueza Dra. Giordano sobre si entendía los hechos narrados por Fiscalía, el imputado Emiliano Villar (con las huellas de la riña en su rostro aun, ojo negro y el otro también golpeado) dijo que parte de lo manifestado por la Dra. Goyeni era así, que él tenía problemas con una persona sola, los demás no.
Ante alguna duda manifestada, la Dra. Giordano le explicó que era el inicio de la investigación señalando Villar, "yo cometí un error, pero en el caso mío era entre yo y una persona, no era entre las demás personas".
La Jueza le preguntó si lo había hablado con su Defensa respondiendo que sí, y que él le había dado su versión, "pero de las evidencias que tiene la Fiscalía ha llegado a otras conclusiones", le indicó la Jueza.
Tras algún intercambio más, la Dra. Giordano le preguntó a la abogada defensora Dra. Carla Hernández so había tenido acceso a la carpeta investigativa, indicó, "nosotros tuvimos acceso a la carpeta investigativa tanto en el día de ayer como en el día de hoy tuvimos oportunidad de conversar in extenso con nuestro representado. Es cierto que Villar tiene una visión de los hechos particular, obviamente, desde su percepción. Percepción que él reconoce estaba alterada por el consumo de alcohol y que determinadas cosas que sucedieron no las recordaba como fueron, como están en los videos, justamente por este aspecto.
Surge de las declaraciones y de la prueba que Villar no sería responsable de la lesión sufrida por la víctima, pero fue dentro de una riña que sucedió en determinado lugar y que no fue hecho aislado y fue una veintena de personas que estaban desacatadas y cualquiera de ellas.
Por lo tanto, respecto de lo que es la formalización, no tengo nada que agregar, son hechos que surgen de la perspectiva investigativa y habiendo arribado a un acuerdo para tramitar por el proceso abreviado, no tengo nada más para agregar".
Por lo tanto la Jueza Dra. Giordano procede a formalizar la investigación de Fiscalía contra Emiliano Javier Villar Camejo como presunto autor penalmente responsable de un delito de riña calificada.
FISCALÍA ACUSA, VILLAR Y LA DEFENSA ACEPTAN, LA JUEZA CONDENA
Finalmente la Jueza Giordano dio la palabra nuevamente a la Fiscalía y la Dra. Goyeni procedió a acusar en el marco de un acuerdo para transitar el proceso abreviado, solicitando se condene a Emiliano Villar como autor penalmente responsable del delito de riña calificada, considerando que el solo hecho de la participación torna punible la acción y se agrava en virtud que hay una víctima que resultó lesionada, por ello la riña es calificada.
La Dra. Goyeni explica en profundidad el concepto de la riña calificada, expresa atenuantes y agravante y solicita a la Jueza Giordano condene a Villar por el delito mencionado a la pena de 6 meses de prisión a cumplirse en régimen de libertad a prueba con una serie de condiciones que debe cumplir el condenado, y que en caso no hacerlo en cualquiera de ellas, lo llevaría a la cárcel.
En cuanto a las condiciones debe fijar residencia en un lugar determinado donde sea posible la supervisión por la oficina de seguimiento de la libertad asistida, la sujeción a la orientación y vigilancia permanente de la autoridad de la oficina, presentación una vez por semana en la seccional policial correspondiente al domicilio fijado, prestación de trabajos comunitarios durante tres meses cuatro horas semanales y se adiciona además, la prohibición de concurrir al Club Túnel y sus dependencias por el período de la condena, la prevención de acercamiento y de contacto por cualquier medio ni a través de terceras personas con la víctima, L.F. y su novia, la obligación de permanecer en su domicilio desde las 22.00 a las 7.00 horas y la prohibición de salir del país por el lapso de la condena y se notifique a las víctimas.
La Jueza Dra. Giordano preguntó a Villar se había prestado su consentimiento sin que nadie lo presionara y la respuesta fue sí.
Y la Defensa en la Dra. Hernández dijo que efectivamente, ese era el acuerdo al que se arribó respecto a la acusación deducida.
Teniendo en cuenta que se cumplieron los requisitos que exige la ley para aplicar el acuerdo por proceso abreviado, la Jueza Dra. Giordano condenó a Emiliano Javier Villar Camejo como autor penalmente responsable de un delito de riña calificada, a 6 meses de prisión a cumplir en régimen de libertad a prueba, con las condiciones anteriormente mencionadas en el acuerdo.
NR: La mención a la sede del Club Túnel, a simpatizantes del Club Olímpico son parte de la solicitud de formalización de Fiscalía. En el caso de @gesor reiteramos que Emiliano Villar es jugador del Club Asencio y que el joven herido L.F. es jugador del Club Bella Italia en fútbol de Montevideo.
INFORMACIÓN POLICIAL: En seguimiento a lo informado previamente, referido al desorden ocurrido el 22 de setiembre, a la hora 3:22, en la sede del club ubicada en General Juan Antonio Lavalleja y Venancio Flores, en jurisdicción de Seccional Segunda, donde se registró una riña con varias personas involucradas, un joven de 18 años resultó con una herida cortante a la altura del cuello y otro participante fue asistido por politraumatismo
de craneano, al día de la fecha se comunica que, tras las actuaciones de rigor y
finalizadas instancias en Juzgado Letrado de Primera Instancia de Mercedes de Cuarto
Turno se dispuso la formalización y condena por proceso abreviado respecto de Emiliano G. Villar Camejo de 21 años “como autor de un delito de riña calificada, a la pena de 6 meses de prisión a cumplir bajo régimen de libertad a prueba”.