08 de August del 2012 a las 11:03 -
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Proponen reglamentar trabajo de los cuidacoches
El edil Juan Rey (Partido Colorado) presentó un proyecto para reglamentar el trabajo que cumplen los cuidacoches.

El edil colorado  planteó esta iniciativa  en la sesión de la Junta Departamental de Soriano realizada el lunes pasado, luego que ediles y dirigentes de la lista 140 se reunieran con  una delegación de cuida coches de Mercedes. En la iniciativa planteada, y que quedó a consideración de una comisión de  la Junta Departamental se estipulan zonas para realizar esta actividad, se establece permisos para los cuidacoches, y controles para desarrollar esta actividad.

Textualmente este  proyecto presentado por el edil Rey  establece:

 

REGLAMENTACION Y REGISTRO DE

CUIDADORES DE VEHICULOS PARA EL DEPARTAMENTO DE SORIANO

ARTICULO 1°- Procédase a la apertura de un Registro Especial en el que podrán inscribirse las personas que deseen ejercer tareas de cuidadores de vehículos en la vía pública debiéndose cumplir con los siguientes requisitos:

1.Tener como mínimo 18 años de edad

2.Adjuntar Certificado de Buena Conducta.

ARTICULO 2°- Facúltese a la Asesoría de Tránsito y Transporte a efectuar las inscripciones correspondientes.

ARTICULO 3°- Se estipularan zonas de importancias donde el horario que se cumplirá será desde la hora 08:00 hasta la hora 22:00. Las personas asignadas en tales lugares tendrán que cumplir un horario mínimo de 5 horas hasta 7 horas máximo, con relación al numero de personas que se asignen siendo de resorte de la División de Transito.

ARTICULO 4°- La Intendencia Municipal de Soriano reconocerá a quienes actualmente cumplen dicha función respetándose el horario y su lugar actual ajustándose a dicha reglamentación.

Se otorgaran los correspondientes permisos de acuerdo a los informes que emita la Asesoría de Acción Social, fijándose los radios por calles y aceras siendo los lugares adjudicados para los nuevos inscriptos mediante el sistema de sorteo.

ARTICULO 5°- Todos los permisos tendrán carácter precario y revocable, pudiendo la Intendencia Municipal de Soriano, cancelar cualquier de los permisos otorgados sin derecho a reclamación alguna.

ARTICULO 6°- La Asesoría de Transito y Transporte remitirá a la Asesoría de Acción Social la nomina de inscriptos en el registro de cuidadores de vehículos debiendo esta expedir informe sobre vida y costumbres y situación socio-económica de los aspirantes procedimiento este que deberá seguir toda vez que se amplié el numero de cuidadores o que los mismos deban ser sustituidos.

ARTICULO 7°- La Intendencia Municipal de Soriano otorgara a las personas autorizadas un Carné Identifica torio en el constaran los siguientes datos: Nombre y Apellido; Documento de Identidad; Domicilio; horario y lugar asignado y la respectiva fotografía, el cual deberá verse a la vista del público.

ARTICULO 8°- Es obligatorio para cada cuidador de vehículo el uso de uniforme que será proporcionado por la Intendencia Municipal de Soriano. La falta de aseo en el vestir, dará lugar a la suspensión o retiro del permiso.

ARTICULO 9°- No se concederán autorizaciones para ejercer la vigilancia de vehículos fuera de los lugares determinados precisamente por la Asesoría de Transito y Transporte.

ARTICULO 10°- Los incumplimientos por partes de los cuidadores de vehículos serán sancionados con una suspensión del permiso de (3) días por primera vez, y (15) días por segunda vez y la cancelación definitiva del mismo la tercera vez, o en caso en que la gravedad de la falta lo amerite.

ARTICULO 11°- En caso de fallecimiento o incapacidad del titular el permiso pasara al conyugue o familiares de primer grado de consanguinidad, debiéndose presentar ante la oficina delegada de Registro de Cuidadores de Vehículos con los certificados pertinentes de cada caso, teniendo este un plazo de 30 días para efectuar las inscripciones correspondientes.

ARTICULO 12°- En caso de enfermedad del titular del permiso deberá dar aviso a la oficina de Registro de Cuidadores de Vehículos, si las faltan pasan de los 3 días deberá presentar certificado medico expedido en la institución de salud en la que este se atiende, pudiendo este ser suplido en su función por alguna persona que el designe quedando inscripto en el momento de solicitar el permiso ante la oficina de Registro de Cuidadores de Vehículos.

ARTICULO 13°- Lo mencionado en los artículos 11°- y 12°sera evaluado por la dependencia mencionada. De no existir tal condición para el articulo 11°- se procederá a reasignar el puesto de trabajo a otra persona, a través de un sorteo con los ya inscriptos en el Registro de Cuidadores de Vehículos.

ARTICULO 14°- L OS CUIDADORES DE VEHICULOS ESTARAN BAJO EL CONTROL DIRECTO DEL Cuerpo Inspector de la División Transito y serán responsables del cumplimiento de sus obligaciones en la zona que se le determinara en cada caso.

ARTICULO 15°- Para los espectáculos extraordinarios que se realicen en el Departamento de Soriano, tales como festivales sociales y deportivos u otros eventos, se empleara el sistema de rotación entre los autorizados.

ARTICULO 16°- Para que un cuidador tenga derecho a recibir algún tipo de retribución, será necesario que sus servicios le hayan sido solicitados por el conductor, quedando la tarifa a voluntad del dueño del vehículo.

ARTICULO 17°- La Asesoría de Transito y Transporte, a través de la División Transito llevara un registro especial donde se anotaran las denuncias que los usuarios de la vía pública realicen contra los cuidadores de vehículos, por incumplimientos de sus tareas especificas, estas deberán estar firmadas por los denunciantes, quienes deberán identificarse con documento de identidad y fijar domicilio.

ARTICULO 18°- Los cuidadores de vehículos una vez otorgado el correspondiente permiso, se presentaran trimestralmente en la División Transito o cuando esta especialmente así lo requiera, a fin de recibir las instrucciones que la Asesoría de Transito y Transporte entienda conveniente impartir.

ARTICULO 19°- La Asesoría de Transito y Transporte podrá solicitar a la jefatura de Policía de Soriano la pertinente colaboración toda vez que sea necesario , a fin de impedir que personas no autorizadas para desempeñar este tipo de tareas, interfieran en sus zonas, con las que fueron habilitadas por la Intendencia de Soriano para ejercer tales funciones.

(1808)


COMENTARIOS
Enviado por: ruben bacciarini
hola compañeros, esta muy bien que halla otros compañeros que se preocupen por la problemática de los cuida coche, pero quisiera recordar que nosotros hace un tiempo atras presentamos un ante proyecto de reglamento de cuida coches en el cual estamos trabajando,con el Sr Intendente,el Sr Jefe De Policia y los propios cuida coches, ya se han echos reuniones y ahora estamos esperando otra instancia para concretar el anhelado reglamento para darle tranquilidad a los trabajadores.Muchas gracias.Firma Ruben Bacciarini

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