25 de June del 2025 a las 09:51 -
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CATIDU: ¨Grave perjuicio y trato desigual al transporte de carga internacional, por concesión del paso de frontera de Fray Bentos, por el Ministerio de Defensa a CIEMSA¨
La Cámara Autotransporte Terrestre Internacional del Uruguay (Catidu) expresa su ¨profunda preocupación y rechazo¨ por otorgar obras a cambio de concesión por 20 años del estacionamiento en el paso fronterizo a dicha empresa

Los transportistas de carga nucleados en CATIDU que operan en el paso de frontera de Fray Bentos expresan su profunda preocupación y rechazo ante la ejecución de lo pretendidamente dispuesto por el Poder Ejecutivo mediante el Decreto 175/023, que otorgó a la empresa CIEMSA la ejecución de obras de mejoramiento en el paso fronterizo, a cambio de la concesión por 20 años del; estacionamiento, el área de comidas y el free shop.
Las obras ya fueron realizadas, y según declaraciones de la propia empresa, la inversión efectuada ascendió a US$ 14.000.000.
Desde diciembre de 2024, se comenzó a cobrar indebidamente una tarifa de $ 800 a cada camión que ingresa al predio, la cual se incrementó en el mes de enero de 2025 a $ 850. 
Considerando un promedio de 400 camiones diarios, esto representa $ 340.000 por día, lo que equivale a aproximadamente US$ 8.500 diarios (a un tipo de cambio estimado de $ 40 por dólar). En términos anuales, este ingreso alcanza los US$ 3.100.000, y proyectado a 20 años, supera los US$ 62.000.000 solo por el cobro al transporte de carga. 
Esto deja en evidencia el desequilibrio de la ecuación económica del contrato de concesión, en beneficio de empresa privada que recupera su inversión inicial en menos de cinco años, y obtiene un retorno varias veces superior, sin considerar los ingresos adicionales que obtiene por la explotación del área de comidas y el free shop en gran medida a costa del transporte de carga.
Además, -cuando los camiones aparcan en lugar- la estadía de los camiones en el predio no es voluntaria, sino consecuencia de controles obligatorios del Estado (aduana, migración, sanidad, etc.) y de trámites realizados por los despachantes de aduana, lo que significa que el transportista no tiene margen para evitar este costo.
A esto se suma, un trato desigual y discriminatorio: los vehículos particulares y el transporte de pasajeros tienen una tolerancia de dos horas sin costo, mientras que al transporte de carga se le cobra de inmediato desde el ingreso, aunque no aparque, es decir, también se les cobra a los camiones que cruzan vacíos, es decir sin carga.

Este modelo de concesión genera:
- Un enriquecimiento indebido, desproporcionado y sostenido para una empresa privada.
- Un perjuicio económico directo al transporte de carga nacional e internacional, generando asimetrías en la región.
- Y una injusticia flagrante en el tratamiento diferencial entre distintos tipos de usuarios.
- Enriquecimiento injusto de la empresa concesionaria, puesto que los camiones pueden estar en el predio entre 15 minutos y 4 horas de promedio y se les cobra por 24 horas.

Por tanto, exigimos:
- La revisión de la aplicación urgente del Decreto 175/023.
- La eliminación del régimen tarifario actual al transporte de carga.

El transporte de carga no puede seguir financiando —con sobrecostos y sin voz— modelos de negocio diseñados para el beneficio exclusivo de terceros. Uruguay necesita desarrollo, pero también equidad.

Comunicado

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