30 de October del 2013 a las 07:43 -
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Alerta y preocupación
El Grupo Medios y Sociedades (GMS) emitió un comunicado expresando la preocupación por el trámite de juicio que se le inició a los colegas del Semanario EL ECO de Colonia, recordando que la Ley 18515 despenalizó los delitos de comunicación.

(comunicado)

 

Alerta: Justicia de Colonia da trámite a juicio de difamación contra periodista de El ECO

 

“El Grupo Medios y Sociedades (GMS) alerta por el juicio por difamación e injurias presentado por un jerarca de la Intendencia de Colonia contra periodistas del diario El ECO de Nueva Palmira y que vuelven a poner sobre el tapete la criminalización de la actividad periodística. Ayer martes se realizó en el Juzgado Letrado de Carmelo una segunda audiencia por esta denuncia, motivada por un informe sobre irregularidades con las multas de tránsito en ese departamento, que publicó EL ECO el sábado 5 de octubre de 2013.

La denuncia fue presentada por el jefe de Inspectores de la Intendencia de Colonia, Daniel Sánchez Torterolo contra periodistas de EL ECO y afirma que es totalmente “falsa” la información aparecida y que se sintió atacado en su persona. El medio sostiene que existe una investigación administrativa en la referida Intendencia sobre el manejo del tema multas e incluso que la Junta Departamental se está ocupando del tema. Ayer martes se reconoció en la audiencia que hay más de 300 multas "mal archivadas".

GMS recuerda que en el año 2009 el país aprobó la ley 18.515 que despenalizó los delitos de comunicación. La reforma estableció que no tiene responsabilidad aquella persona que difunda información de interés público, sobre funcionarios públicos, sin mediar real malicia. Este concepto es muy estricto, puesto que se incurre en real malicia actuando con absoluto desprecio por la verdad o con negligencia periodística, pero todo aquello que es polémico o incluso imprecisiones propias de una información difícil de corroborar, no ingresan en este concepto.

 

Asimismo, recordamos a jueces y fiscales que la ley 18.515 obliga a los operadores de Justicia a interpretar los conflictos entre la libertad de expresión y otros derechos de acuerdo a los estándares del Sistema Interamericano de Derechos Humanos y del sistema universal de protección de los derechos humanos”.

(1859)


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