
La Corte Electoral decidió habilitar un período de dos días para verificación de firmas por el plebiscito contra la usura y por una deuda justa, cuya firma en la papeleta no coincide con la de la credencial cívica.
Recordamos que el 7 de octubre se presentaron ante la Corte Electoral las firmas de promotores de una reforma constitucional bajo la consigna "Contra la usura y una deuda justa". Dichas firmas fueron verificadas con las de los ciudadanos inscriptos y habilitados en el Registro Cívico Nacional.
El total de habilitados en todo el país es de 2.722.879
El total de firmas válidas necesarias para promover el plebiscito: 272.288 (10% del total de habilitados).
El total de firmas ingresadas fueron 320.758 de las cuales se aceptaron 245.134 (9.0028%) y se rechazaron 75.624.
De estas 75.624, hay 45.610 firmas que no coinciden con la del padrón cívico, por lo que se se aceptó esta instancia solicitada por los promotores de la recolección de respetar la voluntad del firmante y se convoque a las personas para que ratifique su voluntad de adherir a esta convocatoria. Para poder alcanzar el 10% se precisan validar 27.154 firmas de esas 45.610 que fueron rechazadas por no coincidir.
Para ello se autorizó la convocatoria para verificación de firmas que se desarrollará en todo el país los días domingo 23 de marzo de 8.00 a 19.30 horas y lunes 24 de marzo de 10.00 a 18.00 horas.
En Montevideo habrá 19 locales a confirmar las direcciones.
En el Interior, en la Oficina Electoral Departamental de cada departamento.
El ciudadano deberá presentarse con su Credencial y en el departamento que le corresponda. A la brevedad se dará a conocer el listado de las personas habilitadas a ratificar su firma en todo el país y que en el caso de Soriano tendrán que concurrir a la Oficina Electoral en esos días y horarios mencionados, con credencial en mano, para firmar nuevamente, allí en el local de Rodó 630 de Mercedes en la planta alta.
A continuación ofrecemos la circular 12202 de la Corte Electoral donde se habilita a esta ratificación de las firmas y se dan los detalles de como serán las jornadas.
CIRCULAR N° 12202
Montevideo, 5 de marzo de 2025.
La Corte Electoral, en Acuerdo del día 27 de febrero del corriente, resolvió aprobar el presente reglamento que regirá la convocatoria a ratificación de las adhesiones al proyecto de reforma constitucional "DEUDA JUSTA".
El mismo esta destinado exclusivamente a los ciudadanos cuyas firmas registradas en las hojas, de adhesión no fueron validadas por no coincidir con la firma que figura en el Registro Cívico Nacional.
1°. - Se confeccionará la nómina de personas convocadas a ratificar su adhesión de acuerdo con el informe elevado por la Oficina Nacional Electoral, referido a las firmas que requieren ratificación.
Con dicha nómina se conformará el Padrón de ciudadanos a ser convocados a ratificar su adhesión (en adelante "el Padrón").
Quedará perfectamente definida la cantidad de adhesiones necesarias de ser ratificadas a los efectos de llegar al 10 % de los ciudadanos requeridos constitucionalmente.
2°. - El Padrón se ordenará por Departamento, en forma correlativa por Serie y Número, estableciéndose en cada caso el Nombre y Apellido documentales, que resultan de la inscripción cívica.
3°. - Confeccionado el Padrón, se publicará en el Diario Oficial y en la página web institucional, convocándose a las personas incluidas en él, a comparecer en los lugares, días y horas que se indicarán, con el fin de dejar claramente establecida su manifestación de voluntad.
Se dará noticia a través de los medios de difusión nacional del Padrón, de las fechas de convocatoria a ratificación y el procedimiento contenido en el presente reglamento. Se remitirán ejemplares del Padrón a los medios de prensa escrita, a los partidos políticos y a los patrocinantes del proyecto de la Reforma Constitucional.
Se remitirá, asimismo, a las Oficinas Electorales Departamentales la nómina correspondiente a su Departamento, para que se ponga de manifiesto en el local de cada Oficina, hasta el día de la comparecencia inclusive.
4°. - Entre la fecha de la publicación y la señalada para que los convocados comparezcan a expresar su voluntad, deberá mediar diez días por lo menos.
5°. - Se agrupará a los inscriptos que figuran en el Padrón en mesas de ratificación.
Las mismas serán de acuerdo con la ordenación correlativa de sus respectivas series y números de inscripción cívica.
6°.- En cada mesa de ratificación actuará una Comisión de funcionarios electorales con el cometido de recibir y hacer constar las manifestaciones de voluntad de los convocados (se adjunta plan de los locales).
7 ° . - Las Comisiones de ratificación se integrarán con tres funcionarios electorales garantizando la diversidad de filiaciones políticas.
Los mismos registrarán sus datos filiatorios en el Acta de comparecencia.
8°.- Ante cada Comisión actuará únicamente un delegado por parte de los promotores, podrá ser sustituido durante el transcurso de la jornada debiendo en tal caso retirarse el reemplazado.
La designación se hará conocer hasta tres días antes del acto por escrito firmado por la autoridad partidaria o entidad interesada que los designe dirigido a la Corte Electoral. El delegado se limitará a formular por escrito las observaciones que pueda merecerle la forma como se cumplen los procedimientos. La comisión verificadora hará retirar al delegado que no
observe la conducta exigida.
9°.- Se remitirá a cada Comisión de ratificación una urna que contendrá:
- El Padrón de los convocados en dicha mesa de acuerdo al plan de locales, con las respectivas hojas electorales
- El Acta de comparecencia
- Los útiles requeridos para tomar impresiones dactiloscópicas y los útiles de escritorio necesarios para el funcionamiento de la Comisión:
- Precintos numerados para cierre de la urna.
10°. - Las Comisiones actuarán:
- El día domingo 23 de marzo de 2025, en el horario comprendido entre las 8.00 y las 19.30 horas, en los locales anunciados en la convocatoria.
- El día lunes 24 de marzo, en las Oficinas Electorales Departamentales, en el horario de 10.00 a 18.00 horas. En esta jornada podrán asistir todos los ciudadanos comprendidos en el padrón de la convocatoria del departamento
11° - Las personas convocadas a efectos de ratificar su adhesión al proyecto de reforma constitucional en trámite, deberán concurrir necesariamente a la mesa de ratificación que figura en el padrón de la convocatoria.
12°.- El compareciente deberá presentar su credencial cívica. La Comisión de ratificación corroborará si su serie, número y nombre figuran en la nómina correspondiente. Si a sí no ocurriera invitará a la persona a que se retire del local. Si la determinación cívica que figura en la credencial corresponde a la mesa de ratificación, los funcionarios actuantes
corroborarán si dicho documento pertenece a la persona que lo presenta.
En caso afirmativo tildarán en la nómina el nombre de ésta, registrando en el Acta: Nombre, serie y número de credencial cívica y la firma del ratificante. Si existiera duda por parte de alguno de los funcionarios electorales de la identidad se estampará la impresión dactiloscópica en el espacio destinado a la misma.
13°.- La tarea el día domingo finalizará a las 19.30 horas. Si dentro del local hubiera ciudadanos esperando para ratificar su adhesión se prorrogará el plazo de la convocatoria en hasta una hora, cerrando indefectiblemente el proceso a la 20.30 horas.
Cumplida esta etapa, los tres funcionarios actuantes cerrarán con su firma la lista ordinal invitando al delegado si lo hubiera, a firmar el Acta; seguidamente acomodarán todos los elementos utilizados en la jornada dentro de la urna, cerrándola con el precinto y trasladándola a la Oficina Electoral Departamental correspondiente para su debido resguardo.
14°.- Al recomenzar la tarea al día siguiente, el lunes, en la Oficina Electoral Departamental, a la hora estipulada, se procederá a abrir la urna a fin de continuar con la tarea.
Los funcionarios actuantes registrarán sus datos filiatorios en el Acta de comparecencia
Se continuará en la lista ordinal
A la hora 18.00 se dará por finalizada la tarea. Si dentro del local hubieran ciudadanos esperando para ratificar su adhesión se prorrogará el plazo de l a convocatoria en hasta una hora, cerrando indefectiblemente el proceso a la 20.30 horas.
La Comisión cerrará el Acta, dejando asentado el número de comparecientes, firmando la misma e invitando a firmar al delegado si lo hubiere.
15°- La Jefatura de las Oficinas Electorales Departamentales transmitirán a la Oficina Nacional Electoral los resultados de las comisiones que tengan a su cargo.
Recibida toda la información, la Oficina Nacional Electoral elaborará el Acta Final del proceso de validación estableciendo la cantidad de convocados que ratificaron su adhesión.
Si éste fuera menor que el requerido, se declarará finalizada la tarea determinando que no se llegó al número constitucionalmente exigido.
Si en el proceso de validación se supera la cantidad requerida y esta es tal, que luego de desagregadas la cantidad de convocados cuya identidad fue observada, igual se cumple con el 10% requerido por la norma constitucional, se finalizará la tarea dando comunicación a la Corte en cuanto a que se ha legado al número de ratificaciones necesarias, quedando abierto el proceso de convocatoria a Plebiscito
16°.- Si se requiriera el análisis de las adhesiones observadas por identidad, las mismas serán cotejadas por idóneos dactilóscopos, con las existentes en el Registro Cívico Nacional
17°.- Finalizada esta instancia quedará precisamente definido el número de firmas validadas en el proceso de verificación y ratificación.