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17 de December del 2024 a las 08:47 -
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El negocio de la salud con recursos públicos en favor de los privados ante la complicidad de quienes deben actuar y no lo hacen
Recibimos y publicamos

Señores de @gesor me dirijo a ustedes con la finalidad de plantear una temática que viene dándose desde hace mucho tiempo y considerando que en su momento hicieron punta con determinadas incompatibilidades en gestión de autoridades de algunos momentos de la conducción del Hospital "Zoilo A. Chelle", centro de salud perteneciente a ASSE (Administración de los Servicios de Salud del Estado) y que por su naturaleza, desde la puesta en funcionamiento del Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS) se convirtió en un prestador de salud, al igual que cualquier mutualista, sólo que en este caso del sector público, mientras que las otras lo hacen desde lo privado, pero ambas brindan servicios y reciben los aportes de quienes por su actividad laboral, jubilados, pensionistas o lo que corresponda, aportan a través del FONASA, las llamadas cápitas.
Una de las metas de este SNIS fue el de la famosa complementariedad tan difundida y buscada y tan mínimamente alcanzada en algunos casos puntuales y cuando se logró siempre las prestaciones más valiosas fueron a favor del sector privado y las de menor valor en favor del sector público, eso siempre estuvo claro.
En el gobierno anterior hubo una Comisión Investigadora de ASSE que tuvo su capítulo vinculado a Soriano y que salpicó a gestiones de los Hospitales de Mercedes y Dolores, y que por chicanas legales, y cambio de fiscal y el "sueño eterno" de expediente terminó archivándose, pero las declaraciones de funcionarios de los propios centros de salud dejaron claramente en evidencia las incompatibilidades en que cayeron las autoridades de turno, utilizando determinando cargos en beneficio de empresas privadas que también integraban como socios o profesionales donde brindaban servicios.
A partir de ello es que quiero hacerles llegar mi preocupación por lo que se viene dando desde la existencia de clínicas que prestan servicios -voy a hablar de Mercedes específicamente que son los casos que conozco- y que al menos son tres con esa denominación, además de emergencia médica que hay una sola en la actualidad en la capital departamental y otras en la región.
Esas clínicas prestan diferentes servicios que son contratados por el Hospital Mercedes, y allí es donde hay mucho para investigar, por las eventuales incompatibilidades de quienes tienen a su cargo la autoridad como representantes de ASSE en la contratación de esos servicios que brindan privados, y la participación de algunas de esas mismas autoridades que son funcionarios públicos de ASSE y a la vez socios o profesionales parte del staff de las clínicas que se ven beneficiados empresarial o personalmente por decisiones que ellos mismos toman.

INCOMPATIBILIDADES
Los directores de hospitales son ordenadores de gastos secundarios por que tienen dependencia jerárquica de un ordenador de gasto primario (Director de ASSE) debiendo cumplir sólo 2 condiciones: ser el director del hospital y ser funcionario publico. Es una de las funciones que viene implícita con el cargo.
En ese sentido el art. 28 del TOCAF establece: Son ordenadores secundarios de gastos, los titulares de órganos sometidos a jerarquía, a quienes se asigne competencia para disponer gastos por una norma objetiva de Derecho.

A su vez el art. 46 del Tocaf señala:
Artículo 46

Están capacitados para contratar con el Estado las personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras, que teniendo el ejercicio de la capacidad jurídica que señala el derecho común, no estén comprendidas en alguna disposición que expresamente se lo impida o en los siguientes casos:
1) Ser funcionario de la Administración contratante o mantener un vínculo laboral de cualquier naturaleza con la misma, no siendo admisibles las ofertas presentadas por este a título personal, o por personas físicas o jurídicas que la persona integre o con las que esté vinculada por razones de representación, dirección, 
asesoramiento o dependencia. No obstante, en este último caso de dependencia podrá darse curso a las ofertas presentadas cuando no exista conflicto de intereses y la persona no tenga participación en el proceso de adquisición. De las circunstancias mencionadas, deberá dejarse constancia expresa en el expediente.
Sin perjuicio de lo establecido anteriormente, en el caso de la Administración de los Servicios de Salud del Estado, cuando se  trate de vínculo de dirección o dependencia, podrá darse curso a  las ofertas cuando las personas no tengan poder de decisión en el proceso de adquisición, de lo que deberá dejarse constancia expresa en el expediente mediante declaración jurada, sujeta a la pena dispuesta por el artículo 239 del Código Penal.
2) Estar suspendido o eliminado del Registro Único de Proveedores del Estado (RUPE).
3) No estar inscripto en el RUPE de acuerdo con lo que establezca la reglamentación.
4) Haber actuado como funcionario o mantenido algún vínculo laboral de cualquier naturaleza, asesor o consultor, en el asesoramiento o preparación de pliegos de bases y condiciones particulares u otros recaudos relacionados con la licitación o procedimiento de contratación administrativa de que se trate.
5) Carecer de habitualidad en el comercio o industria del ramo a que corresponde el contrato, salvo que por tratarse de empresas nuevas demuestren solvencia y responsabilidad.
Exceptúase del requisito de inscripción en el RUPE, a los proveedores extranjeros no domiciliados en el país, cuando contraten con Entes Autónomos y Servicios Descentralizados integrantes del dominio industrial, comercial y financiero del Estado, bajo cualquier modalidad, y refieran a bienes o servicios cuya fabricación o suministro sea exclusivo de quienes tengan privilegio para ello, o que sean poseídos por personas o entidades que tengan exclusividad para su venta, no existiendo sustituto conveniente". 

SIN EMBARGO SE CONTRATAN SERVICIOS VARIADOS SIN TENER EN CUENTA LAS DISPOSICIONES
A pesar de las disposiciones que he mencionado se contratan servicios a las clínicas y emergencia médica (en algún caso no habilitado para traslado) por parte del Hospital de Mercedes, en ocasiones se ha llegado a utilizar materiales o herramientas del propio hospital por parte de las propias clínicas con pacientes derivados de ASSE y que se les hace los estudios en las clínicas, siendo trasladados los materiales o herramientas en las propias ambulancias del hospital a las cl´´inicas y los cobran las clínicas, estudios que son enviados por facultativos que trabajan en ambos lugares.
Se envían estudios y análisis, a clínicas que no cuentan con laboratorios propios cosa que no parece de sentido común, porque en lugar de contratar directamente al laboratorio que realiza los análisis, contratan por ejemplo a una clínica local, que les cobra un valor equis que está sobredimensionado, esa clínica envía a hacer el análisis al laboratorio de CAMS que le hace precio y la clínica le gana la diferencia en ese pasa mano.
O se le cotiza el precio por parte de una clínica local, lo mandan a hacer aun laboratorio de Montevideo que les cobra más barato y la clínica aun así tiene su margen de ganancia, cuando el Hospital podría enviar directamente a un costo inferior a hacer ese análisis al laboratorio que lo realiza. En esa intermediación es que participan las clínicas con profesionales que trabajan en los dos lados, en el Hospital y en las clínicas.
Pero además las clínicas se eligen "a dedo", no todas son beneficiadas de igual manera, hay algunas que tienen familiares directamente vinculados en lugares claves desde donde se envían determinados estudios o análisis, además de tener profesionales que están en cargos de decisión y ser profesionales de las clínicas a la vez, todo un negocio en el que paga ASSE sobreprecios significativos, sin que nadie controle ello.

¿QUÉ PASA CON EL ROL DE CONTRALOR DEL MSP?
Este es un tema de vieja data y que también tiene sus incompatibilidades, porque por lo general quien se designa para ocupar la Dirección Departamental de Salud tiene alguna vinculación con el sector mutual y por lo tanto hace la vista gorda con todo lo que tiene que ver con la política de contralor que debe ejercer tanto al prestador de salud pública como a los prestadores de salud privada, nada de eso ocurre.
Cuando alguien le reclama a quien está a cargo dice que ese no es su rol y se equivoca, es precisamente su responsabilida controlar todo esto que está pasando, garantizar que se cumplan todas las normas y denunciar cualquier hecho de este tipo, pero una vez más en esta Administración como en las anteriores, el contralor del MSP ha vuelto a fallar y miran para el costado, porque son parte del sistema y pertenecen al mismo negocio por su dependencia laboral tanto de lo público como de lo privado y no pueden controlar al patrón.

Me podría seguir extendiendo pero por ahora lo voy dejando por acá, espero que alguien comience a tomar en serio esto, se empiecen a controlar las cosas y que ASSE (es decir lo público) deje de seguir siendo fuente de alimentación del negocio de privados que utilizan ello para su propio negocio ante la mirada cómplice de funcionarios públicos omisos por no decir otra palabra.

                                               Un ciudadano preocupado  

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COMENTARIOS
Enviado por: arrayan
Estimado/a: Su explicación es muy elocuente, pero se olvida que vivimos en un mundo capitalista que lo que vale es el resultado económico, la salud es un NEGOCIO y como tal ahora toca aumentar resultados y la concentración de lo generado, el estado ya fue como fuente de recursos y gendarme de los poderosos. No importan la salud de las personas. Esto se llama CAPITALISMO (y el sistema de instituciones votado por las mayorías ya va quedando caduco a la hora de recaudar y concentrar) en su máxima expresión y parece que han logrado por un tiempo engañar y transformar a las personas en solo eso un número que genera ganancias sin importar nada más. Dentro de este sistema no hay vuelta atrás.

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