En sede del Juzgado Letrado de Primera Instancia de Primer Turno, a cargo de su titular Dra. Ximena Menchaca, asistida por el receptor Alvaro González, se realizó audiencia solicitada por la Fiscalía Departamental de 2º Turno de Mercedes, representada por su titular Dra. Stella Alciaturi y la Fiscal Adscripta Dra. Pamela Molinari (foto central de ambas), con la presencia de los abogados defensores Dres. Javier Paz Gareta, Nelson Rosa Rodríguez, Pablo Vera Pacaluk, Daniel Benavidez Vespa de particular confianza y Maximiliano Pérez integrante de la Defensoría Pública, en la investigación que se le seguía a Ramón Torres, Agustina Antúnez, Romina Retamosa, Nicolás Applán, Sebastián Rodríguez Mateu, Daniel Curbelo, Francisco Ramírez, Kimberley Abilleira, Luis Vidal, Maicol Antúnez, Mauro Cardozo y Franco Sosa, tras operativo llevado a cabo por la Brigada Departamental Antidrogas de la Jefatura de Policía de Soriano con el apoyo de la Guardia Republicana que incluyó varios allanamientos y la detención de estas 12 personas, con @gesor como único medio presente en sala del Juzgado de Primer Turno, para poder brindarte todos estos detalles y que tengas información de primera mano.
LOS HECHOS QUE FISCALÍA LES IMPUTÓ A ESTA ORGANIZACIÓN Y EL ROL DE CADA UNO
La Fiscal de 2º Turno de Mercedes, Dra. Stella Alciaturi fue quien llevó la voz cantante a la hora de establecer los hechos que surgieron de la investigación llevada adelante por esta Fiscalía con la Brigada Departamental Antidrogas de Soriano a estas 12 personas, durante meses y el rol que cumplió cada uno de los detenidos para su posterior imputación como parte de la organización.
Habiéndose desarrollado una investigación desde el comienzo del año por parte de la Brigada Departamental Antidrogas y de esta Fiscalía actuando en la sede de Primer Turno como Juzgado de Garantías se pudo establecer que la persona de Ramón Daniel Torres Carbajal alias Cuco, de profesión mecánico, quien se domicilia en chacra en cercanías de Ruta 2 ubicada en el ejido de Mercedes estaría involucrado en la negociación de estupefacientes principalmente cocaína así como de su distribución en el departamento.
Se establece que el mismo estuvo en pareja con Romina Del Luján Retamosa Aguilera que se domicilia en Leandro Gómez 180 de la ciudad de Mercedes y previamente en Casagrande 927 y en Suárez en 289 con quien tiene dos hijos en común.
Actualmente Torres está en pareja con María Agustina Antunez Pujolar de 27 años y residen juntos en la chacra de Torres.
En relación a lo antes narrado, el 27 de enero de 2024 se había presentado en la Brigada Antidrogas a la hora 11.00 un testigo de identidad reservada identificado como R1 quien consultado por los motivos de su comparecencia expresó que quería denunciar una boca de venta de drogas ubicada en la calle Suárez 643 de Mercedes con baldosas grises, un garaje adelante sin vidrios, dijo que el responsable de esa boca de venta era Daniel Curbelo de unos 32 o 33 años, morocho, con barba, con un tatuaje en el brazo, que vivía allí solo.
Agregó que en ese lugar se veía llegar gente en moto y autos constantemente a buscar bolsitas blancas que casi siempre hay movimiento a la tarde y noche y expresó que quien le llevaba la droga Romina Retamosa que tenía unos 30 años, morocha de tez y de cabello rubio que iba en un auto azul chico y le dejaba varias bolsitas blancas.
Es así que se identifica a Curbelo como Sergio Daniel Curbelo Martínez. Asimismo de las comunicaciones recogidas a través del abonado de Romina Retamosa se pudieron identificar posibles consumidores a quienes suministraba, coordinando mensajes y llamadas las entregas conforme a la siguiente relación de abonados, que no voy a decir los números por protección a los mismos que surgieron el día 13/04/2024 y 14/05/2024. Asimismo se llegó a la información referente a los vehículos que estaban usando los objetivos identificados específicamente Ramón Torres Carbajal y se identificaron una camioneta BMW X1 matrícula KMC 8495, un auto Honda Civic matrícula KMA 6549, un Chevrolet Corsa JFB 5460, este además tuvo un accidente en el que dañó un auto estacionado y Torres se presentó a la Comisaría Tercera como propietario del automóvil y se negó a decir quién era el que conducía en el siniestro. Asimismo una Chevrolet Captiva matrícula KMC 6803, una moto Kawasaki R80 matrícula LAH la cual era conducida por Mauro Fabián Cardozo Haller, pero se le entregó después del evento el birodado a Torres como responsable, un Fiat Sedan matrícula SBG 9222, una Fiat Fiorino KDA 5027 que conducía Romina Retamosa, un Fiat Sedan SBG 9222, una Chevrolet Captiva matrícula AAN 3741 que actualmente está reempadronada como KMC 6803, que conducía un hermano de Torres, una Fiat Fiorino KDA 5027.
En relación a esos datos se empezaron a controlar los referidos vehículos y se avistó a la camioneta BMW color gris estacionada en la calle Aparicio y Saravia en la ciudad de Mercedes a la altura del comercio identificado como El Bolsón, lográndose visualizar a un masculino en moto que se detuvo hablando en el vehículo, apreciando que el conductor de la camioneta le da un objeto al ocupante de la moto y se retiran ambos inmediatamente por lo que se procede a realizar el control del birrodado identificando al conductor en este caso, yo lo voy a referir como testigo M1 a quien se le ocupa desde un morral, un envoltorio de nylon conteniendo sustancia blanca que dio positivo a cocaína, el mismo se negó a prestar declaraciones, a firmar el acta de incautación, simplemente dijo que había adquirido la sustancia de una persona Maicol, pagando 300 pesos.
A partir de eso se logra identificar al Maicol Andrés Antúnez Martínez respecto del cual surgen llamadas al servicio 0800 5000 el 6/12/2017 un usuario anónimo informa que en calle Diego Lamas 979 esquina Oribe, jurisdicción de la Tercera de Mercedes, vive Ramón Daniel Torres que vende estupefacientes incluso a menores de edad, mencionó que la venta es prácticamente todo el día y en las noches es más frecuentado el lugar y que como fachada tenía un taller mecánico.
En el mes de mayo de 2024 se recibió además un informe de una funcionaria policial dedicada al patrullaje de investigación de hurto, quien expresa que se presenta y pone en conocimiento información recabada mediante observación y datos proporcionados por informantes que pueden estar relacionados a personas que presuntamente están involucradas en la negociación de estupefacientes y a otras actividades vinculadas a ese ilícito. Expresa que la persona que se dedica a la negociación hace mucho tiempo, es Ramón Daniel Torres Carbajal que el mismo vivió en calle Alzola casi Yaguarón del barrio Esperanza, luego en una chacra ubicada sobre Ruta 2, antes de la radial pegado a local Barbecho, allí también tenía una de sus pantallas, que era un lavadero de autos y que desconocía su domicilio actual, asimismo expresó que realizaba trabajos como aparentemente en un taller mecánico. Expresó que el mismo tendría vínculos en la ciudad de Dolores y que realizaba varios viajes a la misma aparentemente para negociar sustancias, lo había visto en un Honda Civic color azul marino, matrícula KMA 6549, en una camioneta Renault Oroch color rojo KMC 6519 y que sabía que actualmente la pareja de Torres era María Agustina Antúnez Pujolar a quien también había visto en el Honda Civic.
De las intervenciones realizadas mediante el sistema El Guardián se tomó conocimiento de que otra persona cercana a Torres era Nicolás Applán Mernies, con quien coordina distintos encuentros teniendo Applán acceso libre a la chacra de Torres, incluso en momentos en que el mismo no estaba presente. Asimismo se identificaron consumidores a quienes se suministra sustancia varias personas que surgen en realidad de las escuchas identificadas con datos filiatorios que obviamente no voy a poner de manifiesto en esta audiencia para su protección.
Respecto a Nicolás Applán personal de la Brigada ya había recabado anteriormente una declaración voluntaria en un procedimiento anterior realizado en el año 2023, referente al señor Carro que se encuentra recluido, donde el testigo de identidad reservada A1, consultado manifiesta que quiere denunciar una venta de cocaína ubicada en la localidad de Palmitas, en la esquina donde hay una pizzería de nombre Infinito que es fachada porque no venden pizza, solo alcohol y merca el dueño del negocio es Nicolás Applán que es alto, calvo, de barba, con brackets, casi siempre anda de boina es de piel blanca, entre 30 y 40 años. Expresó que se desplazaba en un Chevrolet Classic color gris KMA pero no sabía el número, que era de Mercedes, que era o había sido chofer de ambulancia y que tenía otra persona del sexo masculino que lo ayudaba en el local a la cual desconocía.
De la intervención del abonado Maicol Antúnez surgen distintas llamadas y mensajes como consumidores que le compran cocaína, algunos solo coordinándole a su domicilio otros agregan la cantidad que quieren, referenciando como 500, una cuarta, una, dejándose constancia que el precio general que manejaban es de 500 pesos el gramo de cocaína.
Varios de los consumidores también fueron identificados. Con el fin de corroborar la negociación que estaba realizando Antúnez se montó vigilancia en su domicilio y el día 29 de agosto se ve al mismo ingresar el vehículo camioneta Fiat Strada de color rojo, matrícula KDA 9847 realizando el seguimiento, y se logra apreciar un intercambio con un masculino que circulaba pie a tierra por lo que luego de dicha maniobra se realiza el control de la otra persona a la que se le incauta un envoltorio de color negro, conteniendo sustancia blanca, se lo identificó como identidad reservada M2 y manifiesta que había coordinado vía WhatsApp la compra reuniéndose con el vendedor que le da la dosis que es una camioneta Fiat Strada roja por lo que paga 500 pesos y que cuando se iba lo controló la Policía.
Expresó que hacía unos meses que compraba, que siempre coordinaba previamente por teléfono y recibía la entrega de esa camioneta, agrega que también algunas veces se desplazaban en una camioneta BMW. Se le pidió que lo describa físicamente al vendedor expresando que era alto morocho, de pelo corto, de unos 28 años de edad, que vivía en el barrio Artigas.
De la vigilancia de Agustina Antúnez surge que el día 22 de abril de 2024 una conversación mediante SMS con el abonado con determinado número en donde el interlocutor le pide a ella que le avise a aquel que pasó el puente y está llegando a Zárate. Agustina le pregunta en que vehículo va para avisar, el interlocutor le dice que va en una Surán negra, respondió junto a la femenina que agarre wifi en la estación YPF y que se comunique con el Loco que va en un Oroch, agrega que él ya sale para allá.
También fue identificado Cardoso Haller domiciliado en Pedro Hors 1064 respecto del cual existían varias denuncias, un llamado al 911 del 6/6/23 que expresa que en la calle Pedro Hors 1064 esquina Lavalleja hay una boca de venta de drogas, denuncian asimismo con fecha 6/6/2023 una comercialización de drogas por parte de la persona Mauro Cardozo de 37 años informando el usuario que aquel vivía con su madre anciana en el domicilio y que estaba vendiendo drogas por las noches por lo que la señora estaba cansada de esa situación. Hay otra denuncia al 0800 2121 de fecha 21/2/24 donde consta que una femenina denuncia comercialización de drogas en la esquina de Pedro Hors y Zapicán de Mercedes por alguien llamado Mauro, que su mujer es morochita, detallando la usuaria que existe venta de drogas en la dirección anteriormente mencionada y que en el fondo hay plantas de marihuana por lo que se siente un olor fuerte. Denuncia realizada 23/02/2024 ampliando la anterior, el usuario manifiesta que el responsable de la venta ahora era otro masculino de unos 20 años de edad de 1,65 m de altura que comenzaba la venta después del día.
Se estableció asimismo vigilancia en la zona del domicilio de Cardozo logrando el control de testigos consumidores el 27 de mayo de 2024 del testigo C1 que concurrió al domicilio de Cardoso incautándosele a la salida un envoltorio en nylon conteniendo sustancia blanca simil cocaína se le invitó a concurrir a la dependencia policial donde expresó que había comprado en la boca del Palomo en calle Pedro Hors entre Lavalleja y Zapicán, describiendo la finca como una casa de color celeste que tiene cerco de madera por fuera, que dice que hacía unos meses que iba y que compraba a 500 pesos el gramo de cocaína siempre envuelta en nylon, agrega que el Palomo se llama Mauro que es petiso, de pelo medio enrulado, con color castaño claro, rapado en los costados, con un tatuaje en los brazos, que se desplazaba en un auto Chevrolet Onix color oscuro o una moto 125, agrega que la sustancia que vendía el Palomo se la da un masculino de nombre Ramón, dice además que la sustancia la traen desde el taller de Ramón, que se llama Taller Cuco, que se ubica en las afueras de la ciudad por Ruta 2 a la entrada de los silos frente al remate.
El 27/5 se controló al testigo C2 a quien se le vio concurrir al domicilio de Cardoso se le incautó una envoltorio de nylon conteniendo sustancia blanca simil cocaína, prestó declaraciones expresó que lo compró en la boca del Palomo pagando 400 pesos, que tiene un cerco de madera por fuera y que ha concurrido varias veces siempre lo ha atendido el Palomo y le vende la cocaína envuelta en nylon transparente o en nylon verde. Que el Palomo se llama Mauro, es petiso, de pelo medio enrulado, color castaño, rapado en los costados y con tatuajes en las piernas y en los brazos. Que tiene un vehículo de color oscuro pero no sabe la marca.
El 29/5 se controla a C3 que se le incautan envoltorio de nylon que contiene sustancia blanca, positivo a cocaína y expresó que se lo había comprado a Palomo pagando por ese envoltorio $ 800, en una boca situada en Pedro Hors antes de llegar a Zapicán. Expresa también que es gordito, petiso, de pelo corto, de unos 30 años.
De la intervención del abonado Mauro Cardozo surgen diálogos con varios consumidores, se detecta tambien durante vigilancia electrónica dos personas vinculadas a la negociación, brindando asistencia.
Por un lado Luis Fernando Vidal Tourn que es consumidor de cocaína, tiene como proveedora Cardozo y además facilita continuamente un vehículo propiedad de su progenitora a los efectos que se realicen los traslados de sustancia en la modalidad de delivery.
Por otro lado William Sosa Rivas de 29 años domiciliado en Galarza 563, quien claramente le rinde cuentas de las ventas a Cardozo y éste la habilitación vía llamada para cómo, y dónde reabastecerse de la sustancia si se queda sin ella.
Se procede a realizar seguimiento periódico del objetivo Mauro Cardozo con el fin de vincular vehículos y lugares relevantes, el 19/7 se aprecia en un auto marca Hyundai HB20 de color gris KMC 5540, estacionado en la finca de Pedro Hors 1064, de Mauro Cardozo, en dicho vehículo en varias oportunidades se lo puede apreciar como conductor, se lo observó llegar varias veces a la finca ubicada en Galarza 563 donde domicilio de Franco Sosa, donde relizan los intercambios.
Efectuando tareas de vigilancia el 27/8 y 29/8, se ubica en la chacra de Ramón Torres, la camioneta Volkswagen modelo Saveiro, color blanco RAS 184 la cual se distingue porque presenta un ploteado color azul en la puerta derecha y este vehículo es ubicado posteriormente fuera del domicilio de Cardozo el 2/9 y 3/9.
El 29/8 se tramitó nuevo pedido de El Guardián con intervención del abonado Franco Sosa Rivas de la que surgen varias conversaciones entre ellas con el interlocutor Luis Fernando Vidal Tourn, abogado, quien molesto, en varios SMS habla del cobro de dinero que le deben, "no voy a gastar más plata y no tener droga porque me agarraron de boludo, me llevo mil y una piedra y he vendido una", más hace unos días otro interlocutor que no es ninguno de los imputados también les dice que va a pasar por la Milanga. Cinco interlocutores más del mismo estilo cuya identidad se reserva porque no forma parte del grupo que se encuentra presente.
De acuerdo a esto se establece vigilancia en el domicilio de Franco Sosa, constatando que el movimiento propio de negociación de estupefacientes comienza y se intensifica arriba de un auto Hyundai de color gris, matrícula KMC 5540, en el que se desplaza Mauro Carboso. Se realizan controles de la persona que fue identificada como S1.
Denuncia una boca que hay por Galarza pasando Ansina, una casa de color amarillo, siendo su responsable un gurí de unas 25 años, de apellido Sosa, que es el que vende. De altura media, morocho, de pelo crespo, que camina medio rápido, anda en una moto color azul con negro, modificada, que ahora está solo, pero antes vivía con su mujer. Afirma que es impresionante la cantidad de gente que va, entra, sale, enseguida, seguro, que además de los que le llevan la droga, van en vehículos, tocan bocina, sale Sosa hace el intercambio y entra a la casa.
Y que vio llegar una camioneta gris o un auto del mismo color, con matrícula 5044.
El 4 de setiembre del 2024, a las 22.50, es controlado en la vía pública el testigo identificado como S2, quien coordinó la compra de una dosis de sustancia, procediendo a la comisión a controlarlo al retirarse del domicilio de Sosa, pero no llevaba la dosis, pero en la declaración voluntaria manifiesta que momentos antes concurrió a la casa de Franco, una casa amarilla en Galarza pasando Ansina con el fin de comprar cocaína, pero que no había. Agrega que le había comprado un par de veces a 500 pesos una dosis preparada en una bolsa de nylon.
Dice que Franco es de estatura media, jetón, y que las pocas veces que ha ido no ha tenido. El 7/9/2024, hora 21.45, es controlado el testigo S3, avistado llegando a pie a la finca de Sosa, donde ingresa, se retira inmediatamente tomando por calle Galarza, y luego Blanes Viale es interceptado por la comisión policial, lo cual se efectúa registro personal, ocupando un recipiente de plástico que contiene un envoltorio de nylon con sustancia blanca, positivo a cocaína. Acto seguido se invita a concurrir a la policía y se niega a declarar.
Se continuaron recogiendo llamadas y mensajes desde la intervención de Romina Retamosa, donde se detectaron varias personas que son consumidores, que se describen en el informe con nombres y que no se van a proporcionar en esta audiencia, pero a los que tuvo acceso la defensa. Asimismo, se recoge una llamada del 3/8/24 a las 19.16 con Sergio Daniel Curbelo Martínez, donde él le dice que tiene unos clientes esperando si puede ir por la casa, y le aclara que le tiene que traer 2.000 pesos. Romina intenta cortar la conversación y él dice, vos me podés traer una bolsa de 5, donde ella le contesta molesta, "ah no seas tan específico, ya voy para allá".
Lo que corroboran los dichos del testigo R1 cuando expresó que Romina Retamosa proveía a Curbelo. Se establece cuáles son los vehículos en los que se desplaza Romina Retamosa y alguna posible comunicación o coordinación con sus compradores.
El 29 de agosto, Retamosa llega en el auto Volkswagen UP, color azul, matrícula KMC 8133, a la chacra de Ramón Torres, donde se aprecia que realizan un intercambio observando que Ramón Torres saca algo de su bolsillo, un paquete, y se lo entrega en la mano.
A cambio, Retamosa le entrega varias células de dinero que Torres cuenta en el lugar y los guarda en el bolsillo. Posteriormente, Retamosa se retira. Se registró mediante registro fílmico.
El 3/9/2024, en momentos en que se realizaba la vigilancia, aproximadamente a la hora de 21.54, se observó a Retamosa estacionada en el vehículo Volkswagen KMC 8133 afuera del supermercado Alto Sur, por calle Rivas, esquina 28 de febrero, apreciándose que realiza un intercambio con un masculino en moto, por lo que, una vez que ambos continúan la marcha, se intercepta al birrodado y se le realiza control de rutina pidiéndole que exhiba documentación que lo identifique. Asimismo, en el control, se observa que lleva un envoltorio en nylon negro y film conteniendo sustancia blanca positiva a cocaína. Se realiza la incautación en el lugar y se le permite retirar.
El 5 de setiembre de 2024, a la hora de 21.18, se recoge un mensaje que le envía un abogado, a Romina, que se identifica, y le dice "podés venir a la Manzana 20, avisame". Ella contesta "voy", por lo que se establece vigilancia en la zona de Manzana 20 y, próximo a la hora de 21.45, llega el auto Volkswagen azul, conducido por Romina Retamosa, por calle Detomasi al Oiste, para a mitad de cuadra, entre Cassinoni y 19 de Abril, enciende balizas, se acerca un masculino pie a tierra que realiza un intercambio por la ventanilla del vehículo. Ambos retoman la marcha y la dotación policial realiza el control detectivo que es identificado como R3 y se le ocupa desde el interior de sus prendas de vestir un envoltorio de nylon color negro conteniendo sustancia en polvo color blanco positiva a cocaína.
Se lo indaga bajo acta de manera voluntaria y el mismo no aporta datos y se niega a dar a conocer la procedencia no obstante lo cual se tenía anteriormente la comunicación. Se hace constar que todo fue documentado por un registro fílmico generándose las carpetas fotográficas.
Ya continuando con la investigación y ya se tenía una noción más amplia de lo que era la organización y sus conexiones, se procede a realizar vigilancia sobre la chacra de Torres a quien se le considera líder de la organización ubicándose la chacra, las coordenadas de la misma donde reside con María Agustina Antúnez y se aprecia más en esto que se ubica un taller mecánico y chapa y pintura de nombre Cuco.
Se ubicaron en el lugar los vehículos Chevrolet Corsa, Honda Civic, Peugeot 208 utilizado por Francisco Alejandro Ramírez Villanueva que se apoda El Delfín y se vio a Ramírez conducir el vehículo JFB 5460.
El 26 de agosto de 2024 cuando se efectuaba la recorrida se observa el automóvil JFB 5460 conducido por Torres en la puerta del domicilio de Ramírez. El 4 de noviembre de 2024 se efectúa seguimiento al vehículo de matricula JFB 5460 conducido por Sebastián Rodríguez Mateu que se dirige desde la chacra de Torres a la ciudad de Mercedes, regresando momentos después y cuando mismo llega le entrega desde su bolsillo a uno de los trabajadores del taller de Torres lo que aparenta ser una sustancia blanca apreciándose que inmediatamente el trabajador se lo lleva a su nariz con un gesto particular de inhalar cocaína todo esto en presencia de Nicolás Applán Mernies.
El 5/9 se observa llegar a Applán en la camioneta KAL 2085 a la chacra de Torres y salen juntos en otra camioneta Nissan modelo Frontier color gris matricula LNA 2502 en la cual ya anteriormente había utilizado Cardozo.
El 6/9/2024 llega la camioneta KAL 2085 conducida por Applán y también Agustina Antúnez se retira de la chacra conduciendo el automóvil KMA 6549 seguida de la camioneta Nissan Frontier 4x2 matricula SBL 2742 conducida por Torres.
A continuación, Maicol Antúnez se retira de la chacra de Torres conduciendo la Fiat Strada color rojo y todos se dirigen hacia la ciudad de Mercedes.
De acuerdo a los registros que surgen de la Dirección General de Registro, se pudieron identificar una serie de vehículos, todos los que fueron incautados en el día de hoy, y otros ya no están en poder de los objetivos.
Lo que sí se observa es que en al menos tres oportunidades Torres adquiere vehículos que inmediatamente vende por cifras notoriamente inferiores de lo que pagó.
Varios de los otros integrantes del grupo también hacen pagos de cifras muy altas de deudas de patentes de estos vehículos. Algunos todavía conservan deudas de patentes.
De las interceptaciones surge que el 11 de setiembre se comunican Applán y Torres a efectos de concertar un viaje a la República Argentina con la finalidad claramente de adquirir sustancias porque Torres expresa que no puede esperar un día más sin tener eso.
Es así que se dirigen Torres y Agustina Antúnez a la República Argentina en la camioneta Nissan Frontier llevando esta consigo a sus dos bebés. Una vez realizado el ingreso al país, Agustina Antúnez se traslada en el automóvil Chevrolet Corsa hacia la ciudad de Mercedes y Applán en una camioneta de alquiler. Todos van a la chacra de Torres.
Retornan al país en horas de la noche y al realizarse allanamiento a las primeras horas del día 12 se ubican varios kilos de sustancia estupefaciente tanto en el domicilio de Torres como en el automóvil que llegó a la chacra conducido por Agustina Antúnez luego de que habían retornado de la República Argentina donde los ladrillos y otros envoltorios de sustancia se encontraban ocultos junto con una balanza de precisión y un teléfono celular debajo del tablero del vehículo. En el domicilio de Torres donde además se encontraban Agustina Antúnez, Sebastián Rodríguez, Nicolás Applán y el propio Torres fueron hallados tres ladrillos de un kilogramo de cocaína, un envoltorio de 368 gramos de cocaína, otro de 54 gramos, otro de 7 gramos y otro de 1 gramo, 142 gramos de sustancia vegetal que arrojó resultados positivos en marihuana, dos balazas de precisión ocultas en el cielorraso, seis teléfonos celulares, una escopeta calibre 20, una pistola Glock 17 milímetros, un revolver calibre 38, 14 municiones calibre 12, proyectil calibre 20. 15 proyectiles calibre 9 milímetros, una canana interna, un par de esposas, una caja con 45 cartuchos calibre 22 LR, una mira, varios automóviles y motocicletas, destacamos el automóvil Chevrolet Corsa matrícula JFB 5460 donde se incautaron la sustancia y los efectos que se describieron anteriormente. Asimismo existía un automóvil marca Audi que no estaba en funcionamiento en el que se ubicaron tres cartuchos calibre 308.
En el allanamiento efectuada en la finca propiedad de Romina Retamosa se encontraron varios envoltorios de sustancia en polvo color blanca de diferentes pesos, uno de 53 gramos, uno de 5-8 gramos, otro de 1 gramo, todos estos arrojaron resultados positivos a cocaína, en algunas de sus formas y también los envoltorios de nylon cuadraditos negro utilizado para preparar las dosis, dinero ubicado en varios lugares.
En el domicilio de Maicol Antúnez y Kimberly Abilleira se incautaron una balanza de precisión, 11 envoltorios de diferentes pesos conteniendo en sustancia blanca con un total de 22,8 gramos, sustancia vegetal con un peso de 0,5 gramos en un envoltorio, sustancia blanca en otro envoltorio de nylon de 279 gramos, todas estas sustancias blancas arrojaron resultados positivos a cocaína, un rifle calibre 22 con mira telescopica, 55 cartuchos calibre 22, dinero, monedas y billetes de baja denominación, una mira con visor nocturno, un handy que capta frecuencia policial, 3 motocicletas con sus signos de identificación limados, la camioneta Fiat Strada y la BMW X1.
En la Applán se incautó dinero, proyectiles de arma de fuego, el dinero son 370 mil pesos argentinos, sustancia vegetal, en tanto que en el bolsillo de su pantalón se incautó un envoltorio conteniendo sustancia en polvo blanca con un peso de 5,8 gramos que arrojó como resultado positivo a cocaína en alguna de sus formas y 4 pastillas que puede tratarse de éxtasis pero no se cuenta con los reactivos en el departamento para establecerlo en primer término.
En la finca de Curbelo se incautó una escopeta calibre 28 con culata de madera y un proyectil.
En la finca de Ramírez conocido como El Delfin se incautaron varios cartuchos de diversos calibres, una pistola de 9 milímetros, dos cargadores para 17 cartuchos cada uno, 34 cartuchos de calibre 9 milímetros.
Y en la de Franco Sosa una escopeta.
En la finca de Cardozo Haller se incautó una balanza de precisión, una pistola calibre 22, un cargador, 30 cartuchos de calibre 22 largos, 14 cartuchos de calibre 22 cortos y algunos cartuchos de escopeta, una vaina y dos cargadores de pistola de 9 milímetros, así como dinero en efectivo.
ALGUNAS INTERROGANTES QUE QUEDAN
Cabe destacar la tarea de la Fiscalía de 2º Turno el equipo completo encabezado por la Dra. Stella Alciaturi y la labor de la Brigada Departamental Antidrogas de Soriano que el detalle que ofrecemos permite valorar el trabajo arduo en el seguimiento de las diferentes acciones de la organización para poder tener éxito en el resultado final.
Quedan algunos aspectos que en los próximos días dialogaremos con la propia fiscal y otros que habrá que ver si se profundizan.
A medida que la audiencia avanzaba y se daban a conocer las penas -que si bien eran conocidas individualmente por ser furto de acuerdos por proceso abreviado- el hecho que sea la Jueza como representante de la Justicia quien establezca la palabra "condena" y allí oficialice el tiempo tras las rejas, empieza a hacer "caer la ficha" y notamos cierto nerviosismo generalizado en el grupo y ello al parecer era porque aceptan sus responsabilidades, pero dejaron entrever y colgado en el aire algo así, "aquí falta uno de los principales, ese todavía está libre", ¿es que todavía quedan pendientes algunas detenciones? ¿Los investigadores tienen esa otra parte que los condenados que estaban a su lado les estaban haciendo sentir?
Y lo otro, como ha ocurrido en otras investigaciones, entre las personas condenadas hay gente que es familiar, tiene vinculaciones o ha tenido relaciones en algunas ocasiones, con funcionarios policiales, ¿nadie sabía nada de toda esa organización que lleva un tiempo funcionando?
¿Cómo se hicieron de esas armas? ¿Algunas tienen que ver con la Policía? ¿Qué pasa con equipo de radio que escucha la frecuencia policial hallado en finca de un familiar vinculado a la Policía?
¿Por qué actuó la Guardia Repúblicana y no el GRT al punto tal que el propio Jefe de Zona Territorial 4 encargado del GRT no tenía conocimiento del operativo?
RECORDAMOS LOS 12 CONDENADOS
Dra. Ximena Menchaca dictó sentencia expresando en la parte medular de su fallo condenando a:
- Ramón Daniel Torres Carbajal como autor penalmente responsable de un delito de asociación para delinquir especialmente agravado, en concurrencia fuera de la reiteración con un delito continuado previsto en el art. 31 del Decreto Ley 14.294 en las modalidades de importación y negociación de sustancias estupefacientes agravado, un delito de lavado de activos en la modalidad de posesión y transferencia, un delito de tráfico interno de armas y municiones todos en régimen de reiteración real, a la pena de 4 años y 3 meses de penitenciaría de cumplimiento efectivo.
- María Agustina Antúnez Pujolar como autora penalmente responsable de un delito de asistencia a los agentes de la actividad delictiva del narcotráfico, a la pena de 2 años de penitenciaría de cumplimiento efectivo. Atento a que la imputada es madre de dos gemelas prematuras de un mes de edad es que conforme a lo dispuesto por los arts. 304 y 228 del Código del Procedimiento Penal se sustituye el primer año de condena por prisión domiciliaria total monitoreada con dispositivo de monitoreo electrónico, debiendo expedirse un facultativo idóneo respecto a la posibilidad de cumplir el año siguiente en prisión.
- Mauro Fabián Cardozo Haller como autor penalmente responsable de un delito de asociación para delinquir especialmente agravado, en concurrencia fuera de la reiteración con un delito previsto en el art. 34 del Decreto Ley 14.294, esto es, un delito continuado de suministro de sustancias estupefacientes prohibidas conforme lo establecen los artísculos 56, 58 del Código Penal y un delito de tráfico interno de armas, a la pena de 3 años de penitenciaría de cumplimiento efectivo.
- Nicolás Applán Mernies como autor penalmente responsable de un delito de asociación para delinquir especialmente agravado, en concurrencia fuera de la reiteración con un delito previsto en el art. 34 del Decreto Ley 14.294, esto es, un delito continuado de suministro de sustancias estupefacientes prohibidas, a la pena de 3 años de penitenciaría de cumplimiento efectivo.
- Francisco Alejandro Ramírez Villanueva como autor penalmente responsable de un delito de asociación para delinquir especialmente agravado, en concurrencia fuera de la reiteración con un delito previsto en el art. 34 del Decreto Ley 14.294, esto es, un delito continuado de suministro de sustancias estupefacientes prohibidas y un delito de tráfico interno de armas, a la pena de 3 años de penitenciaría de cumplimiento efectivo.
- Romina del Luján Retamosa Aguilera como autora penalmente responsable de un delito de asociación para delinquir especialmente agravado, en concurrencia fuera de la reiteración con un delito previsto en el art. 34 del Decreto Ley 14.294, esto es, un delito continuado de suministro de sustancias estupefacientes prohibidas, a la pena de 3 años de penitenciaría de cumplimiento efectivo.
- Luis Fernando Vidal Tourn como autor penalmente responsable de un delito de asistencia a los agentes de la actividad delictiva del narcotráfico, a la pena de 2 años de penitenciaría de cumplimiento efectivo.
- Maicol Andrés Antúnez Martínez como autor penalmente responsable de un delito de asociación para delinquir especialmente agravado, en concurrencia fuera de la reiteración con un delito continuado previsto en el art. 31 del Decreto Ley 14.294 en la modalidad de negociación de sustancias en reiteración real con un delito de tráfico interno de armas y municiones, y un delito previsto en el art. 141 de la Ley 17.296 es decir, porte de armas por reincidente, a la pena de 3 años y 8 meses de penitenciaría de cumplimiento efectivo.
- Kimberly Paola Abilleira Benedetti como autora penalmente responsable de un delito de asistencia a los agentes de la actividad delictiva del narcotráfico, a la pena de 2 años de penitenciaría de cumplimiento efectivo.
- Franco William Sosa Rivas como autor penalmente responsable de un delito de asociación para delinquir especialmente agravado, en concurrencia fuera de la reiteración con un delito previsto en el art. 34 del Decreto Ley 14.294, esto es, un delito continuado de suministro de sustancias estupefacientes prohibidas y un delito de tenencia no autorizada de armas de fuego, a la pena de 3 años de penitenciaría de cumplimiento efectivo.
- Sergio Daniel Curbelo Martínez como autor penalmente responsable de un delito de asistencia a los agentes de la actividad delictiva del narcotráfico, y un delito de tenencia no autorizada de armas de fuego, a la pena de 2 años de penitenciaría de cumplimiento efectivo.
- Sebastián Rodríguez Mateu como autor penalmente responsable de un delito de encubrimiento, a la pena de 12 meses de prisión, que se cumplirán de la siguiente manera: los primeros 6 meses de prisión efectiva, y los restantes 6 meses a cumplir en régimen de libertad a prueba, sujeto a las condiciones que imponen los numerales 1 a 4 del artículos 295 bis del CPP. Se acordó que las tareas comunitarias se cumplirán en los dos primeros meses, en régimen de 6 horas semanales.
LAS RELACIONES
Cabe señalar que actualmente el líder de la organización, Ramón Torres, es pareja de María Agustina Antúnez, y anteriormente Torres había sido pareja de Romina del Luján Retamosa Aguilera. A su vez Maicol Antúnez Martínez es pareja de Kimberley Abilleira. Mientras que la mayoría de los masculinos tienen un relacionamiento de tiempo atrás que fortaleció con ser parte de este negocio que les venía dando un buen pasar en líneas generales en especial a algunos de ellos.Una aclaración que si bien en sala se menciona y queda como una referencia a Luis Fernando Vida Tourn como abogado en dos veces que se hace mención a él, en realidad verificamos en el Poder Judicial y no es abogado, sí lo conocemos como historiador, docente, que ha escrito libro y dicta charlas y conferencias sobre el pasado reciente. Es hijo del recordado Crio. May. Luis Vidal quien fuera Director de Policía Técnica en Sriano, y que tuviera destacada carrera a nivel nacional e internacional en misiones al exterior, que lamentablemente le toca sufrir este sinsabor.