En sede del Juzgado Letrado de Primera Instancias de Primer Turno de Mercedes, a cargo de su titular Jueza Dra. Ximena Menchaca (foto), asistida por la receptora Natalia Turuani, se realizó audiencia solicitada por la Fiscalía Departamental de Primer Turno, a cargo de Fiscal Dra. Loreley Escobar trabajando en equipo con la Fiscal Adscripta Dra. Verónica García, en el marco de la investigación que llevaba a cabo en conjunto con la Brigada Departamental Antidrogas de la Jefatura de Policia de Soriano, relacionada con la lucha al microtráfico de estupefacientes y a operativo llevado a cabo incluyendo allanamientos en Cardona y Florencio Sánchez, determinaron la detención de dos masculinos y una femenina.
Precisamente en la audiencia se solicitó la formalización de la investigación que se seguía Verónica Noelia Páez Guanco, Eduardo Fabián Fierro Martínez y Robert Sebastián Denis Andino, por reiterados delitos de suministro de estupefacientes a los dos primeros y asistencia a la dicha actividad delictiva al tercero, siendo asistidos por la integrante de la Defensoría Pública, Dra. María Alejandra Grisi.
Abierta la audiencia por parte de la Dra. Menchaca, tras la presentación de las partes, otorgó la palabra a la Fiscalía para que la Dra. Escobar diera a conocer los hechos, señalando que Páez y Fierro suministraron marihuana y cocaína en varias oportunidades a título oneroso a personas consumidoras de estupefacientes y Denis colaboró con la actividad delictiva.
Páez y Fierro en las inmediaciones de su domicilio y en el de Denis entregaron droga a otras personas, acordando con ellos diversas sumas de dinero, según la cantidad que les proporcionaban.
Denis en varias ocasiones brindó acceso a su domicilio para que preparan los envoltorios que luego entregarían Páez y Fierro a los consumidores.
En allanamiento efectuado en domicilio de Páez, donde se detuvo a Páez y Fierro, se encontró sustancia simil a marihuana con pesaje de 48 gramos, dos envoltorios conteniendo sustancia blanca en polvo con un pesaje total de 10.8 gramos, una balanza de precisión, así como la suma total de $ 5.235 y $ 450 que tenía Fierro entre sus pertenencias.
En allanamiento realizado en la casa de Fierro se encontró sustancial vegetal simil marihuana con un pesaje de 1.3 gramos.
Del control de consumidores se encontró envoltorios conteniendo sustancia blanca en polvo, así como marihuana, que fueron entregados por los imputados Fierro y Páez a cambio de dinero. Realizados los reactivos de campo a las sustancias resultaron positivos a cocaína y marihuana.
Se cuenta además con la declaración de testigos de identidad reservada, entre otras evidencias.
La Fiscalía considera que la conducta desplegada por Páez Guanco y Fierro Martínez se encuadra en reiterados delitos de estupefacientes todos en reiteración real , mientras que la de Denis Andino como asistencia a la actividad ilícita, solicitando se formalizara la investigación bajo esas imputaciones.
La Defensa a cargo de la Dra. Grisi, no se opuso a la formalización considerando que se tuvo acceso a la carpeta investigativa y que a su vez se había llegado a un acuerdo para transitar el proceso abreviado en forma conjunta con sus defendidos y la Fiscalía.
Por ello la Dra. Menchaca procedió a formalizar la investigación con las mencionadas imputaciones.
Seguidamente volvió al uso de la palabra la Fiscal Dra. Escobar, quien informó que se había arribado a un acuerdo con la Defensa y los imputados en forma libre y voluntaria, para transitar el proceso abreviado, por lo que pasó a deducir acusación.
En ese sentido solicitó a la Jueza se condenara a Verónica Noelia Páez Guanco y Eduardo Fabián Fierro Martínez como autores penalmente responsables de reiterados delitos de suministro de estupefacientes, todos en reiteración real, a la pena de 4 años de penitenciaría y 3 años y 3 meses de penitenciaría respectivamente y a Robert Sebastián Denis Andino como autor penalmente responsable de un delito de asistencia a la actividad ilícita a la pena de 2 años de penitenciaría.
La Defensa por parte de la Dra. Grisi dijo haber dialogado con sus defendidos, sobre el significado del proceso abreviado, la posibilidad de ir a juicio oral, tras informar los derechos y beneficios de cada uno, los imputados optaron en forma libre y voluntaria por el proceso abreviado, lo que también fue refrendado por los propios involucrados.
Revisado por la Dra. Menchaca que se cumplieran los requisitos que exige la ley para poder dar curso a un proceso abreviado, procedió a dictar sentencia, dando lectura al fallo que establece en su parte medular:
"Condénase a Verónica Noelia Páez Guanco y Eduardo Fabián Fierro Martínez como autores penalmente responsables de reiterados delitos de suministro de estupefacientes todo en régimen de reiteración real a la pena de 4 años de penitenciaría, y 3 años 3 meses de penitenciaría respectivamente de cumplimiento efectivo.
Condénase a Robert Sebastián Denis Andino como autor penalmente responsable de un delito de asistencia a la actividad delictiva a la pena de 2 años de penitenciaría de cumplimiento efectivo".