Ramón Ruiz, director del BPS en representación de los trabajadores expresó su preocupación por los cambios implementados en la Reforma de la seguridad social y su impacto en trabajadores y jubilados. Ruiz en diálogo con @gesor comentó que sigue faltando información al respecto "hay un gran desconocimiento sobre el contenido de la ley 20.130, la ley que reformó el régimen jubilatorio el año pasado. La noticia más mediática que hubo en ese momento fue que nos aumentaron la edad a todos los trabajadores de 60 a 65 años. Pero la ley tiene 300 artículos aproximadamente y hubo 6 o 7 decretos reglamentarios que en total reúnen más de 200 artículos. Imagínense que no es solamente un aspecto que se modificó con este cambio normativo, sino que hay muchas medidas que se están tomando que la gente no tiene conocimiento, no tiene información. Y la gente tiene derecho a saber, a entender". Acotando "por eso la representación de los trabajadores está recorriendo el país informando sobre el contenido de la ley".
Quiénes están obligados a afiliarse a una AFAP
Más adelante Ramón Ruiz puso como ejemplo la situación de "las personas que estaban en el mercado de trabajo. Cuando estaba la ley anterior vigente. O sea, todos aquellos que estaban trabajando antes del primero de diciembre del 2023 no están obligados a estar afiliados a una AFAP si no ganan más de $ 85.000. Los promotores de algunas AFAP, están diciéndole a esos trabajadores que ahora la nueva ley los obliga a estar afiliados. Y esos trabajadores que ya venían trabajando antes del primero de diciembre del 2023 no están obligados porque están comprendidos en la ley anterior. ¿Quiénes están obligados? Los trabajadores que se integraron al mercado de trabajo, que comenzaron a aportar por primera vez a partir del primero de diciembre. Esos sí están obligados a estar afiliados a una AFAP, ganen lo que ganen. Aclaro esto porque hace algunas semanas, recibimos una denuncia de un trabajador que fue engañado por un promotor. Hizo la denuncia. La presentamos en el BPS, y el BPS declara que no tiene competencias para poder tramitar esa denuncia. Y no se puede desafiliar. Ahora estamos tratando, porque como es un trabajador que estaba comprendido en la ley anterior, le corresponde aplicar las leyes que estaban antes de esta reforma. Y seguramente es el Banco Central del Uruguay, donde está la superintendencia que controla las AFAP, la que tiene que pronunciarse sobre este asunto. El presidente del BPS dice que es el Ministerio de Trabajo. Nosotros entendemos que es el Banco Central del Uruguay".
Acotando más adelante "pero a veces no nos ponemos de acuerdo dentro del directorio con algunas cosas de la ley. Hay que imaginarse lo difícil que es para un ciudadano común entender esta normativa".
Los mayores de 60
Respecto a los mayores de 60 años que todavía no se han jubilado, Ruiz recordó que "tienen plazo hasta mitad del año que viene para poder declarar las actividades anteriores a 1996. Ya pasó un año. Y hay muchas personas mayores de 60 años que no saben que el plazo se termina el año que viene. Y si dentro de ese plazo no se declaran esas actividades, esa persona después no va a poder declarar esos años. Y esos años muchas veces son claves, son determinantes para poder tener derecho a una jubilación, a una prestación". Insistiendo "le decimos a todos los mayores de 60 años que se presenten en el BPS para declarar todas las actividades que tuvieron antes del 96. Quizás el BPS tiene esa información. Y si no la tiene, le va a pedir a la persona que presente testigos para acreditar esas actividades. Pero tiene que hacerlo antes de mediados del año que viene, porque si no lo hace antes, después ya no va a poder presentar esos años para poder jubilarse".