17 de September del 2013 a las 12:56 -
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Cambiar para no cambiar
El Movimiento Nacional de Usuarios de Salud Pública y Privada criticó los cambios instrumentados en ASSE.

(Comunicado). Sobre cambios en el Directorio de ASSE

“EL GATTOPARDO”

La modificación de la Ley 18.161 del 28 de agosto, aprobada en el Senado, con votos oficialistas y de oposición, que pasará a Diputados para su tratamiento, al parecer hacía tiempo que dormitaba en el Parlamento. Hasta que al Presidente de la República le soplaron que nunca había sido aprobada. Para colmo, el alboroto del avispero fue causado por el Senador Solari (ex Ministro De Salud Pública). El Sr. Presidente de la República se enojó y, entendiendo que se está “desprestigiando el criterio de profundización democrática”, mandó desempolvar el citado Proyecto que, en evidente estilo gatopardista, apunta a cambiar algo para que todo quede como está. Téngase en cuenta que, la Ley 18.161 que crea un servicio descentralizado llamado ASSE, ya desde su Art. 2º condiciona la integración de su Directorio a lo dispuesto en el Art 187 de la Constitución de la República que dice: los miembros de los Directorios y los Directores Generales que no sean de carácter electivo, serán designados por el Presidente de la República en acuerdo con el Consejo de Ministros, previa venia de la Cámara de Senadores, otorgada sobre propuesta motivada en las condiciones personales, funcionales y técnicas, por un número de votos equivalente a tres quintos. ¿Esto se cumple en esta situación?

 Cuando el Poder Ejecutivo elabore la propuesta de Directores, tendrá en cuenta, como condiciones personales, que dos de los cinco miembros, sean representativos de los usuarios y de los trabajadores en ASSE.

Dentro de los seis meses contados desde la promulgación de la presente ley, el Poder Ejecutivo reglamentará la forma en que los usuarios y los trabajadores formularán sus respectivas propuestas.”

Nada nuevo bajo el sol.

Los representantes sociales en el Directorio de ASSE, deberán ser elegidos por el Poder Ejecutivo, aunque hayan pasado los seis meses reglamentarios y más de seis años del tiempo en que debió hacerse.

Los trabajadores y usuarios, solo sugerirán los nombres, que serán tenidos en cuenta o no, como ya sucedió cuando se nombró al actual representante de los usuarios, desechando los nombres propuestos por nuestro Movimiento, MNUSPP, elegidos por la Asamblea General de la única organización poseedora en aquél momento, de la debida Personería Jurídica.

Desde un principio, la representación social ha estado condicionada a la designación unilateral, según le caiga bien al gobierno o no. Nunca se pensó en otorgar el derecho a los directamente interesados (como lo es en nuestro caso) violando reiteradamente la autonomía que tienen los usuarios de elegir libremente a sus auténticos representantes.

Es decir que salvo el cambio de persona según se le ocurra al gobierno, la situación seguirá in cambiada, salvo la introducción del voto doble para el Presidente de ASSE. Se aseguran desde todos los ángulos contra todo riesgo con relación a los representantes sociales, a los que se otorga representación legal, pero con los recaudos de que sean del gusto del gobierno. Otra cosa es cuando se trata del representante de la oposición, porque… ¿a quién se le ocurre que lo designe el gobierno?

Tal como hemos sostenido siempre, no nos inmiscuimos en lo que a los trabajadores les compete, para su representación.

Nosotros reivindicamos el derecho de los usuarios a elegir sus representantes sin tutelas de ninguna índole, para todas las instancias, sean institucionales o no. Como lo venimos denunciando desde larga data, no solo para ASSE tiene que haber plazo para el cambio. Están olvidando a la JUNASA, según el Art 25 de la Ley 18.211, aún cuando de carácter Honorario, estará compuesta por: E) Un miembro representante de los trabajadores de los prestadores que integran el SNIS. F) Un miembro representante de los usuarios del SNIS con sus respectivos alternos, cosa que no sucede en ASSE.

Tampoco se demuestra interés alguno en modificar la integración de la JUNASA, nombrando representantes de ASSE en la misma, con lo cual esta sigue jugando el rol de Junta de la Salud Privada.

En el Art. 26 de la Ley 18.211, se establece sin lugar a ninguna duda que, el mandato de los representantes designados en la ocasión, tendrá una duración máxima de dos años.

Al parecer, tampoco está enterado el Sr. Presidente de que los integrantes de la JUNASA llevan cinco años de trabajo, y por eso sólo se preocupa de cambiar algo en ASSE.

Desde que el gobierno nombró a quienes les pareció eran los representantes adecuados, han transcurrido varios años, en el transcurso de los cuales han pasado cuatro Ministros de Salud Pública y otros tantos directores de ASSE.

Hoy, a seis años, recién se dan cuenta, puesto que cuando nuestro movimiento, se los recordó, hicieron oídos sordos de que deben reglamentar la ley y como no les alcanzó con los años transcurridos todavía se tomarán los seis meses estipulados por la ley para reglamentarla.

Por todo lo antes referido, señalamos que al igual que en el Gattopardo: “se trata de cambiar algo para que todo quede como está”.

 

Movimiento Nacional de Usuarios de Salud Pública y Privada

Evangelio Núñez – Presidente

Néstor Gurruchaga – Secretario General

(1887)


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