Los proyectos de trabajo deben estar orientados hacia las siguientes áreas:
Deportes colectivos (Futbol, Vóley, Handball, Basket, etc) Boxeo
Fotografía e imagen Cocina
Peluquería
Danza (diversos ritmos y estilos)
Objetivos de los Talleres
- Contribuir a la permanencia de los estudiantes en el centro educativo.
- Promover la interdisciplinariedad y el trabajo colaborativo entre los talleres y las diversas Unidades Curriculares.
- Promover y fomentar el desarrollo de Competencias.
- Promover la integración de la familia en la comunidad educativa.
Carga horaria
La carga horaria de cada tallerista será de 5 horas. 4 de taller y 1 de coordinación.
Los aspirantes deben tener en cuenta que los talleres se distribuyen en el turno matutino y en el turno vespertino.
La coordinación de centro se desarrolla los martes a partir de las 12.00 horas.
Cada propuesta de trabajo debe contener los siguientes elementos:
- Presentación:
Se debe especificar la temática y el área de interés al que se encuentra dirigida la propuesta.
- Objetivos:
Se deben plantear los objetivos a lograr en el transcurso del año lectivo, relacionados por un lado con los objetivos generales planteados por el centro, y los específicos a lograr referidos al área de interés del taller propuesto.
- Plan de trabajo
Se debe incluir un plan de trabajo en el que se especifiquen las acciones a desarrollar y los contenidos a trabajar.
Dicho plan de trabajo debe estar planteado con dos tentativas temporales de desarrollo: un plan de trabajo semestral y otro anual.
Documentación excluyente para presentar:
- Copia de Cedula de Identidad
- Copia de Credencial Cívica.
- Copia de Carne de Salud vigente.
- Certificado de egreso de Bachillerato (Formula 69)
- Certificado de no poseer antecedentes penales.
- Certificado de no estar en el registro de violadores.
- Carpeta de méritos y certificados que prueben la idoneidad para el taller al que se aspira.
Lugar y plazo de presentación de propuestas:
Las carpetas se recibirán entre el martes 26 y viernes 29 de diciembre de 2023; y el jueves 1 y viernes 16 de febrero de 2024.
Liceo de Palmitas, 18 de Julio s/n, Palmitas, Soriano.
Por consultas dirigirse por teléfono al 45379806 o al mail liceopalmitassoriano@gmail.com
Estudio y análisis de carpetas:
Las carpetas serán estudiadas y analizadas por el equipo de dirección en conjunto con la Coordina- dora de Talleres.
Los postulantes deben cumplir con los artículos 1 y 8 del Estatuto del Funcionario Docente:
*Art. 1 – Son requisitos para ejercer la función pública:
- Acreditar 18 años cumplidos de edad y estar inscripto en el Registro Cívico Nacional.
- Acreditar aptitud física y mental mediante certificado médico expedido por autoridad oficial.
- No tener antecedentes penales ni morales que inhabiliten para la función docente.
- Mantener una conducta acorde con los fines del Organismo y las obligaciones del cargo.
- Haber prestado juramento de fidelidad a la Bandera Nacional y dado cumplimiento a las normas del sufragio obliga- torio, así como a otros requisitos legales y reglamentarios que correspondan.
- Poseer título habilitante para los maestros de educación primaria y de adultos.
- Para los demás subsistemas poseer título docente, o en su defecto, probada idoneidad en la especialidad, la que se acreditará de acuerdo con las normas establecidas en el presente estatuto.
Art. 8 – La docencia no efectiva, en carácter interino o suplente, podrá ser ejercida además por:
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- Los egresados de los institutos de formación docente que se inscriban en los registros establecidos en los artículos 33 a 35 y normas concordantes y que:
- Hayan generado derecho a cargo mediante concurso sin adquirir efectividad por no existir vacante o haberse abste- nido de hacer opción
- No hayan generado derecho a cargo por no haber concursado o no haber alcanzado el puntaje correspondiente.
- En Educación Secundaria y Técnica las personas que acrediten debida competencia en la respectiva asignatura y hayan completado como mínimo los estudios de Educación Media o, en su caso, posean título de Técnico Agropecuario otorgado por el Consejo de Educación Técnico Profesional, previo su registro y ordenamiento por méritos, cuando no existan docentes efectivos o titulados sin cargo, o que aún no hayan completado la unidad docente.