Secretaría Nacional del Deporte (SND) realizó intimación a la Organización del Fútbol Interior (OFI) en relación a la resolución adoptada por el Congreso de ésta, que se reuniera el 16 de setiembre en Atlántida respecto a la obligatoriedad del título habilitante de entrenador.
Ante ello, desde OFI se informa que el Consejo Ejecutivo "convocará a un Congreso Extraordinario dentro de los plazos establecidos por el Estatuto de la Organización. Mientras tanto, se exhorta a los afiliados a cumplir con lo establecido por la Ley 19.828 de setiembre de 2019 y el decreto 312/021 de setiembre de 2021".
En la nota firmada por el Dr. Gerardo Lorente, Gerente Nacional de la Secretaría Nacional del Deporte, dirigida al Presidente de la OFI, Sebastián Sosa, se expresa: "En virtud de lo resuelto por el Congreso Ordinario de OFI, el pasado 16 de setiembre del corriente, cúmplenos en informarle que, conforme lo previsto en el art. 7 de la ley 19.828, de 18 de setiembre de 2019 y art. 5 del decreto 312/021, de 10 de setiembre de 2021, es obligatorio, para el desempeño de actividades en el deporte federado por parte de entrenadores, preparadores físicos, médicos, psicólogos y fisioterapeutas, contar con "título habilitante o constancia de la formación correspondiente".
El incumplimiento a dichas disposiciones acarreará las sanciones correspondientes por parte de la Secretaría Nacional del Deporte -en caso de tratarse de una S.A.D.- o la denuncia de ésta ante el Ministerio de Educación y Cultura -en caso de una asociación civil- en virtud de lo preceptuado por el art. 69 de la Ley 17.292 -en redacción dada por el art. 108 de la Ley 19.924- y decreto ley 15.089".