El SUNCA dio aprobación en multitudinaria asamblea realizada el pasado 20 de julio a lo actuado por la delegación sindical en la reunión con las cámaras empresariales y el Ministerio de Trabajo en el marco de un nuevo convenio colectivo.
Algunos de los beneficios que se mantuvieron y otros que se alcanzaron en este nuevo acuerdo arribado por las partes y que fue referendado por la asamblea del sindicato:
DURACIÓN DEL CONVENIO 3 años
Desde el 1/4/2023 hasta el 31/3/2026
Ajustes anuales con correctivos anuales
1) 1 de abril de 2023
2) 1 de abril de 2024
3) 1 de abril de 2025
Primer aumento retroactivo al 1/4/2023 es igual a 9,44%
Se incrementa la partida alimentación en 2 ticket mensuales.
(hoy $ 154,32 × 2) a este valor también hay que agregarle el % de aumento salarial.
(el % de incidencia de este incremento en ticket es lo que sumado al 9,44% nos pone por encima del 10% que hoy se anuncio).
RETROACTIVIDAD
7/8/2023 pago con aumento del salario de julio más retroactividad de abril.
22/8/2023 pago primera quincena de agosto más retroactividad de mayo.
7/9/2023 liquidación salario de agosto más retroactividad de junio.
Sólo para los trabajadores excluidos de la ley 14411 se fija el pago retroactivo de las diferencias correspondientes al salario vacacional, licencia y aguinaldo para el 7/10/2023.
PARA LOS TRABAJADORES YA CESADOS (desde el 1/4/2023 en adelante o que sean cesado antes del plan de pago de la retroactividad) la misma será paga toda junta y en una sola cuota.
ASISTENCIA A LAS ADICCIONES Y SALUD MENTAL: en el ámbito de los fondos sociales se crea un espacio para atender y asistir. Comisión de 3 representantes empresariales y 3 del sector de trabajadores. En 120 días presentar una propuesta de acuerdo sobre misión, objeto, funcionamiento, financiamiento y demás aspectos técnicos. Mientras tanto esta comisión lidera conjuntamente con el fondo social nuevos convenios referentes a la salud mental y adicciones.
SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL:
12 horas anuales para capacitación de delegados de seguridad.
Se amplia en un 50% las horas para recorridas de seguridad en obras de 3km o más de longitud y obras con superficie igual o superior a 20000 m2.
HORAS POR LLUVIA:
Se mantiene igual cantidad de horas por lluvias (144).
Se mantiene distribución en cuatrimestres.
Ahora el excedente de horas de 1 cuatrimestre se puede transferir al cuatrimestre inmediato siguiente.
Se incrementa las hrs de cada cuatrimestre en un 16,66% para atender situaciones por barro en caso de ser necesario.
Se incrementa hasta en un 70% las horas previstas en cada cuatrimestre para situaciones de inundaciones por crecidas de cursos de agua.
ALTURA:
Se incrementa el valor de la compensación a 10% del laudo del jornal de la categoría 5.
Se reduce de 10 a 6 mts la exigencia para el cobro de la compensación.
Se agrega para el pago de la compensación los trabajos en plataforma volada.
Para los trabajadores que realicen tareas de carga y descarga en dichas plataformas voladas se dispone una compensación del 30% del valor de la compensación por jornada completa.
SEGURIDAD SOCIAL: Se retoma comisión de set de 2018 creada en consejo de salario para estudio y propuestas sobre computo especial jubilatorio, antigüedad en la industria, estado de situación del fondo construcción y otros aspectos a considerar.
ESTUDIOS MÉDICOS:
Se establecen 3 días anuales libres no pagos sin pérdidas de presentismo e incentivos para realizar exámenes médicos ( incluye carnet de salud)
PROMOCIÓN DEL EMPLEO:
Para obras públicas y privadas se crea un acuerdo para el ingreso por sorteo previa inscripción.
Se definen condiciones para tal efecto, forma, tiempos, categorías, departamentos para su aplicación.
En este punto hay una larga redacción que una vez resuelta la redacción final del convenio difundiremos.
VIÁTICOS:
Se mantienen las condiciones del beneficio general (414/985).
Se reafirma el viático Maldonado creado en 2007 y 2008 y se agregan nuevos acuerdos con delimitacion de nuevas zonas acordadas para el departamento de Maldonado y los resultados económicos y forma de pago en cada caso. Vamos a anexar los mapas correspondientes.
GUARDIA RETÉN: Se crea a los efectos de cubrir las tareas de mantenimiento Correctivo y/ o servicios. Emergencias y urgencias que se produzcan fuera de la jornada habitual, no se podrá aplicar para desarrollo de nueva producción, ni disponer tiempo extraordinario de trabajo.
A estos efectos se establecen condiciones en cada caso, retribuciones, cargas horarias, etc. Que también difundiremos una vez la redacción final del convenio colectivo.
PARTIDA ALIMENTACIÓN: A partir del 1/4/2023 se acuerda modificar la base de cálculo para la generación del ticket alimentación, ahora el total de horas trabajadas se divide entre 8 (ya no sobre 8.8) lo que nos permite promedialmente generar 2 ticket más por cada mes.
Es decir crece la partida alimentación en un 9,09%.