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17 de July del 2023 a las 23:26 -
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Diputado Enzo Malán discrepó con las modificaciones que quieren implementarse a la Ley Descentralización y Participación Ciudadana
Porque  entre otros aspectos “brinda potestades excepcionales al Alcalde”,  por sobre los concejales, opinó el diputado  frenteamplista.

La modificación al artículo 9 de la ley de Descentralización y Participación Ciudadana distorsiona gravemente el sistema de representación proporcional vigente, opinó el diputado Enzo Malán. Argumentando que de  aprobarse esta iniciativa se le daría más potestades  a los Alcaldes. La comisión de Asuntos Municipales de  la Cámara de  Diputados  está a la espera de la respuesta que brinde el Plenario de Municipios (que ha consultado a las concejalas y concejales de todo el país) para seguir analizando el tema.

“En principio no estamos de acuerdo con la modificación al artículo 9 ya que distorsiona gravemente el sistema de representación proporcional vigente, asignando al partido más votado una banca más dentro de las cinco del concejo municipal” comentó el diputado Malán. En diálogo con @gesor  el legislador agregó que a su vez “brinda potestades excepcionales al Alcalde sobre los demás miembros del Concejo. Las modificaciones presentadas al artículo 11 sobre el reemplazo temporal o definitivo del Alcalde se basa mayormente en problemas internos de los partidos cuando se presentan estos casos que necesidades institucionales o vinculadas con la voluntad popular.  Las modificaciones al artículo 25 permitirían cruzamiento de lemas (partidos políticos) en los sobres entre elecciones departamentales y municipales. El espíritu de la modificación puede ser compartible pero la norma legal vigente no impide la adopción por parte de la Corte Electoral de esta opción, por lo cual la propuesta es innecesaria y puede ser instrumentada por acuerdo interpartidario en el organismo. Si se hiciera mediante la modificación presentada habría que modificar la redacción limitando expresamente el voto en las elecciones municipales a los lemas que participen de las elecciones departamentales con candidatos seleccionados de acuerdo con las Convenciones Departamentales”.

 

 

 

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