
De acuerdo a lo determinado por la Ley n.° 20130 de la Reforma de la Seguridad Social, a partir del 01/06/2023 comienza el plazo de 2 años para que las personas mayores de 60 años de edad registren sus servicios (años trabajados) hasta el 1/4/96.
Registrar años trabajados
La Ley 20.130 establece un plazo para solicitar la inclusión de servicios (años trabajados) anteriores al 1º de abril de 1996 que no estén integrados a la Historia Laboral.
Las personas que hayan tenido actividad laboral amparada por el Banco de Previsión Social antes del 1º de abril de 1996 y que aún no hayan solicitado el reconocimiento de tales servicios, deberán hacerlo aportando todos los datos que requiera la reglamentación, de acuerdo con la edad que tuvieren al 1º de junio de 2023 y según el siguiente cuadro:
Edad al 01/06/2023 | Plazo para reconocimiento | |
---|---|---|
Desde | Hasta | |
60 años o más | 01/06/2023 | 31/05/2025 |
Entre 55 y 59 años | 01/06/2025 | 31/05/2027 |
Entre 50 y 54 años | 01/06/2027 | 31/05/2029 |
49 años o menos | 01/06/2029 | 31/05/2031 |
A tener en cuenta: una vez finalizado el plazo correspondiente a cada grupo, no se admitirá la denuncia de servicios anteriores al 1º de abril de 1996.