15 de August del 2013 a las 09:55 -
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Empresa habilitada, ¿y el personal también?
Nuevamente la responsabilidad de la seguridad en los espectáculos deportivos está en discusión a partir que por diferentes razones debe ser atendida por empresa privada

En la última sesión del Consejo Directivo, la Liga Departamental de Fútbol dio ingreso a carpeta de empresa de seguridad que trabaja a nivel local, la que presentó toda la documentación que la acredita para desarrollar esta tarea, lo que sin dudas es importante, ya que en el medio solamente existirían dos -incluyendo ésta- debidamente autorizadas a brindar los servicios de seguridad de acuerdo a lo que establecen los requisitos que regula el RENAEMSE (Registro Nacional de Empresas de Seguridad).

Esta es una buena noticia para el ámbito del fútbol, pero no cambia mucho la situación si es que no se cumple con los demás requisitos, puntualmente lo que aflige a algunos delegados consultados por @gesor es que el personal que cumpla servicios para esta o la empresa que sea contratada para prestar servicios en los espectáculos deportivos que organiza la Liga, estén debidamente habilitados, de lo contrario será nuevamente exponerse a sanciones como la del antecedente que en su momento señalara @gesor, multa de alrededor de $ 70.000 que la Liga tendría que hacerse cargo en la medida que la empresa sancionada no responda por ello, ya que aquella es solidariamente responsable con las obligaciones que incumpla la empresa contratada.

Respecto del personal así lo establecen las normas: "El personal de seguridad dependiente de las empresas, para el ejercicio de su actividad deber ser previamente habilitado por el RE.NA.EM.SE. e inscribirse en el Registro de Personal de la Seguridad Privada que al efecto lleva dicha Oficina". Ello tiene un costo individual y a su vez se exige determinada preparación que incluye instrucción en la Escuela de Policía y test sicológico entre otras cosas, solamente para ser habilitado como guardia pero sin porte de arma, lo que requiere otras obligaciones y exigencias.

Los delegados que dialogaron con nuestra agencia de noticias, pedirán a los neutrales que se corrobore esto último, porque no quieren que la Liga y a la postre los clubes deban asumir sanciones por demás onerosas porque no se cumplan las normas.

Una cosa es que la empresa contratada estédebidamente autorizada por el RENAEMSE y otra que el personal que preste funciones para ella, también lo esté, son dos aspectos que la Liga deberá valorar a la hora de firmar contrato con la empresa que vaya a prestar los servicios.

Esto, independientemente de lo que el propio Presidente de la Liga, Heber Scirgalea, en otra de sus funciones públicas, como edil departamental, planteara en el seno de la Junta Departamental de Soriano, reconociendo que las empresas de seguridad no están habilitadas por OFI para garantizar los espectáculos organizados por ella y sus afiliadas, solicitando que las disposiciones vigentes extiendan la autorización para actuar a estas empresas a las divisiones mayores del fútbol. Scirgalea expresó: ..."nos encontramos con una Resolución Ministerial que debe contar con un agregado a la brevedad, se tiene que habilitar a las empresas privadas para que actúen  en la divisional mayor de las diferentes disciplinas, porque estamos corriendo el riesgo que no se pueda competir en esta categoría al no contar con la guardia suficiente, ya sea en la actividad local y/o regional". En las propias palabras del Presidente de la Liga queda claro que no existe autorización para que las empresas de seguridad actúen en partidos de primera división, si es así, ¿por qué se utiliza? ¿No es demasiado riesgo ante eventuales situaciones que puedan perjudicar a la propia Liga desde lo legal?

(2015)


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