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29 de December del 2022 a las 17:12 -
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CSEU reclama derogar la Ley 20.096 e inmediatamente llamar a elecciones para la conformación del Consejo Directivo Central de la UTEC
COMUNICADO

Montevideo, 28 de diciembre de 2022
 
Propuesta de derogación de la ley 20.096


El 28 de diciembre de 2012, el parlamento nacional creo la UTEC por medio de la aprobacion de la Ley 19.043. La misma en su art. 14 establecia una forma original de Cogobierno como forma de gobierno institucional: 1 Rector (elegido por el voto ponderado de estudiantes, docentes y egresados), 1 representante de los empresarios organizados, 1 representante de las y los trabajadores organizados, 2 representantes de las y los estudiantes y 2 representantes de los docentes.


El pasado 29 de noviembre fue promulgada la Ley 20.096, la cual eliminé el cogobierno de UTEC y lo sustituye por un mecanismo donde la totalidad de los integrantes del Consejo Directivo Central de la UTEC serian definidos por el Poder Ejecutivo de turno con venia del Senado, por lo que la universidad quedarâ expuesta a las definiciones politicas de los gobiernos de turno.

Ante este panorama, quienes han sido lesionados en su interés directo, personal y legitimo que incluye a estudiantes, egresadas/os y trabajadoras/es organizadas/os de la UTEC, decidieron presentar proximamente un recurso de inconstitucionalidad que eventualmente podria dejar sin efecto la Ley 20.096, por medio del fallo judicial que emitiese la Suprema Corte de Justicia.

Segun trascendidos de prensa y confirmaciones de parlamentarios, el Poder Ejecutivo tomo conocimiento del posible recurso de inconstitucionalidad de esta ley que elimino el Cogobierno de UTEC e insolitamente ha solicitado a ambas câmaras que procedan a la derogacion de la Ley 20.096 y aprobacion de un texto idéntico.

Al respecto la CSEU expresa:
1.    Su defensa al Cogobierno como herramienta de formacion democrâtica y republicana, ademâs de haber demostrado eficiencia y eficacia superior inclusive a sistemas de gobernanza y gestion verticales.
 


2.    Reiteramos que los fundamentos centrales de la exposicion de motivos son falsos: no es verdad que la tendencia mundial indique que las autoridades universitarias sean definidas por el gobierno de turno. Nada mas alejado de las buenas prâcticas internacionales que tienen entre sus prioridades la libertad de ciencia y la calidad de las propuestas de enseñanza, investigacion y extension.

3.    La solucion propuesta por el gobierno para atacar una potencial denuncia de inconstitucionalidad, sin que formalmente se hubiera presentado la misma, denota una falta de seriedad en el tratamiento de los procesos legislativos ademâs de un “manoseo” de una institucion universitaria publica y por tanto de todos sus integrantes.

k.    En los hechos la UTEC adolece de graves problemas académicos y subjetivos que comprometen la viabilidad y la calidad de la educacion superior en el interior del pais. Esto es producto de una gobernanza autoritaria y no participativa, sumado a una gestién subyugada y complaciente a ella. Esta realidad es diametralmente opuesta a la gobernanza propuesta por la ley 19.043 original, es decir, la forma cogobernada.

5.    Uruguay y en especial el interior del pais, necesita un desarrollo socioeconomico y cultural sustentable y de largo plazo, lo que implica desafios y solucion a problemas complejos, principalmente politicos derivados de la propia inclusion de diversos actores de la sociedad, destinatarios de los beneficios de la universidad.


6.    La gobernanza ejercida por el cogobierno es una solucién a esos desafios y problemas complejos que impone el desarrollo, pues la participacién de los diversos actores en el proceso de toma de decisiones, asi como el empleo de sus recursos para resolver los problemas involucra a toda la sociedad en su conjunto
 


7.    Por trascendidos de prensa se constata que el Parlamento y el Poder Ejecutivo mostraron capacidad y decision en derogar la Ley 20.096.


En funcion de lo anterior la CSEU propone:

Derogar la Ley 20.096 e inmediatamente llamar a elecciones para la conformacion del Consejo Directivo Central de la UTEC de acuerdo al texto original de la ley 19.043.

Sin otro particular CSEU
PIT-CNT
 

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