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28 de October del 2022 a las 14:29 -
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Cinco condenados por la trifulca que ocurrió en local El Patio en la madrugada del 14 de agosto, que se suman a quien ya está en la cárcel y fue el causante de las lesiones 
Fiscalía arribó a acuerdo con las Defensas y los imputados, para condenarlos por riña a la pena de 6 meses de prisión a cumplir en régimen de libertad a prueba, lo que fue refrendado por la Justicia

En sede del Juzgado Letrado de Primera Instancia de 4º Turno, a cargo del Juez Subrogante Dr. Nelson Rosa Rodríguez (foto 1), asistido por el receptor Alvaro González, se llevó a cabo audiencia de formalización y condena por proceso abreviado en la investigación que le llevaba adelante la Fiscalía Departamental de Primer Turno de Mercedes representada en la oportunidad por el Fiscal Adscripto Dr. Federico Martínez, a Ramiro Leonel Tarragona Magallanes (asistido por el Dr. Martín Navarro, Defensa de particular confianza), Luis Omar Cano Salazar y Carlos David Cano García (asistidos por el Dr. Diego Sánchez, Defensa de particular confianza), Marcos Roberto Muñoz Almanza (asistido por la Dra. Andrea Gutiérrez de la Defensoría Pública), Josué Ezequiel Cano García (asistido por el Dr. Javier Paz, Defensa de particular confianza).
Abierta la audiencia con @gesor como único medio presente, por parte del Juez Dr. Rosa, consultando a los Abogados de las Defensas si tuvieron acceso a las carpetas, respondiendo en todos los casos afirmativamente, tras lo cual cedió la palabra a Fiscalía.
El Dr. Federico Martínez pasó a relatar los hechos señalando que estas personas estaban siendo investigadas como presuntas autoras de un delito de riña de acuerdo a lo previsto en el Código Penal.
El 14 de agosto 2022 a las 5.30 horas se produjo refriega en el local El Patio sito en de Castro y Careaga casi Colón a resultas de la cual el indagado Nelson Enrique Esquivel Maneiro, sucesivamente agredió a golpes a Carlos David Cano García y Josué Ezequiel Cano García, quienes respondieron a las agresiones a golpes, sumándose los demás partícipes, donde se enfrentaron por una parte, Carlos David Cano García, Josué Ezequiel Cano García y el primo de ambos Luis Omar Cano Salazar, contra Ramiro Leonel Tarragona Magallanes, Marcos Roberto Muñoz Almanza y Nelson Enrique Esquivel Maneiro, agrediéndose recíprocamente los integrantes de ambos bandos con golpes de puños y sillazos.
Nelson Esquivel provocó a Carlos David Cano García y a Josué Ezequiel Cano García lesiones varias en cabeza, rostro y miembros, compatibles con el relato de los mismos, y con inhabilitaciones para ambos para tareas ordinarias por cinco días, de acuerdo al informe médico forense. A Nelson Esquivel no se le constataron lesiones y fue condenado el 15 de agosto pasado mediante proceso abreviado como autor penalmente responsable por dos delitos de lesiones personales en reiteración real.
Los demás partícipes aquí presentes, admiten su responsabilidad en los hechos relatados.
En base a estos hechos solicitó la formalización de estos imputados bajo la tipificación de un delito de riña.  
El Juez Dr. Rosa dio traslado a las Defensas: el Dr. Sánchez dijo que tuvo acceso completo a la carpeta investigativa y en virtud de ello y lo conversado con su cliente, no se opuso al pedido de formalización; la Dra. Gutiérrez en nombre de Muñoz no formula objeciones al pedido de formalización Fiscal; el Dr. Paz no tenía objeciones que realizar a la solicitud de formalización; el Dr. Navarro dijo que no existía objeción a la formalización solicitada por el Ministerio Público.
Ante ello, el Juez Dr. Rosa procedió a admitir la formalización de la investigación con sujeción al proceso de estas personas, bajo la imputación de un delito de riña, todos en calidad de autor.
Seguidamente dio la palabra a la Fiscalía quien anunció que se arribó a acuerdo con todos los indagados debidamente asistidos por sus Defensas, por lo que dedujo acusación en base a los hechos relatados.
En ese sentido solicitó al Juez condenar a: Carlos David Cano García, Josué Ezequiel Cano García, Luis Omar Cano Salazar, Ramiro Leonel Tarragona Magallanes, Marcos Roberto Muñoz Almanza, como autores penalmente responsables de un delito de participación en riña con resultado de lesiones, a la pena de 6 meses de prisión a cumplir en régimen de libertad a prueba con las siguientes condiciones: obligación de residir en un lugar determinado donde sea posible la supervisión de la OSLA, la sujeción a la orientación y vigilancia permanente de la referidad oficina, obligación de presentación una vez por semana a la seccional policial correspondiente al domicilio fijado durante toda la condena y la prestación de servicios comunitarios durante 2 meses 3 horas por semana.
El Juez Dr. Rosa dio traslado de la acusación a las Defensas: el Dr. Sánchez señaló que sus clientes fueron debidamente asesorados a su derecho a transcurrir por el juicio oral y de manera libre y voluntaria aceptaron transitar por el abreviado, en virtud de ello se allanó a la cusación de Fiscalía; la Dra. Gutiérrez expresó que en virtud del acuerdo arribado por proceso abreviado se allanó a la acusación Fiscal; el Dr. Paz indicó que en oportunidad de estar en Fiscalía se arribó al acuerdo leído por el Fiscal por lo cual no se opuso a la acusación; el Dr. Navarro dijo que el acuerdo ha sido aceptado por su cliente en forma libre y voluntaria por lo que no había oposición.
Luego consultó el Dr. Rosa a cada uno de los imputados si estaban aceptando en forma libre y voluntaria este acuerdo, y si le habían indicado la posibilidad de ir a un juicio oral, y todos respondieron en forma afirmativa a ambas interrogantes.
Finalmente procedió a dictar sentencia una vez revisado que se cumplían los requisitos de admisibilidad que establecen los arts 272 y 273 del CPP, con el consentimiento libre y voluntario, admitió el proceso abreviado y condenó a las personas antes mencionadas por el delito señalado en el acuerdo, a la pena allí manifestada y a cumplirla en lo debidamente acordado por las partes.

ver nota anterior https://www.agesor.com.uy/noticia.php?id=59277

INFORMACION POLICIAL: De acuerdo a evento de lesiones personales ocurrido en interior de local de zona céntrica (hecho informado en Ccdo N.º 216/2022 de fecha 15/08/2022) donde se efectúa la detención de un masculino de 33 años.  
Este jueves luego de culminada audiencia judicial en sede del Juzgado Letrado de Mercedes de Cuarto turno se decreta la formalización y condena por proceso abreviado respecto de C. D. C. G de 28 años, J. E. C. G de 26 años, L. O. C. Z de 31 años, R. L. T. M de 38 años, y Marcos Roberto Muñoz Almanza de 43 años en calidad de “autores penalmente responsable de la comisión de un delito de participación en riña con resultado lesiones” a la pena de 6 meses de prisión a cumplirse en régimen de libertad a prueba. 
   

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