Con fecha 12 del mes en curso mediante llamado al Servicio Emergencia Policial 911, hora 8.46 dan aviso de incidente familiar en el que un masculino habría agredido a un hermano y a la progenitora.
Concurre personal de Unidad Respuesta y Patrullaje a Blanes Viale casi 19 de Abril, jurisdicción de Seccional 1ª ubicando en primer lugar a masculino de 44 años quien expresó que su hermano lo agredió y también a la madre de ambos la que aún permanecía en interior de vivienda.
Con autorización de éste se ingresa a la finca ubicando allí a femenina de 75 años tendida en el piso y con sangrado; solicitándose ambulancias al lugar.
Al no concurrir dicho servicio y ante la entidad de las lesiones se procede a trasladar a las víctimas a centro asistencial.
Concurre al lugar personal del Grupo Respuesta Táctica los que proceden a la conducción del indagado J.E.B.T. de 46 años a dependencia policial. Personal de Policía Científica realizó tareas inherentes a su cometido en el lugar de los hechos.
Enterado Fiscal de Primer Turno Dr. Carlos Chragoñia dispuso actuaciones y detención del indagado.
Recabados partes médicos de los lesionados; la femenina presenta: "TEC grave se traslada a Rosario CAMEC" y para el masculino: "TEC ingresa a sala".
Cumplida audiencia de formalización; Jueza de Primer Turno Dra. Ximena Menchaca dispuso la formalización y medida cautelar respecto del indagado J.E.B.T. por la presunta comisión de "un delito de homicidio especialmente agravado por el vínculo en grado de tentativa en reiteración real, con un delito de lesiones graves especialmente agravadas por el vínculo y por haberse cometido con arma apropiada en calidad de autor", dispuso como medida cautelar la prisión preventiva por el plazo de 180 días por lo que deberá permanecer alojado en dependencia de INR, a disposición de esta causa. Fiscal Adjunto Dr. Federico Martínez dispone la conducción del formalizado a evaluación en sector Psicosocial, del nosocomio local a los efectos de ser valorado por Médico Psiquiatra; cumplida ésta es alojado en INR.