15 de July del 2013 a las 10:16 -
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MOVUS: limitan acceso a información pública
En la Rendición de Cuentas a consideración del Parlamento, el Poder Ejecutivo incluyó dos artículos que modifican la ley sobre el Derecho de Acceso a la Información Pública, de octubre de 2008.

Los artículos propuestos permitirán que el gobierno y otros organismos del Estado denieguen información a los ciudadanos sobre asuntos de interés general.

Entre los cambios propuestos, se crean dos nuevas excepciones con respecto a la ley 18.381. La primera, en el artículo 37 faculta a un organismo estatal a clasificar como reservada aquella información cuya difusión pueda “afectar procedimientos de control, evaluación, investigación o deliberación de los sujetos obligados, hasta que sea adoptada la decisión respectiva”.

La segunda modificación permitirá que la información se clasifique como reservada "tanto en el momento en que esta se genere, obtenga o modifique, como en el momento en que se reciba una solicitud de acceso, cuando no se hubiera clasificado previamente", según el mismo artículo 37 del proyecto de Rendición de Cuentas que se encuentra a estudio del Poder Legislativo.

La Ley de Acceso a la Información Pública garantiza el acceso de los ciudadanos a cualquier documento oficial que no haya sido clasificado como reservado y, si fuera este el caso, exige que la autoridad justifique tal calificación. Como se comprende fácilmente, esta ley formaliza un derecho humano fundamental y propende a la transparencia de la función pública.

El Movimiento por un Uruguay Sustentable (MOVUS) es una asociación civil que ha comprobado la importancia de esta ley cuando su aplicación, incluso recurriendo a acciones judiciales previstas en la misma, fue la única vía que aseguró el acceso a una información fidedigna sobre la naturaleza de los posibles impactos ambientales y sociales del proyecto Aratirí.

Esta fue la base para realizar una crítica fundada de este y otros proyectos, que ha permitido informar a la ciudadanía y que esta pueda forjarse una opinión al respecto. Si se llegara a aprobar la primera modificación señalada, se estaría vulnerando esta posibilidad y se condenaría a la población a recibir información solo después de consumadas las decisiones oficiales.

Es un principio irrenunciable - presente por demás en todo documento que hable de un desarrollo sostenible - que la población debe estar en condiciones de participar de manera libre, previa e informada, en el diseño, la aprobación y la ejecución de los proyectos de desarrollo que puedan .afectar sus formas de vida, sus derechos y sus culturas, presentes y futuras.

El MOVUS hace un llamado de atención a la opinión pública y a los legisladores para rechazar lo que constituye, lisa y llanamente, un intento de limitación de un derecho ciudadano fundamental. Una ciudadanía informada es la condición para construir una sociedad consciente y responsable, capaz de decidir, en libertad y democráticamente, su destino y el de sus herederos.

                                    Movimiento por un Uruguay Sustentable

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