En el mes de setiembre la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados someterá a tratamiento del plenario un Proyecto de Ley que sensibiliza e interpela a todos los legisladores como lo es la “Despenalización de la EUTANASIA”.
Actualmente hay una gran desinformación en la población de lo que propone este proyecto y es por eso que intentaremos dar una breve explicación al respecto.
El proyecto establece que toda aquella persona que tenga patologías crónicas, incurables e irreversibles, con sufrimientos insoportables que menoscaben su calidad de vida, podrán solicitar que se les dé muerte a través de una inyección letal que será suministrada por un médico o por quien él lo determine.
Aclara también, que no basta con la sola voluntad del eutanasiable de que se le dé muerte, sino que debe ser aprobada su voluntad por dos médicos tratantes.
Es un proyecto muy cuestionado porque en los países que tienen este marco jurídico, la curva de personas que solicitan la muerte es radicalmente ascendente y generan muchísimas dudas si las muertes podrían haber sido evitables.
Por el sólo hecho que el proyecto de Eutanasia no especifique que deben ser pacientes terminales, el universo de personas eutanasiables en Uruguay podría alcanzar las 100.000 personas.
Los pacientes con enfermedades crónicas e irreversibles en nuestro país superan la cifra mencionada.
Los que están a favor de la Eutanasia manifiestan que los pacientes tienen derecho a morir con dignidad y sin sufrimiento lo cual es muy compartible. Pero la persona siempre es digna; pueden ser indignos los actos de quienes no valoran la dignidad de esa persona. Valorar algo es querer que exista y se desarrolle; no se elimina lo que se valora. Matar es la acción más indigna.
Por eso, morir dignamente es morir siendo valorado, de muerte natural, con la ayuda para hacerlo en paz y sin dolor. La eutanasia garantiza que la persona muera indignamente: matado, eliminado, como “cosa” sin valor.
En cambio, los cuidados paliativos aseguran morir “en forma natural, en paz y sin dolor”, lo cual es un derecho del paciente (ley 18.335 art. 17 D).
Lo que nos debe interpelar aún más, es que la Eutanasia (dar muerte) no solo se podrá aplicar en los últimos meses de vida sino que también lo podrán solicitar todos aquellos que cumplan con las patologías antes mencionadas y por ende podrán anticipar su muerte ya no en meses sino en años, lo que agravaría aún más la complejidad que tendrá este proyecto y las razones de por qué las gráficas de Eutanasia son claramente ascendentes.
Tampoco se puede perder de vista que, quienes solicitan la Eutanasia en la mayoría de los casos, lo que realmente solicitan es evitarles el sufrimiento, no ser una carga para la familia, no exteriorizar el deterioro físico y no prolongarles la vida por la vía artificial.
Dicho todo esto, y por ser un gran defensor del Derecho Humano más fundamental como lo es el Derecho a la Vida, motivo por la cual existen los demás derechos, es que deberíamos reflexionar que lo mejor para un paciente con estas patologías no debería ser darle muerte sino cuidarlo y acompañarlo hasta el final de su vida evitando así sufrimientos innecesarios y ayudarlo a morir en paz.
Esto será posible si el Proyecto de Ley de Cuidados Paliativos, que tiene media sanción en la Cámara Baja, se convierte en Ley y así poder reglamentarlo para que todos los centros de salud brinden los servicios de cuidado.
En Uruguay son 17.000 los pacientes que deberían recibir los Cuidados Paliativos pero tan solo 8.000 de ellos los reciben cada año. Es decir, que tan solo el 40% del total se han beneficiado de estos tratamientos y acompañamientos fundamentales para prepararse para el final de la vida.
Nuestra responsabilidad debe ser legislar protegiendo la vida, evitando el sufrimiento pero sin causar la muerte.