En sede del Juzgado Letrado de Primera Instancia de Primer Turno se realizó audiencia de lectura de sentencia definitiva de primera instancia en la causa que se le sigue a Josué David Pérez Dos Santos, como autor de un delito de abuso sexual especialmente agravado, en un caso que se inició en el año 2019 y fue sufriendo reiteradas postergaciones, en los últimos tiempos.
En esta audiencia de lectura de sentencia del 15 de junio, además del Magistrado Dr. Dany Atahides, Juez de Sentencia, estuvieron presentes la Actuaria de la sede Esc. Marella D Andrea, quien dio lectura al fallo, por la Fiscalía estuvieron presentes el Fiscal titular Dr. Leonardo Dugros (quien asumió el cargo en octubre del 2021) y la Fiscal Adscripta Dra. Ana Martínez, mientras que el imputado estuvo asistido por el abogado de particular confianza Dr. Emiliano Hidalgo (también participó en la Defensa de Pérez, el Dr. Ricardo Rachetti).
En la acusación, la Fiscalía solicitó que se condenara al imputado como autor de un delito de abuso sexual especialmente agravado, de acuerdo a lo previsto en el art. 272 bis y 272 ter del Código Penal, a la pena de 12 años de penitenciaría y el pago de 12 salarios mínimos a la víctima.
En el fallo, el Dr. Atahides estableció la condena de Josué David Pérez Dos Santos, como autor penalmente responsable de un delito de abuso sexual agravado (violación) a la pena de 10 años de penitenciaría, además del pago de 12 salarios mínimos a la víctima.
A su vez resolvió que se aplique lo dispuesto en el artículo 79 de la Ley 19.580, suspendiendo en el ejercicio de la patria potestad o guarda, e inhabilitándolo para el ejercicio de funciones públicas y privadas en el área educativa, de la salud y todas aquellas que impliquen trato directo con niñas, niños y adolescentes, personas con discapacidad y personas mayores en situación de dependencia, por un plazo de 10 años.
Ante ello y debido a que el imputado no tenía medidas cautelares, considerando lo elevado de la pena y grave del delito, a través del Dr. Leonardo Dugros solicitó al Juez la fijación de la medida cautelar de prisión preventiva por 120 días, considerando que el fallo podía ser apelado.
A ello el Dr. Atahides no hizo lugar considerando que ello debería resolverse en la sede de la Jueza de Garantías que había actuado, es decir en este caso en el 2º Turno de Dolores, por lo que el condenado en primera instancia se mantuvo en libertad, a la vez que Fiscalía solicitó de inmediato audiencia a la Jueza de 2º Turno en este caso de Garantías, para pedir la prisión preventiva de 120 días.
En la sede de 2º Turno a cargo de la Dra. Ericka Armendaro (Jueza suplente) había fijado la audiencia para el 29 de junio a las 17.00 horas y se hacen presentes representantes de la Fiscalía encabezados por su titular Dr. Leonardo Dugros y el abogado de particular confianza del imputado, sin embargo Josué Pérez Dos Santos no se hizo presente en la audiencia.
Ante ello la Fiscalía no sólo solicitó el requerimiento a través de la Policía Nacional, si no que ante la consulta de la Sede pidió que se le declare en rebeldía, por lo que a partir de ese momento los plazos quedaron "congelados" y además no puede efectuar ningún tipo de gestión mientras se encuentre requerido.
A propósito, en forma extraoficial se supo que hasta el momento en que se pidió el requerimiento a nivel policial, no había registro que hubiese dejado el país en forma legal.
ALGUNAS PUNTUALIZACIONES
Cabe señalar que en ocasión de la formalización de la investigación es decir el inicio del proceso, la Fiscalía solicitó la prisión preventiva la cual no fue aceptada por la Sede actuante, y posteriormente apelada la decisión de la Justicia fue ratificada por Tribunal de Apelaciones, o sea que se mantuvo la decisión de no otorgar la prisión preventiva.
Posteriormente en otra etapa del proceso, volvió a pedirse la prisión preventiva y nuevamente fue negada por la sede judicial.
Solamente tuvo como medida cautelar unos pocos meses de arresto domiciliario nocturno, que por supuesto ya caducó hace tiempo, llegando a la instancia de lectura de sentencia sin ninguna medida cautelar.
Cabe señalar que se trata de una de las sentencias más duras que recordemos en Soriano de varios años a esta parte, por un delito de índole sexual, la lograda por la Fiscalía de Dolores y que si bien aun queda la eventualidad de una segunda instancia, por el momento no se puede ejecutar en virtud de lo que hemos informado.
¿QUIÉN ES EL CONDENADO EN PRIMERA INSTANCIA Y CUÁL ES EL HECHO?
Josué David Pérez Dos Santos en el momento de ser denunciado, cumplía tareas como pianista en Casa de la Cultura de Dolores, y en el año 2019, los padres de una adolescente que concurría allí como alumna, que en ese momento tenía 17 años, lo denunciaron ante Fiscalía por haberla violado, lo que ahora se pena como abuso sexual especialmente agravado, por lo que en esta primera instancia recibe la pena de 10 años de penitenciaría.
Tras la denuncia, el docente dejó de concurrir a dar clases y presentó certificaciones médicas, inicialmente había ingresado en la Junta Local como eventual y posteriormente ya como Municipio pasó a ser funcionario, no en el escalafón de docente, daba clases de piano, pero tras la denuncia ya no concurrió más a dar clases.
Pérez Dos Santos nunca aceptó los aceptó los hechos y en ese sentido es que trató de estirar el proceso a través de ir cambiando abogados y estrategia de Defensa.