En la sede del Juzgado Letrado de Primera Instancia de Primer Turno de Mercedes, a cargo de la Jueza subrogante, Dra. Ana Julia Fuentes, asistida por el funcionario receptor Alvaro González, se llevó a cabo audiencia de formalización solicitada por la Fiscalía Departamental de Mercedes de 2º Turno, representada en la oportunidad por su titular Dra. Stella Alciaturi y la Fiscal Adscripta Dra. Vanesa Pereira, en la investigación que se le sigue a P.N.P.V. de 20 años por la presunta participación en hechos delictivos que terminaron en la muerte de Deybis Facundo Etchepare Villarreal de 32 años. En esta ocasión la Defensa de particular confianza del imputado fue asumida por el Dr. Luis E. Soumastre.
Tras la presentación de los diferentes actores, la Dra. Fuentes dio la palabra a la Fiscalía que a través de la Dra. Alciaturi informó que el 20 de julio 2022, alrededor de las 7.58 horas se recibió una denuncia que daba cuenta que en el camino La Paloma se encontraba un masculino aparentemente sin vida.
Concurrió personal policial al lugar, además de asistencia móvil constatándose que se trataba de Deybis Facundo Etchepare Villarreal de 32 años, a quien se dio por muerto a las 8.30 horas.
¿QUÉ DICE LA AUTOPSIA?
Realizada la autopsia por el Médico Forense, Dr. Néstor Graña constató el primera instancia, "orificio de entrada de proyectil de arma de fuego en la región dorsal para vertebral entre la 8ª y 12ª vértebra dorsal, con trayecto ascendente de izquierda a derecha, interesando en su trayecto la cavidad cardíaca, el lóbulo superior del pulmón derecho quedando el proyectil alojado en el tercio medio de la región subclavicular derecha, sin orificio de salida. Se recuperó el proyectil. Puedo informar que la causa de la muerte fue por anemia aguda, traumatismo de tórax grave, con lesión cardíaca y pulmonar".
El informe definitivo lo daría una vez que se tuviera disponible la carpeta fotográfica de la autopsia realizada, que hoy ya estaría disponible.
¿QUÉ PUDO CONOCERSE HASTA AHORA DE LA INVESTIGACIÓN?
Se recibió información de testigos que afirmaron que era el imputado P.N.P.V. la persona que había conducido a la víctima hasta el lugar en una moto de su propiedad, lo que fue verificado mediante cámaras de videovigilancia del Ministerio del Interior que captan el arribo al lugar de una moto conducida por un masculino, que llevaba a Etchepare como acompañante y a su salida del lugar, unos 20 minutos después, transitando únicamente el conductor del vehículo.
Mediante interrogantorio a varios testigos pudo establecerse la existencia de conflicto entre la familia del imputado y la familia de Etchepare, que implicaban numerosas agresiones verbales y amenazas entre ellos.
En allanamiento realizado este domingo con orden judicial, pudieron ubicarse enterrados en el terreno donde se encuentra el domicilio del imputado y su concubina, dos revólveres y varios proyectiles de arma de fuego. A su vez se ubicaron distribuidas en diferentes domicilios, las prendas de vestir utilizadas por el imputado en el momento de los hechos conforme a lo que surge de las cámaras de videovigilancia. Algunas fueron ubicadas en el domicilio de su madre, otras en el de su abuelo y otras en el que el imputado comparte con su concubina.
Indagado en sede policial admitió los hechos expresó que un tercero le había encargado de dar muerte a Etchepare y que esa misma persona le había entregado una de las armas que tenía en su poder con 8 proyectiles vivos.
Asimismo se cuenta con la declaración de un testigo de identidad protegida.
CALIFICACION A PRIMA FACIE
Los hechos narrados por la Fiscalía, califican a prima facie como un delito de homicidio especialmente agravado por la premeditación, en concurrencia fuera de la reiteración con un delito de tráfico interno de armas, municiones y otros elementos, en concurrencia formal con un delito de porte de arma en espacio público, en calidad de autor, solicitándose la formalización de la investigación del imputado P.N.P.V.
LA DEFENSA
Cabe señalar que el Dr. Luis Soumastre tomó la Defensa del imputado luego que éste declarara en sede policial por lo que no conocía el tenor de ello y en su presencia nunca había declarado, por lo que la Fiscalía le ofreció dicha declaración que se encontraba en la carpeta, la Jueza Dra. Fuentes hizo una pausa para que el abogado pudiera leerla y tras lo cual dijo que no tenía objeciones que realizar a la solicitud de la formalización que efectuó la Fiscalía.
LA JUEZA PROCEDIO A FORMALIZAR
Ante la semiplena prueba de la existencia de los hechos y la participación del involucrado en los mismos, la Dra. Ana Julia Fuentes, procedió a formalizar la investigación, con sujeción al proceso de P.N.P.V. por un delito de homicidio especialmente agravado, en concurrencia fuera de la reiteración con un delito de tráfico interno de armas y municiones, en concurrencia formal con un delito de porte de arma en espacio público, en calidad de autor.
FISCALIA PIDIÓ LA MEDIDA CAUTELAR DE PRISIÓN PREVENTIVA
La Fiscal Dra. Alciaturi enumeró múltiples argumentos para solicitar como medida cautelar la prisión preventiva, considerando que el fallecido muere poco después que el imputado lo trasladara al lugar del hecho, hizo mención a hechos de violencia de larga data entre la familia del imputado y la víctima, y que la víctima había sido amenazada de muerte por uno de los familiares del imputado, es decir la ocurrencia y participación quedan acreditadas.
La LUC establece que el homicidio agravado incluye la totalidad de los riesgos procesales.
También hizo referencia al peligro de fuga y el riesgo de entorpecimiento de la investigación.
En el primer término, por la naturaleza del hecho, la gravedad y la pena a recaer en este caso que será de varios años de penitenciaría.
En el entorpecimiento de la investigación el imputado puede obstaculizarla a través de la destrucción, ocultación o falsificación de elementos probatorios, de hecho luego de cometer el homicidio se llevó consigo el teléfono celular de la víctima y nunca más fue localizado, salvo el forro que se encontró durante el allanamiento de este domingo en su casa.
Existen muchos testigos que manifestaron su preocupación o temor a represalias, porque temen que las consecuencias de declarar en esta investigación alguna otra persona resulte lesionada o pierda la vida.
A su vez se está investigando un copartícipe de este delito que es importante tanto él como sus familiares no tengan contacto con el imputado a fin de poder prever la forma de obstaculizar la investigación.
La Fiscalía solicitó la prisión preventiva por 180 días porque resta diligenciar numerosa prueba, entre ella varias investigaciones de celulares incautados que tienen cantidad de archivos que han sido eliminados y deben ser periciados en Montevideo, pericias de balística tanto a las armas como a los proyectiles, declaraciones de testigos, informe definitivo del Médico Forense, informe de análisis biológico.
JUEZA RECOGE LOS ARGUMENTOS DE FISCALÍA Y OTORGA PRISIÓN PREVENTIVA
Ante la existencia de semiplena prueba de los hechos y la participación del imputado en ellos, teniendo en cuenta que se configuran los riesgos procesales de peligro de fuga, entorpecimiento para la investigación, al estar ante un homicidio especialmente agravado y no existe otra medida -a juicio de esta decisora- que pueda conculcar los riesgos procesales, la Dra. Fuentes procedió a disponer la prisión preventiva del imputado P.N.P.V por el término de 180 días, con vencimiento el 20 de enero 2023 a la hora de inicio de esta audiencia.
Nota: Cabe señalar que no pone el nombre porque recién se está en la formalización de la investigación y por lo tanto sigue siendo inocente, aunque haya aceptado los hechos ante la Policía, pero en este momento esto pasa a juicio.
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