a) Solicitudes sin presentar carné de asistencia . . . . ..$ 1.230
b) Presentando Carné (M.S.P) con arancel . . . . . . . . . $ 690
c) Con Carné de Asistencia gratuita
- Ingresos del núcleo familiar < 4 U.R. . . . . . . . . . . . . GRATUITO
- Ingresos del núcleo familiar >4 U.R. y <8 U.R .. . . . . . $ 200
- Ingresos del núcleo familiar >8 U.R. y <12 U.R. . . . . . $ 325
- Ingresos del N.F. >12 U.R .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . $ 470
En tanto, el complemento por servicios fuera de centros poblados, tendrá un valor equivalente a 1 litro de gas oil cada 4 kilómetros o fracción mayor a 2,5 kilómetros de recorrido.
También se fijó en $ 770 con impuestos incluidos, el precio a abonar por la contratación de barométricas particulares por parte de la Intendencia, más un complemento, si correspondiere por servicios fuera de centros poblados, valor equivalente a 1 litro de gas oil cada 4 kilómetros o fracción mayor a 2,5 kilómetros de recorrido impuestos incluidos.
Cuando deba contratarse los servicios para otra localidad, que no sea la del domicilio declarado por la empresa, establézcase un predio de $ 40 el kilómetro de recorrido entre la localidad de origen y la localidad a la que se debe ir a prestar el servicio, el que se pagará por concepto de traslado de la barométrica, independientemente de la cantidad de servicios que se presten en la localidad de destino.
A los efectos de la determinación de la categoría correspondiente, el solicitante deberá realizar declaración jurada de ingresos en el Dpto. de Acción Social y Familia, quien elevará listado mensual a Departamento de Higiene.
Los nuevos valores fijados, tienen vigencia a partir de este 1º agosto de 2022.