08 de July del 2013 a las 01:49 -
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Casco, trabajo comunitario o cárcel
En las modificaciones que están introduciéndosele al Código de Faltas, la comisión de Legislación de la Cámara de Senadores incorpora el no uso de casco protector como una falta con sanción de trabajo comunitario o cárcel

La comisión de Constitución y Legislación de la Cámara de Senadores acaba de aprobar en su seno, modificaciones a lo que será el nuevo Código de Faltas que tanto reclaman las autoridades policiales y judiciales a los efectos de poder contar con una herramienta que entienden en los tiempos que se viven, sería de gran utilidad.

El grupo aprobó por unanimidad de los siete senadores presentes en comisión lasmencionadas modificaciones y entre ellas una que refiere a como se atenderá el incumplimiento del uso del casco protector para los motociclistas.

La versión  taquigráfica de la reunión de la mencionada comisión, establece: "Con respecto al uso del casco y debido a las referidas, Secretaría nos ha planteado una nueva redacción que figura en el material de articulado repartido en el día ede hoy como 4/2: “El que viajare en la vía pública en vehículos motorizados descriptos en el artículo  7º de la Ley Nº 19.061, de 6 de enero de 2013, sin el casco reglamentario, en violación del artículo 33 de la Ley Nº 18.191, de 14 de noviembre de 2007”. Estas son las referidas al tema del casco.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo con la nueva redacción.

(Se vota:) 7 en 7. Afirmativa. UNANIMIDAD". 

El incumplimiento de la norma vigente determinará que sea tomada como una falta y en el Código se establecerá que ello tendrá como sanción entre siete y treinta días de prestación de servicio comunitario o prisión equivalente.

 

(1935)


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