El mismo había vencido el día 30 de junio pasado y había sido aprobado oportunamente con fecha 9 de agosto de 2021 por la Corporación y promulgado con fecha 12 de agosto del 2021 por el Ejecutivo Departamental.
Este régimen, cuya vigencia se prorroga ahora por 45 días, comprende el Impuesto de Contribución Inmobiliaria Rural, Impuesto de Contribución Inmobiliaria Urbana y Suburbana y demás tasas comprendidas en la liquidación de esos tributos, Impuesto a los Terrenos Baldíos y el Impuesto de la ley 12.700, concordantes y modificativas (Semovientes).
El decreto aprobado este viernes por la Junta Departamental, fue resuelto con trámite urgente, por lo que pasó de inmediato a la Intendencia para su promulgación.
(comunicado)