Traigo a este cuerpo legislativo departamental el siguiente Proyecto que entiendo es de alto carácter social y atiende situaciones económicas penosas que están al alcance de Gobierno Departamental aliviar:
VISTO:
1) El aumento del costo de vida de este último período, no acompañado por el aumento acorde de pasividades y salarios; dependiendo el ajuste mínimo de las pasividades del Índice Medio de Salarios, en deterioro desde 2020.
2) Que la recuperación del poder adquisitivo de los salarios y pasividades está diferida hasta el final de este período de gobierno, para lo cual faltan tres años.
3) Que La situación de aquellos pasivos con bajos niveles de ingresos es particularmente complicada, y que resulta difícil a este sector de la sociedad procurarse ingresos adicionales que nivelen sus gastos, y menos reducirlos aún, cuando se habla de pagar la comida, la energía y el agua potable.
CONSIDERANDO:
1) Que resulta en un alto peso relativo hacer frente durante ocho meses en el año, al pago de la cuota de la Contribución Inmobiliaria Urbana a sectores de bajos ingresos.
2) Que no se prevén ingresos especiales, a estos sectores.
3) Que quien reúna las condiciones abajo estipuladas para la exoneración, sin aportes externos, caen inexorablemente en mora, por su incapacidad de asumir compromisos económicos más allá de los de sobrevivencia.
4) Que la situación de morosidad no es deseable, y resulta particularmente angustiante para estos sectores de la sociedad.
Se propone al Intendente Departamental de Soriano incorpore en la Próxima Rendición de Cuentas la siguiente medida:
1) Se exonera a Jubilados y Pensionistas del pago de la Contribución Inmobiliaria Urbana del inmueble que habitan, cuando éste sea su única propiedad inmobiliaria, y cumplan alguna de las siguientes condiciones:
a) Perciban el total de quienes habitan el inmueble menos de 5 BPC (cinco Bases de Prestaciones y Contribuciones
b) El monto anual de la contribución urbana sea igual o superior al 35 % de la suma de sus ingresos mensuales.
2) La Intendencia establecerá los mecanismos necesarios para acreditar las situaciones de quienes soliciten la exoneración, de manera trasparente, en plazos razonables, y que no impidan a los contribuyentes ejercer este derecho.
3) La solicitud de exoneración y la condición o condiciones estipuladas deberán ser renovadas anualmente.
Solicito se radique este planteo en la Comisión de Hacienda de este cuerpo para su estudio y posterior envío al Ejecutivo Comunal. También se envíe copia al Sr. Intendente, a los diputados departamentales por Soriano, y a las Asociaciones de Jubilados de Soriano.
Muchas Gracias