Desde este lunes rige el plazo de 120 días, donde los propietarios de vehículos tendrán exonerados los costos asociados a los reempadronamientos (matrícula y libreta), posibilitando de esta manera empadronar en el lugar donde viven.
La documentación requerida para realizar el trámite ante la oficina de Tránsito es la siguiente:
- cédula de identidad del titular
- Documento de Identificación Vehicular (DIV) y matrículas originales.
- Seguro Obligatorio de Automotores (SOA).
- Recibo o factura de servicios públicos (UTE, OSE o ANTEL) a nombre de quien realiza el trámite a los efectos de probar la residencia. También puede ser constancia de domicilio expedida por la seccional policial o un Certificado notarial de residencia.
- Recibo de patente al día, o convenio firmado vigente por adeudos tributarios.
- Inspección Técnica Vehicular (que se realiza en la oficina de Tránsito).
- Si la unidad se trata de un camión (categoría fiscal B), debe tener Sistema Integral de Control de Transporte de Carga (SITRAC) al día expedido con el aval del MTOP.
- pago de un timbre de reempadronamiento de $ 210.
Comunicado IDS