Desde el 1º de mayo rige el plazo de 120 días, donde los propietarios de vehículos tendrán exonerados los costos asociados a los reempadronamientos (matrícula y libreta), posibilitando de esta manera empadronar en el lugar donde viven.
Así se dispuso en el Congreso de Intendentes, estableciendo los detalles de la operativa que se activa desde este lunes.
La documentación requerida para realizar el trámite ante la oficina de Tránsito es la siguiente:
- cédula de identidad del titular
- Documento de Identificación Vehicular (DIV) y matrículas originales.
- Seguro Obligatorio de Automotores (SOA).
- Recibo o factura de servicios públicos (UTE, OSE o ANTEL) a nombre de quien realiza el trámite a los efectos de probar la residencia. También puede ser constancia de domicilio expedida por la seccional policial o un Certificado notarial de residencia.
- Recibo de patente al día, o convenio firmado vigente por adeudos tributarios.
- Inspección Técnica Vehicular (que se realiza en la oficina de Tránsito).
- Si la unidad se trata de un camión (categoría fiscal B), debe tener Sistema Integral de Control de Transporte de Carga (SITRAC) al día expedido con el aval del MTOP.
- pago de un timbre de reempadronamiento de $ 210