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19 de March del 2022 a las 12:47 -
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Revocación de la pena de libertad a prueba por prisión efectiva por lo que le resta de cumplir
Ello debido a que incumplió medidas cautelares 

En relación a lo informado sobre denuncia recibida en Seccional 1ª por hurto de moto Winner Orión, KMZ 970, la que posteriormente fuera recuperada por personal de Seccional 3ª ante llamado a dependencia policial por aviso de que un masculino se encontraba con el vehículo hurtado. Identificado el denunciado quien se encontraba cumpliendo medidas cautelares dispuesta por la Justicia, ingresa en calidad de detenido en cumplimiento a lo ordenado por Fiscal de turno.
Celebrada audiencia en Juzgado Letrado de Primera Instancia de Mercedes de Primer Turno, Jueza Letrado Dra. Ximena Menchaca dispuso la revocación de libertad a prueba respecto a Christopher J. Castromán Oviedo de 18 años, disponiéndose su reclusión por el saldo de pena que le resta cumplir. 

LAS ACTUACIONES ANTERIORES
Se expidió la Justicia en relación a lo informado ante denuncia recibida en Seccional 1ª por hurto de moto y detención de masculino mayor de edad. Finalizada audiencia en Juzgado Letrado de Primera Instancia de Mercedes de Primer Turno, Jueza Dra. Ximena Menchaca dispuso la formalización respecto a C. J. C. O., por la presunta comisión de “un delito de hurto especialmente agravado, un delito de receptación y un delito de violencia doméstica especialmente agravado ”, todos en régimen de reiteración real”, como presunto autor inimputable se dispuso la internación en el Hospital Vilardebó por el plazo de 30 días.
Culminada audiencia en el Juzgado Letrado de Primera Instancia de Mercedes de Primer Turno, Jueza Dra. Ximena Menchaca dispuso la reformalización y condena por proceso abreviado respecto a Christopher J. Castromán Oviedo de 18 años, como autor penalmente responsable de “dos delitos de hurto especialmente agravados, un delito de receptación y un delito de violencia doméstica especialmente agravado, todos en régimen de reiteración real”, a la pena de 18 meses de prisión, la que se cumplirá de la siguiente forma: 2 meses de prisión de cumplimiento efectivo y los siguientes 16 meses de pena serán cumplidos en régimen de libertad a prueba bajo las obligaciones previstas.

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