El 26 de abril 2021 se produjo siniestro de tránsito con resultado fatal entre un camión y una moto en el bulevar de Florencio Sánchez, en el vehículo menor se conducía Milagros Osores de 17 años, quien falleció a raíz de las lesiones sufridas.
Familiares de la joven durante nueve meses de ocurrido el hecho sin que la Fiscalía se hubiera expedido en cuanto a eventuales responsabilidades en la ocurrencia de siniestro, anunciaron movilización para el 26 de enero 2022 con la finalidad de conocer en que etapa se encontraba la causa y saber si con las pruebas que se reunieron era posible alcanzar un pronunciamiento de la Fiscal de Rosario que está a cargo del caso Dra. Sandra Fleitas, y hasta ese momento reinaba el silencio.
El anuncio de la movilización llevó a que fueran convocados desde la propia Fisscalía para informarles sobre el estado de la causa, por lo que la concentración convocada para el 26 de enero 2022, se suspendió ya que el objetivo de poder saber sobre la causa se había logrardo y de alguna manera también ello significaba volver a poner el tema en el tapete.
La Fiscalía recibió a los familiares de Milagros acompañados por el asesor letrado de ellos, y a partir de allí el expediente cobró nuevo impulso, lográndose avanzar sobre las responsabilidades del conductor del camión y en base a las pruebas reunidas, la Fiscalía y la Defensa del imputado conjuntamente con éste, arribaron a un acuerdo para transitar el proceso abreviado lo que fue ratificado en el el Juzgado de Primer Turno de Rosario a cargo de la Dra. Bettina Duter.
La Magistrada procedió a dictar sentencia por la cual se condenó a José Ramón Portal Pérez, como autor penalmente responsable de la comisión de un delito de homicidio culposo en calidad de autor a la pena de 24 meses de prisión a cumplir en régimen de libertad a prueba con las siguientes condiciones:
Los primeros 12 meses cumplirá arressto domiciliario nocturno de 22.00 a 6.00 horas en su domicilio fijado en la ciudad de Cardona en la dirección señalada en la sede judicial y para los restantes 12 meses deberá: fijar residencia en un lugar determinado donde sea posible la supervisión de la OSLA; sujeción a la orientación y vigilancia permanente de la mencionada oficina; presentación una vez por semana en la seccional policial 11a. de Cardona, sin permanencia; prestación de servicios comunitarios por 8 horas; retención de la licencia de conducir por 10 meses la que quedará en poder Fiscalía y se reintegrará cumplido ese plazo; prohibición de salir del país durante la totalidad de la condena oficiándose a Dirección Nacional de Migración.
Conssultada la mamá de Milagros, Andrea Osores, tras el fallo de la Justicia se limitó a señalar: "Por lo menos mi hija descansará en paz, ella iba con casco, sin celular, fue una negligencia de este hombre".