Se acordaron los criterios y se recordaron las disposiciones para la colocación de la propaganda en vía pública, resaltando entre todos los actores, las zonas y espacios a preservar.
En este caso se puso en conocimiento la vigencia de la reglamentación municipal sobre Propaganda Política, incluida en los decretos 1.934 y 1.935. Estos destacan especialmente la prohibición de la aplicación de todo tipo de pintura directamente en árboles, aceras, cordones y columnas, así como la utilización de clavos y alambres para fijar y colgar medios materiales de propaganda en árboles.
Además se solicita evitar pegar afiches en columnas, carteles y otros ornamentos; sobre todo cuando se utilice pegamento que luego queda adherido a la superficie de estos elementos.
Para el caso de las cordoneras, éstas deben ser de papel y solo se podrán pegar con engrudo, sin tapar señales de tránsito de los cordones. No se puede usar pintura para los cordones.
Si van a pintar la calzada de las calles, solo podrá hacerse con pintura al agua, estando prohibido el uso de pinturas al aceite y esmaltes sintéticos.
También se solicita respetar lugares, horarios e intensidad de la propaganda sonora que se realice.
Se acordó no autorizar la colocación de cartelería (pasacalles, columneras, cordoneras, afiches, etc.) en las todas plazas, ramblas, sendas peatonales, semi peatonales y edificios públicos de todo el departamento, al tiempo que se agregan medidas especiales para lugares de Mercedes, Dolores, Cardona y otras localidades.
En Mercedes no se puede colocar propaganda de ninguna especie en plazas, espacios públicos como semipeatonales, muros del estadio “Köster”, cementerio central, pilares del puente “Gral. Seregni” en rambla Carlos F. Sáez, entre otras edificaciones públicas. Tampoco en los terraplenes del trébol de los accesos por ruta 14 antes de la rotonda de Wilson Ferreira Aldunate.
Se autoriza la colocación de columneras en Avenida Luis A. de Herrera, desde la rotonda de Wilson Ferreira Aldunate hasta plaza del Encuentro, solo en las columnas de alumbrado público de hormigón, no así en las farolas con caños de metal. En ese tramo se autoriza la colocación de cordoneras, menos en la rotonda del monumento a la bandera de Soriano. Únicamente se podrán poner pasacalles y columneras en Avenida Zorrilla de San Martín desde 19 de Abril hasta rambla Francisco M. Ubillos (no en la caminería interna del parque “Guernika”) y en Camino Julio Gil Méndez desde puente Caviglia hasta acceso al parque “Mauá”.
En Dolores deberán estar libres de propaganda la rambla costanera, zona del Camoatí y la península “Timoteo Ramospé”; en tanto en Cardona se prohíbe colocar carteles y similares en parque “Cazeaux”, lo mismo que en el parque “33 Orientales” de Rodó, en plazoletas y senda peatonal de Palmitas, y en todos los parques públicos y plazas de las demás localidades.
Además, se prohíbe colocar pasacalles en las nuevas columnas metálicas del alumbrado público.
De constatarse violación a las normas, se procederá conforme a las reglamentaciones en vigencia.
Además, se acordó el procedimiento para solicitar autorización y apoyo a la Intendencia de Soriano para la realización de actos y caravanas que impliquen la intervención en espacios públicos y en calles.
Los representantes de los comandos de campaña presentes en la reunión se comprometieron a transmitir a sus distintos grupos, los alcances de lo convenido.
La Intendencia de Soriano insta a los militantes por las dos opciones en el referéndum, a cuidar los espacios públicos al colocar de propaganda electoral, solicitando que al momento de colocar cartelería en vía pública se tomen en cuenta estas reglamentaciones, pero que por sobre todo prime el sentido común, evitando afectar la infraestructura pública que es patrimonio de todos.