Mostrar publicidad
14 de November del 2021 a las 11:24 -
Tweet about this on TwitterShare on FacebookShare on LinkedInPin on PinterestEmail this to someone
Cómo operaban los estafadores que tenía como cabecilla de la asociación para delinquir a una mujer, su pareja era el chofer y otra femenina la que iba a buscar la plata
Del relato de algunos de los casos surgen dudas respecto del conocimiento de la víctima y de su entorno, que seguramente hará que se profundice la investigación

Este viernes en sede del Juzgado Letrado de Primera Instancia de Mercedes de Primer Turno, a cargo de su titular Dra. Ximena Menchaca (foto 1), asistida por la receptora Natalia Turuani, se llevó a cabo audiencia de formalización y condena por proceso abreviado en la investigación que le lleva a cabo la Fiscalía Departamental de Mercedes de 2º Turno a cargo de su titular la Dra. Silvana Mastroianni, a los imputados María Florencia Islas Cupla, Marcelo Santiago Pérez Villa y Agustina Perrone Martínez, relacionados con los casos de estafas, algunos concretados y otros que no llegaron a concretarse que venían generándose tanto en Mercedes, como en Dolores y Cardona, en este caso por jurisdicción se juzgaban los de Cardona y Mercedes, ingresados en la Fiscalía de 2º Turno, porque sabemos que también hay casos en la Fiscalía de Primer Turno.
En sala las Defensas, por un lado el Dr. Raúl Estomba (foto 2) en representación de Islas y Pérez y por el otro la Dra. Paula Gutiérrez asistiendo a Perrone.

LOS HECHOS INVESTIGADOS
Fiscalía a través de la Dra. Silvana Mastroianni procedió a realizar la relación de hechos investigados por los cuales solicitó la formalización de la investigación que se les seguía a estas tres personas.

CASO CARDONA
Surge de la investigación que la imputada Florencia Islas utilizó engaños artificiosos que indujeron al error a la víctima A... de 83 años procurándose para sí un provecho económico injusto en daño de otro y en otra oportunidad intentó inducir a error a la víctima L... de 86 años y S... de 69 años con el fin de procurarse para sí y para los demáss un provecho económico injusto en daño de estas, en estas dos últimas ocasiones siendo impedido ssu accionar delictivo por causas ajenas a su voluntad, las víctimas llamaron a sus familiares y las advirtieron quqe se trataba de estafas. 
Por su parte Agustina Perrone que era quien una vez Islas convencía a las víctimass iba a levantar el dinero al domicilio de las mismas, mientras que Santiago Pérez las trasladaba en el automóvil hassta los distintos lugares en este caso al departamento de Soriano para que éstas pudieran perpetrar las estafas y asimismo se repartían el dinero producto de las estafas.
Mediante el abonado 099 181 260 Islas llamaba a personas mayores de edad, se hacía pasar por familiares, nieta o hija, les solicitaba que retiraran el dinero del banco o que entregaran el dinero que tenían en la casa ya que el peso uruguayo estaba por devaluar, cosa que realizó la víctima A... a la imputada Perrone la que entregó el dinero con que contaba, mientras Perrone iba al domicilio, Islas y Pérez, la esperaban en el vehículo cerca del lugar.
Por su parte Florencia Islas y Santiago Pérez son pareja y fue Islas quien le ofreció a Perrone para participar en estoss ilícitos.
El 26 de octubre 2021 aproximadamente a la hora 11.00 la víctima A... de 83 años recibió un llamado telefónico a su número de telefonía fija 4536 ... (Cardona) de una femenina que decía ser su nieta, tratándose de la imputada Islas, diciéndole que e encontraba junto a su madre, hija de la víctima, en el banco, escuchando que lloraba de fondo una persona y su supuesta nieta le decía mamá que te pasa, manifestando la imputada en ese momento que la moneda estaba devaluando y que tenía que entregar en un sobre amarillo a nombre de Laura Vidal código de reserva 2332/B Banco República 18234612 toda la plata que tuviera en su casa, a una muchacha que iba a pasar a buscar el dinero y que a las 14.30 horas concurriera al banco.
Pasados 10 minutos la imputada Perrone concurrió al domicilio de la víctima, entregando esta última la suma de US$ 3.767 (dólares americanos), E 9.425 (euros) y $ 20.550 (pesos uruguayos), describiendo a la imputada físicamente y como vestía.
El hecho quedó registrado en las cámaras de seguridad de la zona.
Posteriormente la señora A... concurrió al banco alrededor de las 14.20 horas, tal como le había dicho la imputada percatándose en ese acto que había sido estafada, radicando la denuncia.
Pérez trasladó desde Montevideo hasta Cardona a las imputadas Islas y Perrone y luego las regresó a dicha ciudad, repartiéndose el dinero obtenido del ilícito.

CASOS DE MERCEDES
El día 10 de noviembre 2021, aproximadamente a las 13.20, la víctima L... de 86 años recibió un llamado telefónico a su línea de telefonía fija 4532 .... (Mercedes) desde el abonado 099 181 260 de una femenina que decía ser su bisnieta, que se trata de la imputada Islas y se identificaba como Romina, diciéndole que estaba con ssu padre Ruben y la madre Marcia quien es hija de la víctima, que estaban en Mercedes e iban al Banco BROU y que tenía que concurrir ella también a sacar la plata porque el peso se estaba devaluando. La víctima L... le manifestó que demoraba como media hora en aprontarse cortando la comunicación.  
Luego la llamó nuevamente, escuchando de fondo que hablaba con otras personas, repitiéndole que tenía que ir al banco y consultándole si tenía un papel y un lápiz para anotar un nombre, respondiéndole que si y le pasó el nombre de Laura Vidal, tal como le solicitó la femenina, la imputada Islas, cortándose la comunicación. 
Posteriormente la víctima se comunicó con su nieto N... próximo a las 13.28 manifestándole lo sucedido y radicando éste la denuncia respectiva.

El mismo día, 10 de noviembre 2021, próximo a la hora 12.40, la víctima S... de 69 años recibió un llamado telefónico en su línea de telefonía fija 4532 .... (Mercedes), desde el abonado celular 099 181 260 de una femenina que le dice "¿quién es la más linda?", tratándose de la imputada Islas, expresión que utiliza su nieta Fiorella, novia de su sobrino nieto Nicolás, manifestándole ésta que no le reconoce la voz, diciéndole Islas que estaba enferma de la garganta, que tenía llagas, por tal motivo no había ido a trabajar. Continuando con la conversación le dice en tono angustiado que tenía un problema familiar y que su madre se había llorando a lo de L... hermana de la víctima. Luego le manifiesta que L... y A... se encontraban en la ciudad de Cardona en el Banco República, porque la moneda había devaluado, le ssolicita que anote el nombre de Laura Vidal código de reserva 2332/2 y le dice que L... le enviaría un taxi a su casa para ir al banco de Cardona, y le pregunta cuanto dinero tiene en el banco, a lo que la víctima le responde "ni idea, vos sabés Fiorella que trabajás en el banco". Acto seguido le pregunta si tenía dinero en la casa, contestando la víctima que no, por lo que le resulta extraña la conversación, por lo que la víctima le dice que se iba a poner en contacto con su hermana, que le diera el número de teléfono para comunicarse, a lo que la femenina le dice que más tarde se comunicara con ella, cortando la comunicación.
Luego la víctima llama al Banco República, así como a sus familiares, constatando que nada de lo que le dijo la imputada, era así, radicando la denuncia.

EL OLFATO POLICIAL DEL PERSONAL DE INVESTIGACIONES TERMINA CON LAS ANDADAS DE ESTE TRIO
Los imputados el 10 de noviembre 2021 fueron controlados por personal de Investigaciones en el parque Guernica de Mercedes, encontrándose en el vehículo Chevrolet modelo Sedán matrícula AAP 1245 siendo trasladados a la oficina de Investigaciones, ya que las características físicas de una de las femeninas coincidía con las de una de las personas que estaba siendo investigada por el delito de estafa ocurrido en jurisdicción de Seccional 11a (Cardona) mencionado más arriba y en el asiento trasero del referido vehículo había un saco de color negro y unos zapatos de vestir femeninos, similares a los utilizados en dicho reato.
Una vez en la oficina, la imputada María Islas se descartó del celular que portaba consigo, lo cual visto por el funcionario policial P.N. que se encontraba en la habitación, tratándose del abonado 099 181 260 el cual fue utilizado para perpetrar los intentos de estafa ese missmo día.
En dicho aparato celular aparecen 28 llamadas realizadas a distintos abonados de línea de Mercedes el día 10 de noviembre 2021, como así también los números de abonados de las víctimas relacionadas, es decir que el día 10 de noviembre se realizó a la hora 13.19 la llamada al número de telefonía fija 4532 .... (Mercedes) perteneciente a la víctima L... y a la hora 12.43 se realizó una llamado al número 4532 .... perteneciente a la víctima S... 
Una vez practicada inspección en el vehículo de los imputados se procedió a la incautación de $ 13.309, 5 euros, US$ 52, una chaqueta de color negro de dama, un par de botas de color negro, una polera de color gris de dama, una blusa de color salmón a cuadros, una campera de niña, bolso de dama tipo cartera de color beige.
Surge de la investigación que los imputados viajaron desde Montevideo a Mercedes tanto el 26 de octubre 2021 como el 10 de noviembre 2021 de acuerdo a la información brindada por los pasajes por los peajes de los vehículos.

LA TIPIFICACION DE FISCALIA
Para la Fiscalía la conducta de los imputados encuadra en los artículos del Código Penal relacionados con un delito de asociación para delinquir en concurso fuera de la reiteración, con reiterados delitos de estafa, doss de ellos en grado de tentativa y todos en reiteración real, Islas en calidad de autora, mientras que Perrone y Pérez en calidad de coautores para los delitos de estafa y en calidad de autores para el delito de asociación para delinquir.

LAS DEFENSAS NO PLANTEARON OBSERVACIONES Y LA JUEZA
Por su parte tanto el Dr. Estomba como la Dra. Gutiérrez, no se opusieron a la solicitud de formalización en base a los elementos presentados por Fiscalía y al haber tenido acceso a la carpeta investigativa y examinado los hechos con sus defendidos.     Por lo tanto la Dra. Ximena Menchaca procedió a formalizar la investigación en los casos mencionados considerando la tipificación solicitada por Fiscalía.

FISCALIA INFORMA DEL ACUERDO PARA TRANSITAR PROCESO ABREVIADO, Y LA DRA MENCHACA FALLA RATIFICANDO EL ACUERDO PREVIO RECABAR LOS CONSENTIMIENTOS DE LAS PARTES
Seguidamente la Fiscalía por medio de la Dra. Mastroianni informa que se ha arribado a acuerdo para transitar el proceso abreviado y en base a ello deduce acusación, en base a la tipificación antes mencionada, y dio a conocer las penas acordadas para cada uno de los imputados.
Las Defensas no plantearon observaciones ya que fue lo que se definió en acuerdo con sus defendidos en forma libre y voluntaria, considerando que era lo mejor para ellos en esta instancia y los propios imputados también consintieron ante la consulta de la Magistrada.
Teniendo en cuenta todo ello, la Dra. Ximena Menchaca, procedió a dictar sentencia ratificando los términos del acuerdo arribado entre las partes, por los cuales procedió a condenar:

a María Florencia Islas Cupla como autora penalmente responsable de un delito de asociación para delinquir, en concurso fuera de la reiteración con reiterados delitos de estafa, dos de ellos en grado de tentativa y todos en reiteración real, a la pena de 15 meses de prisión de cumplimiento efectivo  

a Marcelo Santiago Pérez Villa por la comisión de un delito de asociación para delinquir en concurso fuera de la reiteración, con reiterados delitos de estafa, dos de ellos en grado de tentativa, todos en reiteración real, en calidad de autor y coautor respectivamente, a la pena de 13 meses de prisión a cumplirse: 3 meses de cumplimiento efectivo, 10 meses de libertad a prueba, debiendo cumplir las siguientes obligaciones: residir en un lugar determinado donde sea posible la supervisión por la OSLA, sujeción a la orientación y vigilancia de la mencionada oficina, tres meses de arresto domiciliario total, a partir del 8º mes presentación una vez por semana en la seccional policial del domicilio fijado y un mes de trabajo comunitario a razón de 2 horas diarias una vez por semana.

a Agustina Perrone Martínez por la comisión de un delito de asociación para delinquir en concurso fuera de la reiteración, con reiterados delitos de estafa, dos de ellos en grado de tentativa, todos en régimen de reiteración real, en calidad de autora y coautora respectivamente, a la pena de 15 meses de prisión que será cumplido de la siguiente manera: 4 meses de prisión de cumplimiento efectivo, 11 meses de libertad a prueba debiendo residir en lugar determinado donde sea posible la ssupervisión de la OSLA, sujeción a la orientación y vigilancia de la referida oficina, 4 meses de arresto domiciliario total, a partir del 9º mes presentación una vez por semana a la seccional policial correspondiente a su domicilio, un mes de trabajo comunitario dos horas por día una vez a la semana, en este caso la pena de prisión efectiva se cumplirá luego de haber cumplido los 4 meses de arresto domiciliario total.
               
DEFENSAS PLANTEAN POSIBILIDAD DE CUMPLIR RECLUSION EN UNIDAD 24 DE PENSE
Tanto el dr. Estomba como la Dra. Gutiérrez, tras consentir la sentencia, al igual que Fiscalía, los defensores, reconociendo que no es potestad de la Sede, sino del INR, solicitaron se dejara constancia del interés que sus defendidos cumplan la pena de prisión efectiva en la Unidad 24 del INR en Pense.

*********

INFORMACION OFICIAL: Continuando con las actuaciones en relación a procedimiento llevado a cabo por personal del Área de Investigaciones Zona Operacional 1 por estafas y detención de tres personas mayores de edad.
Culminada audiencia en Juzgado Letrado de Primera Instancia de Mercedes de Primer Turno, Jueza Dra. Ximena Menchaca dispuso la formalización y condena por proceso abreviado respecto a:
1 – María Florencia ISLAS CUPLA de 29 años de edad, como autora penalmente responsable de “un delito de asociación para delinquir en concurso fuera de la reiteración con reiterados delitos de estafa, dos de ellas en grado de tentativa, y todos en reiteración real”, a la pena de quince (15) meses de prisión de cumplimiento efectivo.
2 – M. S. P. V. de 27 años, por la comisión de “un delito de asociación para delinquir en concurso fuera de la reiteración con reiterados delitos de estafa,dos de ellas en grado de tentativa, y todos en reiteración real, en calidad de autor y coautor respectivamente”, a la pena de trece (13) meses de prisión a cumplir de la siguiente forma: tres (3) meses de prisión de cumplimiento efectivo y diez (10) meses de prisión a cumplir en régimen de libertad a prueba bajo las obligaciones previstas.
3 – A. L. P. M. de 22 años de edad, por la comisión de “un delito de asociación para delinquir en concurso fuera de la reiteración con reiterados delitos de estafa, dos de ellas en grado de tentativa, y todos en reiteración real, en calidad de autor y coautor respectivamente”, a la pena de quince (15) meses de prisión a cumplir de la siguiente forma: cuatro (4) meses de prisión de cumplimiento efectivo y once (11) meses de prisión a cumplir en régimen de libertad a prueba bajo las obligaciones previstas.

                                                                                  

(5948)


COMENTARIOS

Quiere comentar esta noticia?

* Campos obligatorios
* Nombre:
* Correo Electrónico:
* Comentario:
* Caracteres
Composite End
WordPress Appliance - Powered by TurnKey Linux