Confirmando todo lo que adelantara @gesor la Jefatura de Policía de Soriano informó que en el marco de “Operación Cash” trabajó personal de Brigada Departamental Antidrogas a cargo de la Fiscal de Dolores Dra. Ana Martinez, la que demandó más de cinco meses de investigaciones por bocas de venta de sustancias de estupefacientes, en la ciudad de Dolores.
Se efectivizaron varios allanamientos con colaboración del personal de Grupo Reserva Táctica, Área de Investigaciones Zona Operacional 1 y Unidad K9 en jurisdicción de Seccional 5a, procediendo a la detención de seis personas mayores de edad y a la
incautación de ocho celulares, dinero en efectivo ($ 211.775 y US$ 100) y clorhidrato de cocaína; lográndose la desarticulación de tres bocas de venta.
Enterada Fiscal actuante dispuso que los indagados ingresen en calidad de detenidos y actuaciones a seguir.
Cumplida audiencia en Juzgado Letrado de Primera Instancia de Dolores de Primer Turno, Juez Dr. Dany Atahides dispuso la formalización y condena por proceso abreviado respecto:
1 – A la indagada Carla Déborah Andriolo Espíndola (34 años), como autora penalmente responsable de la comisión de “un delito continuado de tráfico de sustancias estupefacientes agravados por utilizar su hogar para dicha actividad”, a la pena de 4 años de penitenciaría de cumplimiento efectivo.
2 – a Líder Alexander Arballo Olivera (25 años, quien es pareja de la anterior), como autor penalmente responsable de la comisión de “un delito de asistencia al narcotráfico en calidad de autor y a título de dolo directo”, a la pena de 2 años de penitenciaría, en régimen de libertad a prueba bajo las obligaciones previstas.
3 – a Laura Jennifer Andriolo Espíndola (21 años), como autora penalmente responsable de la comisión de “un delito continuado de tráfico de sustancias estupefacientes agravado” a la pena de 4 años de penitenciaría de cumplimiento efectivo.
4 - Al imputado Richard Sebastián Aranda Faller (25 años, pareja de la femenina que quedó en libertad), como autor penalmente responsable de la comisión de “un delito de tráfico de sustancias estupefacientes en la modalidad de negociación en calidad de autor y a título de dolo directo” a la pena de 3 años de penitenciaría de cumplimiento efectivo.
5 - Condenó a Héctor Aalejandro Andriolo Espíndola (37 años), como autor penalmente responsable de la comisión del delito previsto en los artículos 33 y 34.1 de la ley 19.574; esto es “un delito de asistencia al narcotráfico” a la pena de 3 años de penitenciaría de cumplimiento efectivo.
6 – Se dispuso el cese de la detención respecto de la femenina R. E. A. E. (30 años).