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23 de September del 2021 a las 07:46 -
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En forma reiterada agredía a su esposa, ambos mayores de edad, una hija lo denunció, no podía quedarse en pie de lo alcoholizado que estaba, fue formalizado
Se le aplicó reiterados delitos de violencia doméstica con medidas limitativas y tendrá que portar tobillera electrónica por 90 días

Con fecha 19 del presente mes toma intervención personal de Seccional 12a. de Palmar ante puesta en conocimiento por parte de una femenina mayor de edad que su progenitor concurrió a su domicilio en estado de ebriedad no sabiendo con que intenciones ya que no es la primera vez que concurre y agrede a su progenitora de lo cual nunca radicaron denuncia.
Personal de la citada dependencia concurre al domicilio del denunciado donde pretendía retirarse en su vehículo y ante solicitud de los funcionarios el mismo desciende de su auto, observando que el mismo no podía mantenerse de pie, siendo trasladado a dependencia policial.
Enterada Jueza de Paz Dra. Natalia Esteche dispuso que ingrese en calidad de detenido y actuaciones a seguir. En cumplimiento a lo ordenado se procedió a efectuar espirometría dando como resultado 2.25 grs/a/s.
Enterado Juez de Paz de 11° Sección dispuso prohibición de toda comunicación relacionamiento y contacto en forma directa y/o a través de terceros y por cualquier medio con la víctima y sus hijos, prohibiéndosele presentarse en su domicilio, lugares donde ésta frecuenta, señalándose un predio de exclusión de 500 metros por el plazo de 180 días.
En cumplimiento a lo dispuesto toma conocimiento oficina de Comisaría Especializada  en Violencia Doméstica y Género de Mercedes continuando con las actuaciones, procediéndose con la detención del indagado y conducción.
Culminada audiencia en Juzgado Letrado de Primera Instancia de Mercedes de Primer Turno, Jueza Dra. Ximena Menchaca dispuso la formalización con medidas limitativas respecto a P. A. C. C., por la “presunta comisión de reiterados delitos de violencia doméstica especialmente agravados”, bajo las obligaciones previstas y la utilización de dispositivo de monitoreo electrónico por el plazo de 90 días.

 

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