El Juzgado Letrado en lo Contencioso Administrativo de 3º Turno se expidió sobre el recurso de amparo interpuesto por ciudadanos de Mercedes y Fray Bentos, incluyendo los Diputados de Soriano y Río Negro por el Frente Amplio, contra la Administración de los Ferrocarriles del Estado (AFE), desestimando la solicitud de quienes se oponen al "desmantelamiento de la vía férrea" ubicada en el puente "Líber Seregni" sobre el río Negro, que une Soriano con Río Negro.
El fallo del mencionado Juzgado señala que comparecieron los actores "a promover acción de amparo contra AFE expresando que han tomado conocimiento informal el 4/7/2021 de la resolución de AFE que orden en definitiva el desmantelamiento de la vía de ferrocarrilles que se encuentra sobre el puente Liber Seregni que une los departamentos de Soriano y Río Negro a la salida de la ciudad de Mercedes en continuación con la ruta nacional Nº 2".
Los firmantes entienden "que se viola el principio de igualdad de sus habitantes en tanto se les priva de la posibilidad de acceder a los servicios ferroviarios en forma parcialmente definitiva, ya que al eliminarse el tramo de la vía correspondiente al puente que da accesibilidad sobre el río Negro y no existiendo otra forma de acceso razonable, la ciudad de Fray Bentos queda aislada del modo ferroviario en forma permanente, siendo la única capital que está en esta situación en relación a Montevideo".
Por otra parte los vecinos de las ciudades y pueblos del departamento de Soriano, sigue diciendo el escrito del Magistrado, "que se encuentran en la ruta del tren quedan inhabilitados de utilizar la posibilidad de acceso de sus productos y personas al puerto de Fray Bentos".
Seguidamente señala que "puede argumentarse que en la actualidad ese servicio no se estaba cumpliendo no obstante tal cosa puede ser atribuida a una decisión u omisión de las autoridades. Asimismo se ha mencionado como excusa que dicho puente no estaría resistiendo el peso de trenes de carga.
Debería considerarse la posibilidad de reforzar dicho puente o bien realizar los estudios para un puente alternativo".
Más adelante la Sede en sus consideraciones entiende que "no puede hablarse que la resolución del directorio trajo el desmantelamiento de la vía férrea, la incomuninación de la población y afectación de actividades cuando la línea está inactiva hace al menos 20 años. Así lo declaró en audiencia el testigo Williams Hugo Kelland Alfonsín, director de AFE a fojas 126 "... Está inactivo desde el 2012/2013 por línea Algorta - Fray Bentos. La línea San José - Fray Bentos está inactiva desde el año 98...". y Fernando Silveira gerente general de AFE a fojas 128 "se cedió mediante un acuerdo entre AFE y el MTOP por 30 años la utilización y conservación del puente que se va a rehabilitar para transporte carretero de acuerdo al requerimiento de un contrato ROU - UPM que requiere una capacidad de carga mayor a la que tiene actualmente. Como es un puente con una particularidad que comparte el puente bimodal y ferroviario comparten la estructura con lo cual en la rehabilitación entendió el MTOP que debía eliminar el componente ferroviario en ese puente y a cambio de comprometió a la construcción de un nuevo puente paralelo a este una vez que AFE tenga previsto la rehabilitación de la totalidad de la línea, en este caso va de San José a Fray Bentos. Es una línea esta que está inactiva sin mantenimiento de por lo menos hace 20 años, lo cual lleva a una inhabilitación en caso de quererla rehabilitar, y hasta el momento no ha recibido el director de AFE una propuesta de un interesado en transportar carga, sí se habla de proyectos de potenciales clientes pero hasta el momento no hay ningún proyecto en estudio. Algunos fundamentos son esos. Hay fundamentos estructurales del puente. El puente no ha tenido mantenimiento como el resto de la vía, por lo menos la parte ferroviaria...".
Por lo argumentos expuestos "al no acreditarse la ilegitimidad manifiesta se desestimará la demanda en todos su términos".
El fallo expresa: "Desestímase la demanda de amparo".