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24 de August del 2021 a las 07:52 -
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Uno de los hijos de su pareja, fue imputado por el homicidio de Darwin Pintos Vera, dijo que lo hizo en defensa de su madre, la Fiscal señaló que no había hecho previos que previeran un desenlace así
El presunto homicida cumplirá prisión preventiva por 120 días mientras culminan algunas pericias y pese a cobrar pensión por incapacidad, fue declarado imputable por parte de siquiatra

En Sede del Juzgado Letrado de Primera Instancia de Primer Turno, a cargo de su titular, Dra. Ximena Menchaca, asistida por la receptora Natalia Turuani, se llevó a cabo este lunes, audiencia de formalización en la investigación que le lleva a cabo la Fiscalía Departamental de 2º Turno representada en la oportunidad por su titular Dra. Silvana Mastroianni y las Fiscales Adscriptas Dras. Loreley Escobar y Vanesa Pereira, a quien se encuentra imputado como presunto autor del homicidio de Darwin Pintos Vera, el joven de 26 años de iniciales E.R.G.A. que estuvo asistido por la Defensoría Pública representada por la Dra. Eliana Miegge.

EL RELATO DE LOS HECHOS REALIZADO POR FISCALIA
A la hora de relatar los hechos que llevan a imputar a E.R.G.A. como presunto autor del homicidio de la pareja de su madre, la Fiscal Dra. Mastroianni señaló que con fecha 22 de agosto, el imputado dio muerte a su padrastro Darwin Orlando Pintos Vera de 44 años, utilizando para ello un cuchillo.
Pintos era pareja desde hace 11 años de la madre del imputado, viviendo actualmente en el barrio Pense, junto a tres de los hijos de esta mujer, el imputado, otros dos, así como dos nietos. Desde hace dos semanas también se encontraban de visita en la casa otra de las hijas de la mujer junto a su pareja y sus dos menores hijas, ya que este hombre estaba trabajando, haciendo una changa junto a Pintos en un monto de eucaliptos en la zona de paraje Pense.
También estaba de visita desde el 14 de agosto, otro de los hijos de la pareja de Pintos.
El hogar familiar está ubicado en camino Pense, frente a la Escuela 25, una zona rural, a la cual se ingresa a través de un camino que dista unos 50 metros de la calle y está compuesta de varias construcciones.
El sábado 21 de agosto luego de cenar todos juntos, el occiso junto a su pareja y varios de los hijos y las parejas de éstos sobre las 23.00 horas deciden concurrir caminando al bar que funciona como tal y también tiene maquinitas, ubicado a la vuelta de la casa de los mencionados, a unos 500 metros.
Sobre las 0.30 horas una de las hijas con su pareja regresaron a la casa donde habían quedado uno de los hijos de la mujer del occiso y los menores de edad. Sobre la 1.30 también lo hizo otra de las mujeres, que se acostó a dormir.
En el bar, la víctima y el imputado estuvieron ingeriendo bebidas alcohólicas sin ningún inconveniente entre ellos, jugando al pool y conversando.
Pasadas las 3.30 de la madrugada en momentos que Pintos fue al baño en el bar, su pareja se quería ir por lo que le dijo a un testigo que cuando llevara a su hijo en moto hasta la casa, le dijera que no hiciera ruido porque uno de sus hijos estaba durmiendo y tenía que levantarse temprano a trabajar. En eso aparece la víctima, a quien el testigo le comenta lo expresado por la pareja de Pintos, por lo que éste se molestó con su pareja, tomándola del buzo a la altura del pecho, lo que fue visto por el imputado, quien atinó a propinarle un golpe de puño en la cara a su padrastro, el cual cayó al suelo, comenzando a sangrar, siendo separados por las personas allí presentes.
Ante el incidente, uno de los hijos de la mujer, llama a dos de los hermanos que estaban en la casa y como no atendieron les envió un mensaje avisándoles que hubo una pelea entre Pintos y Raúl. La mujer de la víctima y uno de sus hijos deciden retirarse caminando y luego de media cuadra, el testigo le ofreció a la mujer arrimarla en la moto hasta la casa, continuando el hijo de aquella caminando solo. Más atrás venía caminando la víctima.
Cuando la mujer llega a la casa, despertó a uno de sus hijos que había quedado durmiendo (Fabio) para contarle que Pintos estaba enfurecido porque Raúl le había quedado y que había dicho que iba a apuñalar a todos en la casa, por lo que aquel se levanta.
Luego fue a despertar a su hija Daniela, a quien le solicitó que la acompañara hasta el bar para traer al imputado Raúl y a Pintos, contándole lo sucedido en el bar, accediendo la testigo a acompañarla.
Salieron hacia el bar la pareja del occiso, junto a Daniela y Nicolás, cruzándose en el camino a 100 o 150 metros con Pintos, que venía en la moto junto al testigo F.G. el cual lo dejó allí y continuó la marcha. Viendo los tres mencionados que Pintos tenía el ojo izquierdo hinchado y estaba sangrando, por lo que regresan los cuatro juntos hacia la casa, recriminándole Pintos a su pareja, que por su culpa Raúl le había pegado porque había inventado que él le quiso pegar a ella.
Al llegar a la entrada a su domicilio por camino Pense y antes de ingresar por el camino que se accede a la vivienda, se encuentran con Fabio que esperaba en el lugar quien se puso a conversar con Pintos para tranquilizarlo, ya que se encontraba ofuscado por lo sucedido previamente en el bar.
La pareja de Pintos y el hijo de ella Nicolás se retiran para la finca, mientras que Daniela se queda cerca para ver si la víctima se calmaba.
Fabio siguió la conversación con Pintos expresándole que borracho como estaba no iba a solucionar nada, que se tranquilizara y que mañana hablaban cuando estuviera fresco.
En ese momento fue cuando llegó el imputado, a lo que la víctima comenzó a insultarlo y provocarlo diciéndole textual "vos puto de mierda vení a pegarme ahora, te agarré del cogote en el bar pero me sacaron, dale vení", pero Raúl no contestó y siguió hacia su vivienda a lo que la víctima comentó "este se fue a calzar" haciendo referencia a que iría a buscar algo para pelear o un cuchillo.
Momentos después aparece el imputado con un cuchillo en una de sus manos, de unos 15 cm de hoja aproximadamente y cabo de guampa color crema, a lo que Pintos le decía "dale pegame, vamos a pelear", mientras que buscaba algo para defenderse. En un momento cruzó la calle hacia el lado de la Escuela 25, pasó el alambrado e ingresó al predio de dicha institución en la zona donde hay una cancha de fútbol, siendo seguido de atrás por Raúl, comenzando después a pelearse hasta que en un momento el imputado le propinó dos puñaladas con el cuchillo que portaba, una en la zona del abdomen y otra en el pecho, cayendo al piso Pintos, falleciendo en el lugar. Todo lo que fue visto por los testigos Daniela Fernández y Fabio Espinosa.
Cuando comenzaron a pelearse Pintos y Raúl en el predio de la escuela, Daniela, la hermana del imputado, llamó al Servicio 911 contando lo sucedido y como estaba muy nerviosa le pasó el teléfono a su hermano Fabio para que continuara hablando, viendo ambos que Raúl se apartó del cuerpo del fallecido y se quedó contra el alambrado allí existente.
Posteriormente Daniela se acercó a Pintos tomándole el pulso constatando que no tenía, le levantó el buzo y vio una herida que sangraba. 
Luego fue a avisar a su progenitoria de lo ocurrido y a despertar a su hermana Mercedes.
La pareja de Pintos salió de la casa hasta el lugar del hecho viendo que su pareja estaba todo ensangrentado y tenía dos puntazos en el pecho y que su hijo Raúl se encontraba parado contra el alambrado ubicado al costado del camino de ingreso a su casa, donde luego fue encontrado por la Policía, el cuchillo utilizado por él para darle muerte a la víctima.
Dos funcionarios policiales habían concurrido al bar sobre las 3.20 horas porque se recibió un 911 que había una pelea fuera del mismo, tratándose de una pelea entre otras personas y previa a la de Pintos y el imputado. Al arribar ya no encontraron a nadie, entrevistándose con los allí presentes, realizando una recorrida por la zona para su ubicación pero al no localizar a nadie se retiraron.
Cuando estaban a la altura de camino Pense y Ruta 2 recibieron otro comunicado vía radial que había una persona herida con arma blanca en la zona de la Escuela 25 por lo que regresaron, viendo que había un masculino tendido en la cancha de la escuela referida que yacía sin vida, concurriendo posteriormente personal de Investigaciones y Científica realizando las tareas inherentes a sus cometidos, encontrándose el cuchillo de cabo de guampa tirado en el pasto en el mismo lugar donde la madre del imputado había visto que estaba parado su hijo Raúl.
Concurrió ambulancia de Vivem constatando el fallecimiento de Pintos por múltiples heridas de arma blanca. Se le efectuó espirometría al imputado arrojando como resultado 0,58 dg/lt de sangre.
Se practicó autopsia al occiso por Junta Médica del ITF en Montevideo surgiendo que todas las lesiones halladas presentan características de vitalidad, la herida mortal es la herida punzo cortante localizada en cara anterior de hemitórax derecho que en su trayecto lesiona el pulmón derecho penetra el pericardio y secciona la arteria aorta, lo cual determina un hemopericardio y hemotórax derecho que ocasiona la muerte por exanguinación, shock hipovolémico hemorrágico. La lesión encontrada en el primer dedo de mano izquierda podría corresponder con un intento de defensa, siendo la única herida con esas características.

¿INCAPAZ O INIMPUTABLE? IMPUTABLE
La familia de Raúl expresa que cobra una pensión por incapacidad ya que no sabe leer ni escribir, pero no está declarado incapaz y efectuada en el día hoy (lunes), pericia siquiátrica por parte del Dr. Danilo Postiglione, concluyó que el mismo tiene capacidad de apreciar el carácter ilícito de sus actos, asimismo agrega en la pericia, que en cuanto a los hechos por los cuales es detenido refiere, "le pegué con el puño a mi padrastro y luego lo corté con un cuchillo, él le estaba pegando a mi madre y yo la defendí". Ingirió cerveza previo a los hechos que le generaron un estado embriaguez semiplena  y voluntaria. No presenta trastornos de conciencia, su pensamiento es claro y concreto, su nivel intelectural está disminuido dado el retardo mental leve a moderado, sin alteraciones a nivel del humor. En su personalidad se destaca la pobreza ideoafectiva, pero sí concluye que está capacitado para apreciar el carácter ilícito de sus actos al momento de realizarlos.  

PRISION PREVENTIVA
La Fiscalía solicitó la prisión preventiva del imputado considerando que existe la semiplena prueba requerida referente a la existencia del delito y la participación del imputado en el mismo y teniendo presente la gravedad y las circunstancias en como se dio el homicidio, la pena a recae. Existe el peligro procesal de riesgo de fuga, no existe arraigo ya que no tiene empleo fijo. Teniendo presente la violencia generada, y que los testigos del hecho son familiares y por ende se puede ver entorpecida la investigación. Las lesiones que presenta el cuerpo de Pintos. No había incidentes previos que dieran a entender que pudiera pasar un hecho de esta naturaleza, En base a ello solicitó la prisión preventiva por 120 días, imputándole un delito de homicidio.

LA DEFENSA
La Defensa a cargo de la Dra. Miegge no tuvo observaciones que plantear a la solicitud de formalización planteada por la Fiscalía y en cuanto a la prisión preventiva como medida cautelar tampoco se opuso, pero sí al tiempo de la misma, entendiendo que en lugar de 120 días, podía acortarse a 60 días en virtud que lo que falta es posible hacerlo en menor tiempo y a la vez buscar un acuerdo con la Fiscalía junto con su defendido.

LA JUEZA FORMALIZO Y OTORGO MEDIDA CAUTELAR
Por su parte la Dra. Ximena Menchaca procedió a formalizar la investigación por un delito de homicidio y en cuanto a la solicitud de prisión preventiva como medida cautelar, la Magistrada concidió con la Fiscalía, inclusive en el plazo, por lo que la otorgó y por el término de 120, venciendo el 20 de diciembre 2021 a las 23.59 horas, salvo que surja algún cambio.
 

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