24 de August del 2021 a las 07:52 -
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Condenaron a la enfermera que se apoderó de celular de paciente con Covid-19 que falleciera
Deberá cumplir 12 meses de prisión en régimen de libertad a prueba con determinadas condiciones, incluyendo parte en arresto domiciliario y otra en trabajo comunitario.

En Sede del Juzgado Letrado de Primera Instancia de Primer Turno, a cargo de su titular, Dra. Ximena Menchaca (foto 1), asistida por la receptora Natalia Turuani, se llevó a cabo audiencia de formalización y condena solicitada por la Fiscalía Departamental de Mercedes de 2º Turno, representada en la ocasión por la Fiscal Adscripta Dra. Vanesa Pereira (foto 2), en la investigación que le seguía la Fiscalía a la enfermera N.M.A. de 44 años, por un delito de hurto especialmente agravado en relación al hurto del celular de un paciente con Covid-19 internado -que terminó falleciendo- en el área de CTI Covid de CAMS Mercedes, donde desempeña tareas dicha funcionaria, que fuera asistida por la Defensoría Pública, a cargo de la Dra. Ana Echeverría (foto 3).


La Fiscal Dra. Pereira dijo que la imputada se apoderó con sustracción de un celular propiedad de la víctima C.C. que se encontraba internado en el CTI de la mutualista CAMS cursando Covid-19.
Con fecha 8 de junio 2021 radicó denuncia M.Z.A.D. manifestando que su marido C.C. el 27 de mayo fue internado en el Sanatorio CAMS de Mercedes, en la sala de CTI Covid-19, falleciendo el 4 de junio.
La denunciante preguntó ese día por las pertenencias y el celular de su esposo, indicándole una de las enfermeras que se las iban a hacer llegar que ella no podía abrir la bolsa en la cual se encontraban.
El 5 de junio cuando enviaron el cuerpo para la empresa Cima, mandaron una bolsa de color rojo con un precinto de color blanco, procediéndose a la apertura el 8 de junio, notando la denunciante, faltante del celular de su esposo con el cual había ingresado internado el 27 de mayo, tratándose de un celular Samsung J2 Prime en buenas condiciones.
La denunciante envió un mensaje el 2 de junio, como lo hacía todos los días para ver como se encontraba, él no le respondió, recibiendo como respuesta un audio desde el celular de su esposo de parte de una enfermera en el que ésta decía que su esposo estaba descansando, que no lo llamara porque se saturaba mucho. Agregó que el teléfono de su esposo estuvo activo aun luego del fallecimiento del mismo, hasta el 5 de junio.
De informe de Antel surge que del 27 de mayo al 4 de junio dicho aparato se encontraba asociado al abonado de su esposa, el 5 de junio es asociado al abonado de la enfermera N.M.A. teniendo registro los días 5 y 10 de junio, ubicando el aparato en Mercedes.
La imputada es funcionaria del CTI respiratorio Covid del Sanatorio CAMS, en su calidad de tal reconoce su accionar delictivo, indicando que el paciente se encontraba internado en CAMS, que tomó el celular de C.C. el cual tenía en su poder en una repisa, para realizar una llamada que no quería realizar de su celular y como iba a recibir la respuesta a ese celular, no lo devolvió, llevándoselo y arrojándolo en una bolsa de nylon al río en la última escollera de la isla del Puerto.
La Fiscal indicó que la conducta de la enfermera encuadra como presunta autora penalmente responsable de un delito de hurto especialmente agravado, solicitando la formalización de la investigación, adelantando que conjuntamente con la Defensa y la imputada se había llegado a un acuerdo para transitar el proceso abreviado.
La Defensa a cargo de la Dra. Echeverría dijo que tuvo acceso a la carpeta investigativa y no tenía observaciones ni manifestaciones que efectuar a la solicitud de formalización pedida por la Fiscalía.
En virtud de ello, la Jueza Dra. Menchaca procedió a formalizar la investigación de N.M.A. por la presunta comisión de un delito de hurto especialmente agravado.
Seguidamente la Fiscal Dra. Pereira en virtud del acuerdo arribado, procedió a deducir acusación en base a los hechos relatados, solicitando se condene a N.M.A. como autora penalmente responsable de un delito de hurto especialmente agravado a la pena de 12 meses de prisión, la que cumplirá en régimen de libertad a prueba bajo las siguientes condiciones: residir en un lugar determinado, sujeción a la orientación y vigilancia permanente de la OSLA, presentación una vez por semana a la seccional policial, tres meses de arresto domiciliario teniendo presente el horario de trabajo de la imputada, cuando trabaje en el horario de 18.00 a 24.00 y de 0.00 a 6.00 horas el arresto quedará comprendido entre las 8.00 y las 17.00 horas, cuando su horario de trabajo sea 6.00 a 12.00 horas, el arresto quedará comprendido entre las 20.00 y las 5.00 horas; dos meses de trabajo comunitario a razón de una vez por semana dos horas diarias y a la vez se notificará a la víctima de acuerdo a lo que establece el CPP y se oficiará a la Dirección Nacional de Migraciones para el cierre de fronteras por el plazo a cumplirse en libertad.
La Defensa Dra. Echeverría dijo que su defendida aceptó los hechos y al explicarle que podía ir a un juicio o aceptar el proceso abreviado, decidió libre y voluntariamente concurrir por esta vía.
La imputada, consultada por la Jueza dijo que entendió el proceso abreviado al cual se arribó.
Finalmente la Jueza Dra. Menchaca procedió a dictar sentencia por proceso abreviado, condenando a N.M.A como autora penalmente responsable de un delito de hurto especialmente agravado a la pena de 12 meses de prisión la que se cumplirá en régimen de libertad a prueba con las condiciones anteriormente mencionadas, lo que fue consentido por las partes, levantándose la sesión.
 

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COMENTARIOS
Enviado por: Maria
Es verdad que nos roban y kos han robado los políticos pero creo que hay que tener empatia por la situacion y entender que el Sr. Tenia gran parte de su trabajo en el celular y su familia tiene todo el derecho de recuperar dicho celular.
Enviado por: Sebastián
Más nos han robado y nos roban cada día los políticos y tienen total impunidad...
Enviado por: Juan Carlos Gómez
Poquito para publicar tienen.....por lo visto

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