El cambio de opinión de las autoridades, en el sentido de que están dispuestas enviar el mensaje a la Junta Departamental con el fin de consagrar el alto propósito por el que venimos bregando desde hace casi una década, es bienvenido teniendo en cuenta que el proceso que nuevamente hemos iniciado establece la opinión preceptiva del Intendente.
En cualquier caso, las firmas de Villa Soriano actuarán como salvaguarda, para que el Municipio sea aprobado a la brevedad. Para ser claros, con la continuidad de la campaña, no solo garantizamos por tanto nuestra aspiración, sino ahora a partir de los recientes pronunciamientos, le estamos poniendo plazo.
En efecto, una vez presentadas a la Junta Departamental, como lo establece el art. 16, tienen que ser enviadas a la Corte Electoral para su validación. Una vez validada la iniciativa, la Junta tiene sesenta días para expedirse.
El procedimiento legal no podrá detenerse, salvo que la propia Junta sancione antes en su próxima sesión o en una sesión extraordinaria antes de que le lleguen las firmas o durante el recorrido de la expresión de nuestra inclaudicable voluntad, el mensaje que le envíe el Ejecutivo Departamental, con lo que en los hechos estará convalidando un derecho que históricamente nos corresponde.
(comunicado)