Ante la inclusión en el proyecto de Rendición de Cuentas enviado al Parlamento por el Poder Ejecutivo, del artículo 281 que afecta la colocación de depósitos de los organismos públicos en la banca oficial, el Consejo Central de AEBU considera necesario establecer las siguientes consideraciones:
- La Ley 15.903 estipula que el dinero del sector público «deberá depositarse en bancos del Estado». La nueva redacción propuesta por el artículo 281 permite que los organismos estatales puedan depositar también en bancos privados, sin la necesaria autorización que el Poder Ejecutivo da actualmente de forma excepcional.
- Derivar dichos recursos hacia los bancos privados implica disminuir las ganancias de la banca oficial, además de erosionar la capacidad de realizar políticas crediticias con objetivos de desarrollo, que en el mercado local solo pueden llevar adelante estas instituciones. A causa de ese cambio se reducirían los recursos de los únicos bancos cuyo interés económico no es únicamente la rentabilidad, y que actúan en muchos casos como instrumento de las políticas públicas.
- Los depósitos del sector estatal totalizan US$ 1.623 millones, lo que significa el 9,7 % de los depósitos totales de todo el sector no financiero del país. De ellos, actualmente el 96 % se encuentra en los bancos propiedad del Estado, que se distribuyen en US$ 1.558 millones en la banca oficial y US$ 65 millones en los bancos privados. Tanto su monto total como su participación en el sistema financiero ha crecido sostenidamente en los últimos 20 años y posibilitado que la banca pública desarrolle políticas de crédito orientadas hacia todos los segmentos del mercado.
- La norma impulsada por el Poder Ejecutivo deteriora la competitividad de las instituciones públicas y promueve la participación del sector privado en la captación de estos depósitos, que tienen un volumen significativo respecto al tamaño del mercado uruguayo.
- De aprobarse, esta medida tendría un efecto relevante sobre la política monetaria y cambiaria del país. En ella el Banco República (BROU) juega un papel importante al actuar —en cooperación con las autoridades económicas— en el manejo de las variables monetarias que inciden en la inflación y la determinación del tipo de cambio.
- La nueva norma propuesta restringe los fondos disponibles por parte del BROU, valiosos tanto por su volumen como por su estabilidad. Ellos le han permitido impulsar políticas crediticias dirigidas al desarrollo productivo; rebajas sustanciales de las tasas de interés para el crédito social, y ofrecer un nivel importante de rentabilidad que beneficia al conjunto de la sociedad y a los ingresos fiscales.
- La modificación promovida en la Rendición de Cuentas se suma a la restricción en materia de reposición de vacantes, que provoca la caída de cerca de 800 puestos de trabajo en los bancos oficiales al culminar 2021. Ambas causarían la pérdida de espacio de mercado para el BROU, la reducción de su rentabilidad, el deterioro de los servicios a sus usuarios y clientes, así como un retroceso en su capacidad de competencia con el sector privado. Este resulta ser el único beneficiado por la política del Poder Ejecutivo en la materia, con una grave afectación de los ingresos del Estado y la economía nacional.
Por todo lo expuesto, el Consejo Central de AEBU considera que las medidas planteadas profundizan una tendencia de deterioro general de los servicios y condiciones de competencia de la banca pública. Ante ello, el sindicato insta al Poder Ejecutivo, y a todos los parlamentarios, a dejar sin efecto la modificación propuesta, así como a eliminar las limitaciones al llenado de vacantes, para evitar el impacto negativo que esas medidas tienen sobre el funcionamiento de nuestros bancos oficiales.
Consejo Central de AEBU – Filial PIT-CNT