La Suprema Corte de Justicia resolvió eliminar el tramo de la Feria Judicial Menor comprendido entre el 5 y el 15 de julio del corriente año.
En virtud de ello, a partir del próximo 5 de julio, se retoma la actividad normal en todos los juzgados y tribunales de la República. El horario de atención al público será de 13 a 18 horas.
Acordada
En Montevideo, a los veinticino días del mes de junio del año dos mil veintiuno, estando en audiencia la Suprema Corte de Justicia, integrada por los señores Ministros doctores Tabaré Sosa Aguirre -Presidente-, Elena Martínez Rosso, Bernadette Minvielle Sánchez y John Pérez Brignani, con la asistencia de su Secretaria Letrada doctora Gabriela Figueroa Dacasto;
DIJO:
- I) El día 24 de junio de 2021, el Poder Ejecutivo promulgó la Ley Nº 19.960, que faculta a la Suprema Corte de Justicia a “a reducir, postergar o eliminar dentro de sus respectivos ámbitos de competencia, las Ferias Judiciales establecidas en las Leyes Nos. 15.750, de 24 de junio de 1985, y 16.049, de 22 de junio de 1989, en cuanto fuere necesario para reducir los impactos causados por la emergencia sanitaria declarada por el Poder Ejecutivo en el normal funcionamiento del sistema de justicia y asegurar la eficiencia de la tutela de los derechos de los justiciables”
- II) La referida ley se publicó con fecha 25 de junio de 2021 en el Diario Oficial y, en consecuencia, entrará en vigencia el día 5 de julio de 2021 (art. 1º del Código Civil).
ATENTO:
a lo expuesto y a lo dispuesto por los artículos 239 ordinal 2º de la Constitución de la República y 55 numeral 6 de la ley 15.750 del 24 de junio de 1985;
LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA
RESUELVE:
1º.- Elimínase la Feria Judicial Menor del presente año, en el periodo comprendido entre el 5 y el 15 de julio.
2º.- En el lapso comprendido entre el 1º y el 4 de julio de 2021, conforme lo dispuesto por el art. 86 in fine de la Ley Nº 15.750, en la redacción dada por la Ley Nº 19830, se designan para administrar justicia en las sedes que se mencionan, a los magistrados que se enuncian en el listado anexo que se considera parte integral de la presente.
Las licencias generadas en el periodo comprendido entre el 5 y el 15 de julio de 2021 (art. 86 inciso 1º de la antes mencionada ley) serán usufructuadas según resuelva la Suprema Corte de Justicia en cada caso concreto y de conformidad con las necesidades del servicio.
3°.- Los días 1º y 2 de julio de 2021, los funcionarios actuarán conforme la distribución de presencialidad y horario de atención al público, establecidos en la Resolución nº 74 de la Suprema Corte de Justicia del día 11 de junio de 2021.
4º.-A partir del 5 de julio de 2021, se retoma la actividad normal en todos los juzgados y demás dependencias del Poder Judicial, siendo el horario general de atención al público entre las 13 y las 18 horas.
El horario de trabajo de los funcionarios será el comunicado por la Circular Nº 193/2020, hasta nueva resolución.
5°.- Comuníquese, publíquese en el Portal Corporativo e insértese en el sitio web.
Dr. Tabaré SOSA AGUIRRE - Presidente Suprema Corte de Justicia
Dra. Elena MARTÍNEZ ROSSO - Ministra Suprema Corte de Justicia
Dra. Bernadette MINVIELLE SÁNCHEZ - Ministra Suprema Corte de Justicia
Dr. John PÉREZ BRIGNANI - Ministro Suprema Corte de Justicia
Dra. Gabriela Figueroa Dacasto - Secretaria Letrada Suprema Corte de Justicia