Con fecha 18 del corriente continuando las líneas de investigación surgidas en la “Operación San Felix”, personal de Brigada Departamental Antidrogas procede a la detención de dos personas siendo una de ellas femenina mayor de edad, incautándosele desde sus prendas 13 envoltorios conteniendo sustancia en piedra color ocre símil pasta base, un teléfono celular y dinero en efectivo $ 650. Oportunamente se dio intervención a Fiscal actuante disponiendo que ingresen en calidad de detenidos y actuaciones a seguir.
En cumplimiento a lo ordenado se procedió a allanar finca ubicada en barrio Sur de la ciudad de Dolores, jurisdicción de Seccional 5a de Dolores, con apoyo del Área de Investigaciones Zona Operacional 2, Grupo Reserva Táctica y Unidad K9, logrando la detención de otro masculino mayor de edad y la incautación de un arma de fuego (revólver calibre 38) con un cartucho mismo calibre, teléfonos celulares y un envoltorio conteniendo sustancia en piedra color ocre, símil pasta base. Ingresando también por disposición fiscal, en calidad de detenido.
Con fecha 19/6, finalizada audiencia en Juzgado Letrado de Primera Instancia de Dolores de Segundo Turno, Jueza Letrado Dra. Patricia Techera dispuso la formalización y condena por proceso abreviado respecto a:
1- femenina D. J. M. S. (39 años), como autora penalmente responsable de “un delito de asistencia al tráfico de estupefaciente, un delito de omisión a los deberes inherentes a la patria potestad y un delito de apropiación indebida todos en reiteración real y en calidad de autora y a titulo de dolo directo” la pena de 4 años y 6 meses de penitenciaria, en régimen de privación de libertad en un centro penitenciario.
2- Respecto al masculino J. C. Á. M. (43 años), como autor penalmente responsable de “un delito de tráfico de sustancia estupefaciente en la modalidad negociación agravado” a la pena de 5 años de penitenciaria, de cumplimiento efectivo y en régimen de privación de libertad.
3- Respecto de C. S. M. G. (40 años), como autor penalmente responsable de “un delito de asistencia a los delitos previstos en el decreto – ley 14.294 (art. 33 ley 19.574), en calidad de autor y a titulo de dolo directo”, a la pena de 12 meses de prisión a cumplirse en régimen de libertad a prueba, imponiéndose las obligaciones acordadas.