Nuestro compromiso es trabajar para bajar y finalmente derogar el impuesto a los Jubilados y Pensionistas “IASS ” (Impuesto a la Asistencia de la Seguridad Social)
Vamos a presentar conjuntamente con Legisladores integrantes de la coalición una propuesta al Poder Ejecutivo para que se modifique la Ley N°18.314 de fecha 15 de Julio 2008.
Esta modificación apunta a:
- Bajar gradualmente las alícuotas del Impuesto a los Jubilados y Pensionistas hasta un 20% para este quinquenio.
- Modificar la base imponible, considerando cada ingreso gravado de forma separada e independiente y no sumada como lo es actualmente.
Esta Ley fue considerada Inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia, pero al momento de emitir la referida declaración surgieron cambios en sus integrantes y la esperada declaración de Inconstitucionalidad no fue emitida.
La discusión se centró básicamente en si las contribuciones obreras y patronales y demás tributos establecidos en la Constitución de la República en su artículo 67, que refiere a que las contribuciones, no pueden ser afectadas CON FINES AJENOS A LA JUBILACIÓN.
El literal A del artículo 67 da lugar a interpretaciones diferentes en cuanto que el mismo establece que “Dichos recursos no podrán ser afectados a fines ajenos a los procedimientos mencionados".
En este sentido interpretamos que gravar la jubilación con un impuesto destinado a financiar al sistema de seguridad social del BPS no es un fin ajeno a la debida prestación, entendiendo que ese impuesto es para “garantizar a todos los trabajadores, patrones, empleados y obreros retiros adecuados y subsidios…” entonces se justifica el sustento de la existencia del Impuesto.
Si por el contrario interpretamos que los “fines precedentes enumerados" son la Protección del Individuo y NO de los organismos que deben servir a ese Individuo, la conclusión nos lleva a entender de inconstitucional que se realice una quita al Individuo en sus haberes de pasividades, para Financiar al propio Sistema de Seguridad Social destinado a protegerlo.
La renuncia fiscal para el Estado por lo recaudado por el IASS es de un 14% y por lo recaudado por el BPS de un 0,7 %.
Esto significaría una mínima pérdida anual para el Estado, siendo una disminución de baja incidencia y de prudente aplicación.
Si bien somos conscientes de la realidad económica que nuestro país está transitando y lo que representa para el Estado el no recaudar por este impuesto, estamos convencidos que esa renuncia no será tal ya que indirectamente se verá reflejada en el aumento de otros ingresos, pues al tener, este sector, más poder adquisitivo se verá beneficiado el mercado interno.
El sistema político debe dar señales claras para avanzar en derogar un impuesto a las jubilaciones y pensiones muy discutido desde el año 2008.