La suspensión se definió por el período comprendido entre el 1° de enero y 30 de setiembre de 2021 inclusive y de acuerdo a las exigencias de los mercados internacionales en materia higiénico-sanitaria. La Dirección General de Servicios Ganaderos sólo autorizará el uso y comercialización del 17β Estradiol y sus ésteres una vez que se haya implementado un sistema de segregación de los animales tratados para garantizar que los productos derivados de estos animales no se destinen al mercado de la Unión Europea. Este sistema se implantará únicamente en la especie bovina destinada a la producción de carne. En los ovinos y el ganado lechero, el 17β Estradiol y sus ésteres estarán prohibidos. La prohibición de uso en caballos sigue vigente la Resolución DGSG/Nro. 140A/017.