En sede del Juzgado Letrado de Primera Instancia de Mercedes, de 4º Turno, a cargo de su titular, Dra. Ana Julia Fuentes, asistida por el receptor Alvaro González, se llevó a cabo en la tarde de este sábado, audiencia de formalización y condena, en la investigación que le llevaba adelante la Fiscalía Departamental de Mercedes de 2º representada en la oportunidad por su titular la Dra. Silvana Mastroianni, contra los imputados Julio Alexander Quinteros Bentancour y Gustavo Edic Barrios Ocampo quienes estuvieron asistidos legalmente por la Dra. Ana Echeverría.
Tras el control de legal detención realizado en el inicio de la audiencia, donde se verificó que todo fue efectuado de acuerdo a lo que establece la ley, la Dra. Fuentes otorgó la palabra a la Fiscalía para que enumerara los hechos que les imputaba a los mencionados.
La Dra. Mastroianni señaló que Gustavo Barrios Ocampo se apoderó con sustracción de dos cuchillas, una de plata y oro de 20 cm de largo y la otra de cabo de guampa de 30 cm de largo, 10 kilos de carne, desde el interior de finca de establecimiento sito al costado de Ruta 21 margen izquierda y camino a arroyo Dacá.
El 11 de febrero, la víctima Mauricio Juanicotena constató daños en la reja de la ventana del frente de la finca y rotura del vidrio de ésta notando al ingresar la falta de lo mencionado anteriormente, avaluando todo en US$ 900.
Al lugar concurrió Policía Científica cuyo personal levantó rastros dactilares los cuales periciados y cotejados fueron identificados como pertenecientes al imputado, por lo que se le solicitó orden de detención a la sede que se efectivizó en la fecha.
También surge de la investigación que Julio Quinteros que junto a Gustavo Barrios Ocampo dieron muerte a un vacuno faenándolo con fecha 14 de abril en horas de la noche en establecimiento ubicado en camino Pense, cañada de los Novillos, camino vecinal que da a camino Gandolfo junto a la reductora de UTE, propiedad de la víctima Andrés Alayón, faenando un novillo Holando de 250 kilos, sacánndole las paletas y los cuartos llevándose unos 120 kilos de carne.
Ambos trasladaron la carne en moto hasta el domicilio de Quinteros sito en Galarza 378 de Mercedes, donde arribaron alrededor de las 22.46 con dos bultos, uno lo llevaban en el cuadro de la moto y el otro el acompañante, ingresando ambos a la vivienda.
El damnificado radicó denuncia el 15 de abril avaluando la pérdida en US$ 250.
Se ocupó carne de la finca de Quinteros y se extrajeron muestra de sangre para comparar con las que quedaron en el campo, también se realizó seguimiento de los movimientos efectuados por Barrios Ocampo hasta su finca y se ocupó la moto en que circularon ambos y un casco como el que llevaban en la oportunidad.
En base a lo señalado, sumado a las evidencias, la Fiscalía solicitó la formalización para el caso de Barrios Ocampo por un delito de hurto especialmente agravado en reiteración real con un delito de abigeato y para Quinteros por un delito de abigeato.
La Defensa a cargo de la Dra. Echeverría dijo que no se opondría a la solicitud de formalización realizada por la Fiscalía, por lo que la Dra. Fuentes procedió a efectuarla.
Seguidamente la Jueza, volvió a dar la palabra a la Fiscalía y la Dra. Mastroianni informó sobre que se había llegado a acuerdo con la Defensa y los imputados para transitar el proceso abreviado, por lo que deduciría acusación.
En ese sentido procedió a solicitar a la sede que condenara a Gustavo Edic Barrios Ocampo como autor penalmente responsable de un delito de hurto especialmente agravado en reiteración real con un delito de abigeato, a la pena de 18 meses de cumplimiento efectivo y a Julio Alexander Quinteros Bentancour como autor penalmente responsable de un delito de abigeato a la pena de 12 meses de prisión de cumplimiento efectivo.
La Jueza Dra. Fuentes consultó a la Defensa, Dra. Echeverría, quien dijo que sus defendidos fueron debidamente informados sobre el alcance del proceso abreviado y que ambos optaron por éste en forma libre y voluntaria, algo que los dos ratificaron ante la Magistrada cuando los consultó si aceptaban los hechos y si estaban de acuerdo en transitar por este proceso.
Ante ello, la Dra. Fuente procedió a dictar sentencia, condenando a los mencionados por los delitos señalados y las penas manifestadas.