El Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (CAinfo) emitió un comunicado anunciando el acuerdo alcanzado con la ANEP ante el Juzgado Letrado de lo Contencioso Administrativo de 4to Turno. en el mismo ANEP se comprometió a producir información sobre el acceso a la educación de niños y niñas con discapacidad.
A continuación transcribimos dichos comunicado:
"El acuerdo se alcanzó en el marco del proceso judicial iniciado por CAinfo ante el Juzgado Letrado de lo Contencioso Administrativo de 4to Turno, en el cual la organización demandó a la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) por no responder a varias solicitudes de Acceso a la Información Pública relativas a la inclusión de niños y niñas con discapacidad en el sistema educativo. Las mismas fueron realizadas como insumo para una investigación sobre esta temática en alianza con la Federación Uruguaya de Asociaciones de Padres de Personas con Discapacidad (FUAP).
A raíz de la acción presentada la justicia intimó a la ANEP a responder las solicitudes. En cumplimiento de lo dispuesto el organismo entregó parte de la información requerida, alegando que varios de los datos solicitados no se encontraban disponibles o directamente no eran recolectados por el organismo por lo cual se debía tener por concluido el proceso.
En una audiencia realizada este lunes 13 de mayo CAinfo planteó que los datos faltantes revisten un alto interés público, dado que refieren, entre otros aspectos, a la cantidad de niños/as con discapacidad matriculados en cada escuela pública común de todo el país, los recursos docentes especializados con los que cuentan estos centros, así como el listado de los centros educativos que han adoptado normas de accesibilidad edilicia. CAinfo sostuvo que el Estado se encuentra obligado a producir información sobre discapacidad en base a distintas normas, entre ellas la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, por lo cual propuso proactivamente a la ANEP un acuerdo conciliatorio para posibilitar que el organismo produzca en un plazo razonable, la información requerida que no fue entregada.
CAinfo argumentó que el límite dado por la Ley de Acceso a la Información Pública a la obligación de producción de información por parte del Estado (Art. 14 de la ley) no resulta oponible en este caso, puesto que de la lectura estricta de esta disposición surge que los organismo están obligados a contar con con determinadas categorías de información de acuerdo a sus cometidos funcionales. Asimismo la referida Convención de Naciones Unidas ratificada por Uruguay dispone que “los Estados partes recopilaran información adecuada, incluido datos estadísticos y de investigación, que les permita formular y aplicar políticas, a fin de dar efecto a la presente Convención”.
El organismo también se comprometió a ampliar otras informaciones relativas a los requisitos exigidos para admitir la presencia de asistentes personales en los centros educativos y para la inscripción de los niños/as con discapacidad".